Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

MIÉRCOLES 24 DE ABRIL DE 2024
AÑO CXI - TOMO DCCXII - Nº 82
CÓRDOBA, R.A.
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PODER EJECUTIVO

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a SECCION

La Legislatura De La Provincia De Córdoba Sanciona Con Fuerza De Ley: 10962
Artículo 1º.- Objeto. Establécese, en el ámbito de la provincia de Córdoba, la capacitación, sensibilización y concientización obligatoria en materia de Derechos Humanos para todas las personas que se desempeñen en la función pública provincial en todos sus niveles y jerarquías -tanto del sector público centralizado como descentralizadopara los tres Poderes del Estado.
Artículo 2º.- Autoridad de Aplicación. El Ministerio de Desarrollo Humano de la provincia, o el organismo que lo sustituya en sus competencias, es la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.
Artículo 3º.- Atribuciones. La Autoridad de Aplicación tiene las siguientes atribuciones:
a Implementar y coordinar la capacitación obligatoria establecida en el artículo 1º de esta Ley;

LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS

SUMARIO
PODER EJECUTIVO
Ley: 10962 Pag. 1
Ley: 10963 Pag. 2
Ley: 10964 Pag. 2
Decreto N 170 Pag. 3
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y GESTIÓN PÚBLICA
Resolución N 8 - Letra:D Pag. 4
Resolución N 12 - Letra:D Pag. 4
Resolución N 13 - Letra:D Pag. 5
Resolución N 14 - Letra:D Pag. 5
Resolución N 15 - Letra:D Pag. 6
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 282 - Letra:D Pag. 7
Resolución N 284 - Letra:D Pag. 7

Artículo 4º.- Contenidos mínimos. Debe formar parte de la capacitación, sensibilización y concientización en materia de Derechos Humanos el siguiente núcleo de contenidos mínimos:
a Principios básicos de Derechos Humanos contenidos en las disposiciones provinciales, nacionales, regionales e internacionales;
b Prácticas respetuosas de los Derechos Humanos en la función pública;

b Diseñar el contenido, materiales y programas de la currícula general, respetando el núcleo de contenidos mínimos;
c Verificar la calidad de las capacitaciones que elabore e implemente cada organismo;
d Revisar y actualizar los programas y contenidos incorporados en las distintas capacitaciones con la periodicidad que establezca la reglamentación de esta norma, a los fines de determinar las modificaciones y actualizaciones que crea convenientes;
e Brindar acceso público y difundir el grado de cumplimiento de esta Ley por parte de cada uno de los organismos mencionados en el artículo 1º de la presente norma, mediante soporte electrónico, página web o medio similar accesible;
f Celebrar convenios con universidades, instituciones científicas, organizaciones no gubernamentales y otras entidades del sector público y privado a los fines de garantizar el cumplimiento de esta norma, y g Articular con áreas pedagógicas de los Sitios de Memoria y con la Comisión Provincial de la Memoria.

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

c Sistemas de protección en materia de Derechos Humanos de los que Argentina forma parte;
d Jurisprudencia relevante de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, del Tribunal Superior de Justicia de la Provincia y de otros tribunales internacionales del Sistema Internacional de Derechos Humanos;
e El proceso de Memoria, Verdad y Justicia en nuestro país. Juicio a las Juntas. Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas CONADEP.
Causas de lesa humanidad. Sitios de Memoria. Violencia institucional;
f Los derechos humanos de las mujeres, las diversidades sexuales y de género, los pueblos originarios, los afrodescendientes, los migrantes y las personas con discapacidad, y g Genocidios, Genocidio Armenio, Holocausto y actos de antisemitismo, intolerancia y discriminación en la historia de la humanidad.
Artículo 5º.- Implementación. Las máximas autoridades de los organismos públicos, que nuclean a los sujetos referidos en el artículo 1º de la presente Ley, son responsables de garantizar su implementación.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/04/2024 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date24/04/2024

Page count8

Edition count4131

Première édition01/02/2006

Dernière édition04/05/2024

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