Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/07/2021 - 2º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

2

a
Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXIX - Nº 146
CORDOBA, R.A., MARTES 20 DE JULIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

tres días comparezca/n a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía y cíteselo/s de remate en el mismo acto, para que dentro del término de los tres 3 días posteriores al vencimiento del comparendo, oponga/n excepciones legítimas, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más un treinta por ciento en que se estiman provisoriamente los intereses y costas del juicio. Notifíquese con copia de la demanda y documentación presentada. Trábese el embargo peticionado, el que deberá hacerse efectivo en la proporción del diez por ciento 10% sobre lo que exceda del salario mínimo vital y móvil y en tanto no supere el doble de aquél, y en un veinte por ciento 20% en caso contrario arts.
147 L.C.T. y Dec. 484/87, a cuyo fin: ofíciese.
Procédase a la apertura de una cuenta para uso judicial.Fdo: FASSETTA Domingo Ignacio Juez BIJELICH Maria Alejandra Prosecretaria CORDOBA, 25/06/2021. Atento lo solicitado y constancias de autos, cítese y emplácese al demandado a comparecer a estar a derecho en el plazo de veinte días, a cuyo fin: publíquense edictos en el Boletín oficial, bajo apercibimiento de rebeldía. Asimismo, cíteselo de remate para que en el término de tres días subsiguientes al vencimiento de aquél oponga excepciones legítimas al progreso de la acción. El plazo comenzará a correr a partir de la última publicación.Fdo: Fdo:
FASSETTA Domingo Ignacio Juez BIJELICH
Maria Alejandra Prosecretaria 5 días - Nº 321994 - $ 6937,50 - 20/07/2021 - BOE

El Sr. Juez del Juzgado Civil, Comercial, Conciliación, Familia, Control, Menores y Faltas de la ciudad de Arroyito, Dr. Gonzalo Martinez Demo y secretaria a cargo de Dra. Inés Abriola, sito en calle Belgrano N 902, en autos caratulados:
CARBAJALES, LIDIA ESTHERUSUCAPIÓNMEDIDAS PREPARATORIAS PARA USUCAPIÓN Expte. 1582450 ha dictado la siguiente resolución: ARROYITO, 18/05/2021.Cítese y emplácese a los demandados Tiburcia Suarez, Aguirre Orfilio, Tanchiva Giorgina, Aguirre Juan Jose, Norma Beatriz y Josefa Guevara de Arroyo a comparecer a estar a derecho en el plazo de veinte días, a cuyo fin: publíquese edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días Art.
165 del C.P.C y C de Cba 5 días - Nº 322573 - $ 1346,15 - 26/07/2021 - BOE

El SR. JUEZ en lo CIVIL Y COMERCIAL 18º nom. VILLADA, Alejandro José:SECRETARIO
De la Ciudad de Córdoba, en autos MORENO
CRISTIAN ALBERTO-MEDIDAS PREPARATORIAS Nº5535390,cita y emplaza a los que se
consideren con derechos al inmueble que se trata de prescribir, como así también a las demandadas: a Elena Lopez de Bustos, b herederos de Luciana Corrent: Sras. Mainguyague Malena, Mainguyague María Eugenia, Mainguyague Paola Valentina, y Mainguyague Luciana Adriana; c María Berta Pizarro, y d Hilda Gutierrez, , para que dentro del plazo de treinta días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía .Cítese en la calidad de terceros interesados a la Provincia, a la Municipalidad de Córdoba, y a los colindantes: para que comparezcan en un plazo de 30 días, y deduzcan oposición en su caso, haciendo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Con relación al siguiente inmueble ubicado con frente en calle MAYOR 864 del Barrio Bella Vista, de sta ciudad y provincia de Crdoba, que se designa como LOTE 43 de la MANZANA 57 con nomenclatura catastral 11 01
01 04 15 057 043 000 .Se trata de un inmueble, conformado con parte de la superficie de tres inmuebles: 1 LOTE ONCE MANZANA UNO, con superficie de 425 m2, inscripto en el Registro general al Dº 11351,Fº13615,Tº55 Aº1945, 2 LOTE ONCE PARTE MANZANA UNO, con superficie de 200m2 ,inscripto en el Registro General en la Matricula nº106.80211,3 Lote DIEZ DE LA MANZANA UNO, con superficie de 425 m2, inscripto en el Registro General en la Matricula Nº1063.223 11; y que mide 23.35 cm.
De frente al SUD-OESTE, línea E-A, con calle Mayor, 10.10ms. en su costado NOR-OESTE, línea A-B, lindando con parcela 31 de Miguel Angel GOMEZ, SU COSTADO Nor-este, está formado por dos tramos:14.40 ms. Línea B-C, y 8.75 ms, línea C-D, linda en ambos tramos, con Parcela 15 de Mara Berta Pizarro, e Hilda Gutierrez, y 10.80 m. al Sud-Este , línea B-C,linda con parcela 16 de Luciana Corrent, cerrando la figura, lo que hace una superficie total de 244
ms, 45 decimetros cuadrados.Empadronado el inmueble en la Direccin gral. De Rentas, en la cuenta nº 1101-0353088-1.FDO.:ALTAMIRANO, Eduardo Christian:JUEZ.BAEZ, Verónica Cecilia: PROSECRETARIA LETRADA.
10 días - Nº 322576 - $ 11066,30 - 19/08/2021 - BOE

SEC.GESTION COMUN JUZG DE COBROS
PARTICULARES-Juzg.1. CORDOBA. CETROGAR S.A. C/ ARRIETA, JULIO JAVIER - EXPED.
ELECTRONICO - EJEC.POR COBRO DE LETRAS O PAGARES EXPTE. 8886533 CORDOBA, 20/11/2019. Téngase al compareciente por presentado, por parte en el carácter invocado a mérito del poder oportunamente reservado por Secretaría, y con el domicilio procesal constituido. Admítase la presente demanda ejecutiva. Cí-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

tese y emplácese al/los demandado/s para que en el plazo de tres días comparezca/n a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía y cíteselo/s de remate en el mismo acto, para que dentro del término de los tres 3 días posteriores al vencimiento del comparendo, oponga/n excepciones legítimas, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la suma reclamada con más un treinta por ciento en que se estiman provisoriamente los intereses y costas del juicio. Notifíquese con copia de la demanda, el poder y la documental adjunta. A
la medida cautelar, Trábese el embargo peticionado, el que deberá hacerse efectivo en la proporción del diez por ciento 10% sobre lo que exceda del salario mínimo vital y móvil y en tanto no supere el doble de aquél, y en un veinte por ciento 20% en caso contrario arts. 147 L.C.T.
y Dec. 484/87, a cuyo fin ofíciese. Procédase a la apertura de cuenta judicial. Téngase presente las autorizaciones manifestada.-Fdo: FONTAINE Julio Leopoldo Juez VIDELA Maria Lorena Secretaria CORDOBA, 03/03/2021. Atento lo resuelto por el Tribunal Superior de Justicia mediante Sentencia N 178 de fecha 21.12.2020, in re Yunnissi, Carlos c/ Abrego, Natalia Soledad Ejecutivo por Cobro de Cheques, Letras o Pagarés Expte. Nº 6585207, dejando a salvo la opinión que al respecto mantiene el suscripto sobre el punto, en sentido diverso a la interpretación fijada por el Alto Cuerpo Provincial en ejercicio de la función de nomofilaquia, y en base a lo allí expuesto, tratándose la presente causa de la ejecución de documento/s pagaré/s entre obligados directos y habiendo sido promovida por quien ofrece habitualmente financiación para el consumo, condiciones para presumir que fue creado con motivo de una relación de consumo pagaré de consumo, previo al dictado de sentencia, proceda la parte actora a integrar el título con los documentos que reflejen los términos de la contratación que originó su libramiento a los efectos de evaluar el cumplimiento de la normativa consumeril, bajo apercibimiento. Notifíquese.Fdo:
FONTAINE Julio Leopoldo Juez GIOVANNONI
Diego Prosecretario CORDOBA, 29/06/2021.
A la documental acompañada, córrase traslado al demandado por el término de ley. Notifíquese.
Atento lo manifestado bajo fe de juramento por la actora y lo dispuesto por el art. 152 y 165 C.P.C.:
procédase a la publicación de edictos a los fines de la notificación del proveído inicial al accionado ampliándose a veinte días 20 días el plazo establecido en el mismo a los fines del comparendo.Fdo: FONTAINE Julio Leopoldo Juez GIOVANNONI Diego Prosecretario 5 días - Nº 322631 - $ 7687,60 - 20/07/2021 - BOE

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/07/2021 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date20/07/2021

Page count39

Edition count3631

Première édition01/02/2006

Dernière édition15/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones