Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2019 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba AÑO CVI - TOMO DCLVII - Nº 168
CORDOBA, R.A. JUEVES 5 DE SETIEMBRE DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Artículo 2: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada ACEC - ASOCIACIÓN DE CHECOS Y ESLOVACOS DE CORDOBA ASOCIACION CIVIL. Artículo 3: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo.-

Resolución N 92 - Letra:C

Artículo 4: El presente acto administrativo es suscripto por el funcionario autorizado para ello, en uso de la delegación de firma conferida por la Sra. Directora General de Inspección de Personas Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por las Resoluciones N 003/18 G y 001/19 G. Artículo 5: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.FDO: DE PALACIOS Manuel Luis, Dirección Gral. de Inspección de Personas Jurídicas, Ministerio de Finanzas
vincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.Córdoba, 30 de julio de 2019

VISTO: El Expte N 0007-150524/2019, mediante el cual la entidad civil denominada ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO GIMNASTICO CORDOBA , con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1: AUTORIZAR a la entidad civil denominada ASOCIACIÓN
CIVIL CENTRO GIMNASTICO CORDOBA, con domicilio social en la Pro-

Resolución N 93 - Letra:C

Artículo 2: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada ASOCIACIÓN CIVIL CENTRO GIMNASTICO CORDOBA. Artículo 3: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo. Artículo 4: El presente acto administrativo es suscripto por el funcionario autorizado para ello, en uso de la delegación de firma conferida por la Sra. Directora General de Inspección de Personas Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por las Resoluciones N 003/18 G y 001/19 G. Artículo 5: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.FDO: DE PALACIOS Manuel Luis, Dirección Gral. de Inspección de Personas Jurídicas, Ministerio de Finanzas
en la Provincia de Córdoba, República Argentina, a funcionar como Persona Jurídica.Córdoba, 1 de agosto de 2019

VISTO: El Expte N 0007-150488/2019, mediante el cual la entidad civil denominada FUNDACIÓN CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS , con domicilio social en la Provincia de Córdoba, República Argentina, solicita autorización estatal para funcionar como Persona Jurídica.
CONSIDERANDO: Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles y Fundaciones, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts.148, inc. b y d, 169, 174, 193, 195 y concordantes del Código Civil y Comercial y en uso de las facultades conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652:
LA DIRECCIÓN GENERAL DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
RESUELVE:
Artículo 1: AUTORIZAR a la entidad civil denominada FUNDACIÓN
CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS, con domicilio social BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Artículo 2: APROBAR el estatuto social de la entidad denominada FUNDACIÓN CENTRO INTEGRAL DE SERVICIOS EDUCATIVOS. Artículo 3: EMPLAZAR a la entidad civil requirente por el plazo de Quince 15 días hábiles a que acredite ante esta Dirección General la inscripción por ante la A.F.I.P. y presente los libros sociales y contables a los fines de la rúbrica, no pudiendo realizar trámite alguno sin el previo cumplimiento de lo normado por el presente artículo. Artículo 4: El presente acto administrativo es suscripto por el funcionario autorizado para ello, en uso de la delegación de firma conferida por la Sra. Directora General de Inspección de Personas Jurídicas, de conformidad con lo dispuesto por las Resoluciones N 003/18 G y 001/19 G. Artículo 5: PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.-FDO: DE PALACIOS Manuel Luis, Dirección Gral. de Inspección de Personas Jurídicas, Ministerio de Finanzas
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 05/09/2019 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date05/09/2019

Page count13

Edition count4152

Première édition01/02/2006

Dernière édition31/05/2024

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