Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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a LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

En todos los casos, los beneficios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a 6 del Decreto N 193/2021.
Asimismo deberá considerarse en relación a los mencionados beneficios lo dispuesto en los artículos 181 y siguientes de la Resolución Normativa N 1/2021 y sus modificatorias de la Dirección General de Rentas.
ARTÍCULO 3.- SUPEDITAR el otorgamiento del beneficio previsto en el inc. d del Artículo 3º de la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, al cumplimento por parte del interesado de la documentación requerida por la normativa vigente.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que todo el plazo que la firma se encuentre inscripta en el RECOR, con carácter de Beneficiario Provisorio se computará a los fines del cálculo de los diez 10 años previstos en el último párrafo del artículo 2 de la Ley N10.649 y su modificatoria .
ARTÍCULO 5.- HÁGASE SABER a la firma ITHREEX GLOBAL S.R.L
C.U.I.T 30-71183365-6 que deberá informar a esta Autoridad de Apli-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 53
CORDOBA, R.A. VIERNES 11 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

cación, dentro del plazo de diez 10 días, que la autoridad competente a nivel nacional inscriba, rechace -o denieguela solicitud de inscripción presentada o, en su caso, el Beneficiario Provisorio solicite la baja voluntaria de la inscripción en el mencionado Registro Nacional, todo ello bajo apercibimiento de lo dispuesto en las disposiciones de los incisos c y d del artículo 12 de la Ley N10.649 y su modificatoria.
ARTÍCULO 6.- DISPONER que a los fines de acceder al Programa de Promoción de Empleo a la Economía del Conocimiento creado por artículo 4
de la ley 10.649 y su modificatoria, la firma ITHREEX GLOBAL S.R.L C.U.I.T
30-71183365-6 deberá, oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución Conjunta N 01/2022, emanada de este Ministerio de Ciencia y Tecnología, en su carácter de Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar.
ARTÍCULO 7.- COMUNÍQUESE, Notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO: SEDEVICH FONS FEDERICO IVÁN, SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO - MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 11/03/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date11/03/2022

Page count6

Edition count4148

Première édition01/02/2006

Dernière édition25/05/2024

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