Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/12/2017 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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2016 - 2017 Año Brocheriano
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 246
CORDOBA, R.A. MIERCOLES 20 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos para ser válido el proceso judicial. Que el Artículo 10 5 de la ley 9024 conforme sus modificatorias, establece que la notificación se efectuará por los medios previstos en el artículo 63 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 el cual establece que para los casos en que no pudiere efectuar la intimación personalmente, mediante cédula o por cualquier otro medio que permita tener constancia de la fecha de recepción y de la identidad del acto notificado, dirigido al domicilio tributario o real del contribuyente o responsable, se efectuarán por edictos publicados por cinco 5 días en el Boletín Oficial. Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR
ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 17, 20 y 21 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015, RG 1574/08 y Res. De la S.I.P. 15/16. LA DIRECCION DE JURISDICCIÓN DE GESTIÓN DE DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE RENTAS RESUELVE: ARTÍCULO 1º.-NOTIFICAR al contribuyente del Impuesto que administra este organismo, personas física o jurídicas, o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto INMOBILIARIO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción:
170510201968, LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 500577532017, por la suma de pesos PESOS TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON
30/100$3689,30 por los períodos 2012/10; 2012/20; 2012/30; 2012/40;
2012/50; 2013/10; 2013/20; 2013/30; 2013/40; 2013/50; 2014/10; 2014/20;
2014/30; 2014/40; 2014/50; 2015/10; 2015/20; 2015/30; 2015/40; 2015/50;
2016/10; 2016/20; 2016/30; 2016/40; 2016/50para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2015 por decreto 400/2015 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 10 6, ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO2º.-SE HACE SABER al Contribuyente SUCESION INDIVISA DE BOLLO GILBERTO ROMANO
que en el/la SEC.DE GESTION COMUN DE EJECUCION FISCAL NRO
3 de la ciudad de CORDOBA SECRETARIA PEREZ, Verónica se ha dictado la siguiente resolución: CORDOBA, 11/07/2017. Por presentado, por parte en el carácter invocado y con el domicilio constituido. Admítase la petición inicial en los términos de lo dispuesto en el artículo 10 5
de la Ley N 9024.-Firmantes Digitales: VIGLIANCO, Verónica Andrea PROSECRETARIO LETRADOARTÍCULO 3º.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. ASTRADA
HUGO SEBASTIAN. Jefe de Área Prejudicial y Ejecución Fiscal con con-

NOTIFÍQUESE al contribuyente BARACCO S.A.P.A.C.I. que en el Expte. Nº 0562-003168/2017 se ha dictado con fecha 17 de Noviembre de 2017 la Resolución Nº PFM 754/2017, en los términos del artículo 86 del Código Tributario Provincial de la Provincia de Córdoba Ley 6006 t.o.
2015 y modif en adelante C.T.P EMPLÁCESE al citado Contribuyente, para que en el término de QUINCE 15 DÍAS, abone los importes correspondientes a Multa, Tasa Retributiva de Servicios y Gastos Postales dispuestos en la Resolución precedentemente mencionada, y acredite los pagos en el domicilio de esta Dirección de Policía Fiscal, sito en calle Rivera Indarte Nº 742 Piso 1 - Área Determinaciones Técnico Legal de la Ciudad de Córdoba, en el horario de 08:00 a 17:00 hs., vencido el plazo la deuda devengará los intereses del artículo 104 del C.T.P., bajo apercibimiento de cobro por vía de ejecución fiscal. Asimismo, HAGASE
SABER al contribuyente BARACCO S.A.P.A.C.I. que contra las Resoluciones de la Dirección podrá interponerse Recurso de Reconsideración dentro de los QUINCE 15 DÍAS de notificado el Acto Resolutorio, conforme lo previsto por los artículos 127 y 128 del C.T.P., teniendo en cuenta lo establecido por los artículos 69 y 88 de la citada norma legal, y según lo prescripto en el artículo 65 del Decreto N 1205/2015
B.O.11/11/2015 y modif., para lo cual deberá abonar la Tasa Retributiva de Servicios de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 $
250,00 establecida en la Ley Impositiva Anual vigente. Fdo.: Cr. Carlos J. Maldonado García
trol Administrativo. Dto 2523/2010. Resolución Gral Nº 1574/2008. Resolución de la S.I.P. Nº 15/2016. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.

1171, por las razones expuestas por el considerando de la misma.- Artículo 3º PROTOCOLÍCESE comuníquese a Inspección General, a las Sub-Inspecciones Generales de Nivel Primario; a Dirección General de Jurídica de Recurso Humanos Área Ay Archívese. Fdo por Prof. Edith Galera de Ta. Inspectora General de Nivel Inicial y Primaria - RESOLUCION Nº1130

5 días - Nº 133851 - s/c - 22/12/2017 - BOE

DIRECCIÓN DE POLICÍA FISCAL

5 días - Nº 133306 - s/c - 20/12/2017 - BOE

DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL Y PRIMARIA
Córdoba 29 de diciembre de 2011. VISTO: El expediente Nº 0109066555/04, en el que obran las actuaciones relacionadas con el presunto abandono de cargo en el que habría incurrido la Sra. Marcela Olga Zalazar, maestra de grado titular del Centro Educativo de nivel primario Javier Lazcano Colodrero de esta ciudad; Y CONSIDERANDO: Que a fs.2/3 de autos obra nota de la directora del centro educativo mencionado, en la que informa que la señora Zalazar se encontraba usufructuando licencia sin gozo de haberes desde el 2 de agosto del 2001y por término de UN 1 año Resolución Nº 0649/01 de la secretaria de educación y habiéndose comprobado el no reintegro de la licencia se procedió a emplazar a la docente a reintegrarse a sus funciones; Que fs. 31 Y 32 se halla la intimación legal efectuada formalmente a los efectos de que la docente se reintegre al cargo, no obteniéndose respuesta alguna, según surge las constancias de fs. 37; Que acorde a lo expresado, corresponde aplicar el procedimiento prescripto por el Decreto Nº4670-A-61, el que debe ser instruido por la Inspectora de la Primera Región Escolar; Por ello, el Dictamen Nº1033/11 del Departamento Jurídico nombrado y en uso de las atribuciones conferidas; LA DIRECTORA DE LA DIRECCION
GENERAL DE EDUCACIÓN INICIAL Y PRIMARIA RESUELVE: Artículo 1º: ORDENAR la sustanciación de un sumario en contra de la docente MARCELA OLGA ZALAZAR, M.I.Nº17.629.351, Maestra de Grado titular del Centro educativo de Nivel Primario Javier Lazcano Cordero de esta ciudad por abandono de Cargo. Artículo 2º DISPONER que que el sumario ordenado en el Artículo que antecede sea instruido por la Inspección
5 días - Nº 133210 - s/c - 20/12/2017 - BOE

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/12/2017 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date20/12/2017

Page count64

Edition count3980

Première édition01/02/2006

Dernière édition25/05/2024

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