Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2022 - 1º Sección

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

1

a LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

lución N 314/20 de ampliación de plazos de la obra que se trata.
QUE a fs. 02/03 se determina la necesidad de contratar en forma directa, los Trabajos Complementarios de ampliación de la red de infraestructura eléctrica para el nuevo edificio que albergará al establecimiento escolar Proa N 07 de la Localidad de Río Tercero, instando canalizar dicha contratación en los términos del Art. 7 inc. b acápite 5 de la Ley de Obras Públicas N
8614 con la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Limitada de Río Tercero, en razón de su competencia técnica por razón de la materia.
QUE se agrega a fs. 04/32 documentación correspondiente a los antecedentes de la obra contractual tramitada a través del Expediente N 0620000371/2017, consistentes en: Presupuesto de la contratista MAKIBER S.A., Fórmula Polinómica de la Escuela PROA N 07 de Río III, Resolución N
045/18 de adjudicación del Directorio de la Agencia Córdoba de Inversión y Financiamiento A.C.I.F. S.E.M., Contrato de Obra celebrado con la empresa MAKIBER S.A., Acta de Replanteo de fecha 16.07.2018, Resolución N 314/20
de esta Secretaría, que amplía el plazo de la obra hasta el día 31.12.2021 y Resumen Mensual N 024 correspondiente al período Octubre/2021 que da cuenta de una avance de obra acumulado a esa fecha del 56,63%.
QUE consta agregada a fs. 33/56 la documentación técnica elaborada por la Dirección General de Proyectos y vinculada con los Trabajos Complementarios cuya adjudicación se propicia por las actuaciones de marras, consistente en: Croquis de Ubicación, Memoria Descriptiva de Instalación Eléctrica, Pliego Particular de Especificaciones Técnicas de Instalación Eléctrica, Plano de Instalación Eléctrica y Fichas de Detalles, Presupuesto de Instalación Eléctrica, toda la cual se encuentra visada y aprobada por la Dirección General de Proyectos para su ejecución.
QUE a fojas 57/68 se incorpora el Pliego Particular de Condiciones base de la contratación de los presentes Trabajos Complementarios, de cuyo art. 1 surge que el procedimiento de selección es la contratación directa, del Art. 3 que se adjudicará por el sistema de ajuste alzado y del Art. 6 que el Presupuesto Oficial asciende a la suma de pesos Cuatro Millones Setenta y Cuatro Mil Ciento Setenta con cuarenta y tres centavos $ 4.074.170,43 a valores correspondientes a Octubre/2021, previéndose en el Art. 7 un plazo de ejecución de SESENTA 60 días.
QUE a fojas 70 toma intervención de su competencia el área de Costos, elaborando la fórmula polinómica y Estructura de Costos en los términos del Decreto N 800/16 y su similar modificatorio N 252/21.
QUE a fojas 72 se incorpora el documento contable elaborado a nivel de afectación preventiva para la atención del gasto que demandará la adjudicación propiciada por las actuaciones de marras, identificado como Nota de Pedido N 2021/000548, imputándose la suma de $4.074.170,43 con cargo al ejercicio Presupuestario Vigente Año 2021.

QUE a fojas 107 se agrega constancia certificada de la autorización del Municipio de Río Tercero para la ejecución de la obra complementaria de ampliación de la red eléctrica, a fin de dotar del suministro de energía a la Escuela Proa N 7 de la localidad de Río III.
QUE a fojas 74/95 se acompaña por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Limitada de Río Tercero, la documentación exigida por el Art. 10 del Pliego Particular de Condiciones, consistente en: 1 Solicitud de Admisión con-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 60
CORDOBA, R.A. MARTES 22 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

forme Anexo N 1 al Pliego de Condiciones; 2 Formulario Propuesta Económica por la suma de pesos Cuatro Millones Setenta y Cuatro Mil Ciento Setenta con cuarenta y tres centavos $4.074.170,43 conforme Anexo N 2 al Pliego de Condiciones; 3 Declaración Jurada de Retención de Aportes Ley N 8470
conforme Anexo N 3 al Pliego de Condiciones; 4 Curva de Inversión conforme Anexo N 6 al Pliego de Condiciones; 5 Cuadro de Avance conforme Anexo N
7 al Pliego de Condiciones; 6 Plan de Ejecución y Presupuestos Detallados;
7 Acta de Distribución de Cargos de la Cooperativa; 8 Constancia de Habilitación expedida por el Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado ROPYCE; y 9 Designación del Representante Técnico.
QUE a fojas 99/100 obra informe elaborado por la Comisión de Estudio de Ofertas, designada a través de providencia de fs. 98 en base a lo dispuesto por Resolución N 067/21 fs. 96/97 de esta Secretaría, en el que se realiza el análisis legal, comparativo y técnico de la propuesta formulada por la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Limitada de Río Tercero, concluyendo que dicha oferta resulta ser conveniente, aconsejando en consecuencia la adjudicación de los trabajos complementarios a esa Cooperativa, conforme el Presupuesto cotizado de pesos Cuatro Millones Setenta y Cuatro Mil Ciento Setenta con cuarenta y tres centavos $ 4.074.170,43, monto idéntico al del Presupuesto Oficial estimado por esta Secretaría de Arquitectura.
QUE de la Constancia de Habilitación y Determinación de su Capacidad Económico-Financiera, expedida por Registro Oficial de Proveedores y Contratistas del Estado ROPYCE obrante a fs. 108/109, surge que la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Limitada de Río Tercero, cumplimenta con las previsiones del Decreto N 1419/17 y sus modificatorios.
QUE se expide a fojas 110/111 el área de legales de esta Secretaría mediante Dictamen N 549/21 señalando que la cuestión encuentra sustento legal en el Art. 7 inc. b acápites 3 y 4 de la Ley N 8614 de Obras Públicas, que habilita la contratación directa por Trabajos Complementarios, atento la especial competencia técnica específica y la naturaleza jurídica de la Cooperativa, como las ventajas comparativas de su contratación.
QUE concluye el área Legales en su Dictamen, que de acuerdo a lo previsto por el Art. 40 de la Ley N 10.723 que fija el valor del índice uno para el período 2021 y atento al monto de la contratación propiciada, en virtud de lo establecido por el Art. 4 Quáter de la Ley N 8614 y sus modificaciones, corresponde a esta Secretaría de Arquitectura el dictado del acto administrativo que adjudique los trabajos a la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Limitada de Río Tercero, por la suma de Pesos Cuatro Millones Setenta y Cuatro Mil Ciento Setenta con cuarenta y tres centavos $ 4.074.170,43, cuyo plazo de ejecución es de SESENTA 60 días a partir de la fecha en que se suscriba el acta de replanteo.
EL SECRETARIO DE ARQUITECTURA
RESUELVE:
ARTICULO 1: APROBAR la documentación técnica correspondiente a los trabajos: Ejecución de subestación transformadora, extensión de la línea aérea de media tensión y ejecución de tendido subterráneo de baja tensión para la alimentación de la Nueva Escuela PROA N 7, ubicada en calle Río Ga-

4

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 22/03/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date22/03/2022

Page count15

Edition count4164

Première édition01/02/2006

Dernière édition24/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031