Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/10/2022 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

Las Malvinas son argentinas
MARTES 4 DE OCTUBRE DE 2022
AÑO CIX - TOMO DCXCVI - Nº 202
CÓRDOBA, R.A.
http boletinoficial.cba.gov.ar Email: boe@cba.gov.ar
REMATES
Orden Juzg. C. C. C. y Flia de 1 Inst. y 1 Nom., Oficina Ejecución Fiscal, Tribunales de Cosquin, en autos MUNICIPALIDAD DE SAN ESTEBAN
C/MORAL ALONSO, Blas EJECUTIVO FISCAL
EXP 94347, la martillera Mónica Arias, MP 011578, domic. Sgo. del Estero 835, SUBASTARA
a través de la página oficial de Subastas Electrónicas del T.S.J., el inmueble que se describe: FRACCION DE TERRENO ubicada en Los Cocos, Ped. Dolores, DPTO PUNILLA, Prov. de Cba., y designado como LOTE 25 de la MANZANA 8 que mide: 10,23 mts. al S. sobre calle Sarmiento; 10 mts. al N., lindando con parte del lote 27; 24,43 mts. al O., lindando con lote 26 y 26,57 mts. al E., lindando con lote 24; SUP.:255
MTS.2. Inscripto en el Registro General de la Provincia en la Matricula n 964558. Titular Registral: MORAL ALONSO, Blas 100% El bien se encuentra desocupado, libre de personas y cosas. El acto de subasta tendrá una duración de cinco 5 días hábiles y se iniciará el día 18
de Octubre de 2022, a las 11 hs., finalizando el día 25 de octubre de 2022 a las 11 hs. sin perjuicio de la prórroga derivada del uso de la opción de minuto adicional. No se admite la compra en comisión. Base: $133.875. Monto incremental:
$10.000. Condiciones: abonar en el plazo de 24
hs. de finalizado el remate el 20% del valor de su compra, con más la comisión al martillero, y el aporte del 4% sobre el precio de la subasta Fdo. para la prevención de la violencia familiar, Art 24 Ley 9505, modif. por Decr. N 480/14, y demás comisiones e impuestos que resulten a su cargo. El adjudicatario deberá ratificar su compra y constituir domicilio en los términos del art. 88 del C.P.C. compareciendo personalmente, o mediante escrito firmado conjuntamente con su letrado patrocinante, o por vía de apoderado con facultad de representación, en un plazo de 5
días hábiles de concluida la subasta. En caso de residir en extraña Provincia, el postor podrá solicitar por vía electrónica, antes del vencimiento de aquel, una ampliación de este plazo en los términos del art. 163 del C. de P. C., lo que deberá ser solicitado antes del vencimiento de aquel plazo. Hágase saber que ante el incumplimiento
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a SECCION

del adjudicatario, la Dirección de Administración del Poder Judicial de Córdoba quedará habilitada para perseguir el cobro de la suma que resulte de calcular el 20% del valor ofertado, en concepto de cláusula penal por incumplimiento de su oferta, según lo dispuesto por los artículos 974 y 790 sig. y cc. del Cód. C.y C. de la Nación. TSJ, Ac. Regl. Nº 155, Serie B, 22/04/18. Saldo luego de aprobarse la subasta mediante transferencia electrónica art. 30, última pte. del Reglamento, bajo apercibimiento art. 585 C.P.C.C.. En cualquier caso, de no aprobarse el remate antes de los 30 días desde la fecha de realizado, el saldo devengará un interés equivalente a la T.P. para uso judicial del B.C.R.A., con más el 2% mensual y hasta su efectivo pago. Hágase saber que la cuenta a la vista para uso judicial lleva el n 315/1685002, CBU 0200315151000001685024, Banco de la Prov. de Córdoba, Suc. Cosquin A.R. N 91/2011, 114/2013 y 119/2013. Por el presente se notifica al demandado y a sus eventuales herederos. Fdo. Dr. Machado, CarlosJuez. Dr. Johansen, Guillermo, Prosecretario Letrado. A.R.155/2018. ART 27: En el supuesto que el órgano judicial suspenda o cancele la subasta, deberá reflejar de inmediato tal circunstancia a través de la opción predispuesta en su Panel de Control del Portal de Subastas, para conocimiento de los interesados. Los pedidos de suspensión o cancelación de la subasta deberán formalizarse con una anticipación de veinticuatro horas a la fecha prevista como finalización, bajo pena de inadmisibilidad, debiendo transcribirse tal apercibimiento en la cedula de notificación del decreto que ordena la subasta.5 días - Nº 405626 - $ 13542,50 - 18/10/2022 - BOE

JESUS MARIA, 13/05/2022. El Sr. Juez de 1
Inst. 2 Nom. Civ. Com. y Flia. de Jesús Maria, en los autos caratulados: FONDACARO CRISTINA C/HERRERA DANIEL ALBERTO Y OTROPREPARA VÍA EJECUTIVAEXPTE. 3387447, dispuso: Téngase presente lo manifestado por la Dra. Marmai. Atento lo solicitado y constancias de autos, cítese y emplácese a la demandada Sra. Adriana Godoy GARANTEPOR EDICTOS a publicarse por el término de diez días en el Boletín Oficial. para que en el término de
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

SUMARIO
Remates Pág. 1
Concursos y Quiebras Pág. 1
Declaratorias de Herederos Pág. 3
Citaciones Pág. 9
Notificaciones Pág. 57
Sentencias Pág. 57
Usucapiones Pág. 58

veinte días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía y cíteselo de remate, para que dentro del término de los tres días posteriores al vencimiento del comparendo, oponga excepciones legítimas, bajo apercibimiento de mandar a llevar adelante la ejecución. Fdo. PELLIZA PALMES Mariano Eduardo, JUEZ/A PRIMERA INSTANCIA SCARAFIA María Andrea, SECRETARIA.
10 días - Nº 405969 - $ 4907,50 - 05/10/2022 - BOE

CONCURSOS Y QUIEBRAS
El Sr. Juez de 1 Inst. y 4 Nom. C. y C., Secretaría N.º 7, de Río Cuarto, comunica que en los autos CUSTOMER S.A. - QUIEBRA PEDIDA
SAC N 10302088, se ha resuelto mediante Sentencia Nº 38, de fecha 09/08/2022: I Declarar en estado de quiebra a CUSTOMER S.A., CUIT 30-70936856-3, con domicilio social en Calle Roque Saenz Peña 1447, de esta ciudad de Rio Cuarto, inscripta en la Matrícula 5142A del 25/07/2005. VIII Prohibir a la fallida hacer o percibir pagos de cualquier naturaleza, haciéndose saber a los terceros que los perciban que los mismos serán ineficaces de pleno derecho. IX Intimar a la deudora y a los terceros que posean bienes de la misma, para que en el término de veinticuatro horas los entreguen al síndico. X Emplazar a la deudora para que en el término de 48 horas de notificada entregue al síndico toda la documentación relacionada con su contabilidad, para que cumpla los requisitos a que se refiere el art. 86 L.C.Q. y para que constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del tribunal. XX Establecer como fecha límite para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes ante el Síndico el día 14/11/2022, debiendo atenerse a cuanto prescriben los arts. 32 y 200 de la Ley
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 04/10/2022 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date04/10/2022

Page count71

Edition count3605

Première édition01/02/2006

Dernière édition10/05/2024

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