Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/02/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 33
CORDOBA, R.A. JUEVES 10 DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Que conforme lo informado por la Federación de Expendedores de Combustibles y Afines del Centro de la República FECAC, el valor del referido combustible al día 5 de febrero del corriente año es de $108,40, registrando una variación con relación al valor dispuesto por la resolución anterior. Por ello, en virtud de lo dispuesto por la ley 8560 T.O 2004, sus modificatorias, lo dictaminado por el Área Legal de la Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito bajo el N 01/2022, y en ejercicio de sus atribuciones.
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE ACCIDENTES DE
TRÁNSITO RESUELVE:
1: ESTABLECER el valor de la Unidad Fija de Multa UF por infracciones a la Ley Provincial de Transito 8560 T.O 2004 en la suma de pesos ciento ocho con cuarenta centavos $108,40.-

2: DISPONER como período de vigencia del valor de la Unidad Fija señalada por el dispositivo precedente, el comprendido desde el día de la publicación de la presente y hasta que se determine un nuevo valor mediante la resolución respectiva. 3: ORDENAR, que, por el Área correspondiente, se proceda a notificar a las Autoridades avocadas al juzgamiento de actas labradas en infracción a Ley Provincial de Tránsito N8560 T.O 2004, a la Dirección General de la Policía Caminera, a la Dirección General de Rentas y a la Dirección de Jurisdicción de Sistemas del Ministerio de Seguridad. 4: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO

CÁMARA CIVIL, COMERCIAL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO VILLA MARÍA
Convocatorias Por resolución administrativa Nº 1 del 29/12/2021, rectificada por res. adm.
Nº 1 del 07/02/2022 dictadas por la Cámara Civil, Com., de Flia. y Contenc.
Adm. de Villa María, integrada por los vocales Alberto Ramiro Domenech y Augusto Gabriel Cammisa, se dispuso lo siguiente: 1 Convocar a inscripción a las y los postulantes para integrar la lista de síndicas, síndicos y estudios contables, en las categorías A y B, para ser utilizadas en los Juzgados con competencia concursal de esta Cuarta Circunscripción Judicial con sede en Villa María, de acuerdo a los requisitos establecidos por el Reglamento Único aprobado por el TSJ mediante Acuerdo Reglamentario Nº 958 del 9/12/2008 y su modificación dispuesta por Acuerdo Reglamentario Nº 1270
Serie A del 17/03/2015. 2 Para inscribirse, las y los interesada/os deberán ingresar a la página web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba cpcecba.org.ar/autogestion, ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud de inscripción según corresponda, y anexar los antecedentes en formato PDF según las instrucciones del sistema informático creado a tal fin. El postulante deberá efectuar una declaración jurada de autenticidad de los datos consignados y la documentación acompañada en PDF y comprometerse a presentar los originales en caso de ser requerido por el CPCE. Asimismo, dicho postulante asume toda la responsabilidad civil y penal a que pudieran dar lugar las transgresiones al régimen legal del concurso art. 1716 Cód. Civ. y Com. de la Nación y art. 292 y ss Cód. Penal. Sólo se receptarán antecedentes académicos de los últimos ocho 8

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

años contados desde la fecha de inicio del plazo de inscripción. Asimismo, deberá adjuntar, en PDF, comprobante de pago de la Tasa de Justicia Ley 10725, art. 127. 3 Las solicitudes referidas serán receptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas a partir del 01 de marzo de 2022 hasta el 15 de abril de 2022 inclusive. 4 La Lista para los Juzgados de primera instancia en lo Civil y Comercial quedará integrada, siempre que se contare con postulantes suficientes, por: Categoría A: veinte 20 estudios de contadores y contadoras público/as titulares y diez 10 estudios de contadores y contadoras público/as suplentes. Categoría B: cuarenta 40 contadores y contadoras público/as individuales titulares y treinta 30 contadores y contadoras público/as individuales suplentes. 5 Para el caso en que las y los interesados inscriptos no cubrieren las listas suplentes necesarias según el punto anterior, se duplicarán las listas de titulares de cada categoría como listas suplentes de cada una de ellas a los fines del sorteo como tales. 6 Establecer, que a los fines del Orden de Mérito que hace alusión el Reglamento Único, corresponde tener en consideración las sanciones firmes impuestas a los/las síndico/as o estudios, por actos que se hubieren cometido a partir de la entrada en vigencia de la lista aprobada por Resolución Administrativa N tres del 06/09/2016 dictada por esta Cámara. 7 La lista existente de síndicos aprobada por Resolución Administrativa Nº Tres del 06/09/2016
dictada por este tribunal y prorrogada por Resolución Administrativa Nº 1 del 12/11/2020 continuará con su vigencia hasta tanto se apruebe el nuevo listado cuya convocatoria ahora se realiza. Las resoluciones completas fueron publicadas en este Boletín Oficial el día 09/02/2022.-

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/02/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date10/02/2022

Page count3

Edition count4161

Première édition01/02/2006

Dernière édition14/06/2024

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