Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2019 - 5º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 5º Sección (Municipalidades y Comunas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CV - TOMO DCLIX - Nº 219
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 20 DE NOVIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN - NORMATIVA Y OTRAS
DE MUNICIPALIDADES Y COMUNAS

con IVA incluido. VENTA DE PLIEGOS: en Sección Compras de Lunes a Viernes de 7 a 12 hs. hasta el día 26/11/2019 inclusive. FECHA DEL ACTO
DE APERTURA: 28/11/2019 a la hora 10:00 en el Palacio Municipal y la recepción de los sobres tendrá lugar en mesa de entrada de Secretaría de Gobierno hasta el día establecido para el acto de apertura.

MUNICIPALIDAD DE

CONSULTAS E INFORMES: Sección Compras y Suministros - Tel.
03571421014/428959-Int. 240/140- Domicilio: Alberdi y Alsinawww.riotercero.gob.ar 2 días - Nº 240325 - $ 2581,50 - 20/11/2019 - BOE

COSQUÍN

DECRETO No 0537/19

Artículo 6o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno.
Cosquín, 03 de octubre de 2019

VISTO: La Ordenanza No 2572/04 por la cual se crea el Programa Municipal de Becas, y la necesidad de designar personal para prestar servicios en este Municipio como Beneficiarios del Programa Municipal de Becas, correspondiente al mes de octubre de 2019.
Y CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza No 2572/04 se crea el Programa Municipal de Becas, destinado a personas residentes en la ciudad de Cosquín que se encuentren desocupados, perciban o no ayuda económica provenientes de otros Programas Laborales Nacionales o Provinciales.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar la nómina del personal beneficiado, las tareas de capacitación a desempeñar y el horario a cumplir.

Que por todo ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102-Orgánica Municipal,
D E C R ETA

Artículo 1o.- DESIGNANSE Beneficiarios del PROGRAMA MUNICIPAL DE BECAS, para el período comprendido entre el 01/10/2019 y el 31/10/2019, a las personas que desempeñarán tareas de capacitación, afectadas a la realización de Peñas, tal como surge del Anexo I que forma parte integrante del presente.

Artículo 7o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.

FDO: Sr. Raúl Carlos Ariel Acuña, Secretario de Gobierno, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal.
ANEXO
1 día - Nº 240747 - s/c - 20/11/2019 - BOE

DECRETO N o 0538/19.
Cosquín, 03 de octubre de 2019
VISTO: La necesidad de reforzar diversas partidas del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente año.
Y CONSIDERANDO:
Que pueden efectuarse compensaciones en sus divisiones internas o entre ellas, pudiéndose realizar transferencias de una Subpartida a otra, siempre que no se modifique la sumatoria que resulte de adicionar ambas asignaciones y en tanto no se altere el monto total del Presupuesto vigente.

Por ello, el señor Intendente Municipal en uso de atribuciones conferidas por Ley Provincial No 8102 - Orgánica Municipal,
D E C R ETA
Artículo 2o.- AQUELLAS personas que tuvieran en forma paralela el beneficio de cualquier otro Programa Nacional o Provincial deberán dar cumplimiento a los horarios correspondientes a estos Programas a través de Dirección de Personal.
Artículo 3o.- LA oficina de Personal deberá certificar a Secretaría de Economía y Finanzas Públicas, en forma mensual, el cumplimiento del horario establecido para cada becario, documentación que será parte de la orden de pago para la percepción del beneficio.
Artículo 4o.- LA Municipalidad deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil para todo el personal designado a través de este Programa Municipal de Becas.
Artículo 5o.- IMPÚTESE la erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1o a la Partida 1.5.51.501 Becas, del Presupuesto vigente.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 1o.-DISPÓNESE la compensación de diversas partidas del Presupuesto de Gastos vigente, de acuerdo al siguiente detalle: se envia cuadro por mail Artículo 2o.- EL presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Finanzas Públicas.
Artículo 3o.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, cumplido archívese.
FDO: Cr. Carlos Ariel Cavalli Secretario de Economía, y Finanzas Públicas, Sr. Gabriel José Musso, Intendente Municipal 1 día - Nº 240748 - s/c - 20/11/2019 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2019 - 5º Sección

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PaysArgentine

Date20/11/2019

Page count8

Edition count1425

Première édition31/07/2018

Dernière édition11/05/2024

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