Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 16/09/2022

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

c. Ocupación de veredas y calzadas: Cuando se trabaje en las veredas y calzadas, la tierra y escombros extraídos durante el zanjeo y excavaciones serán depositados en cajones de madera o metal desarmables y con juntas ecientes del largo que se estime conveniente y de un ancho no mayor de un 1 metro. Podrán utilizarse contenedores o bolsas debiendo cumplir con las condiciones de garantizar la circulación de vehículos y/o peatones en el lugar donde se emplacen, procediendo a señalizarlos convenientemente. En veredas se dejarán circulaciones o pasos libres de 1 un metro de ancho contados a partir de la línea municipal, señalizándose con carteles adecuados y colocando una protección baranda, cerco, etc., además se dejará libre un 1 metro por cada cinco 5 metros ocupados a los fines de facilitar la circulación de peatones. En las esquinas, cuando se practiquen pozos de ataque para efectuar cruces mediante el uso de tunelera, los mismos deberán estar protegidos mediante un cerco perimetral, debiendo contar con la señalización correspondiente. En todos los casos se garantizará el libre escurrimiento superficial de las aguas de lluvia.

En caso de que la Empresa Contratista no posea en stock las baldosas idénticas al frente donde se debe realizar el zanjeo, no podrá realizar el mismo con excepción de presentar ante este departamento una nota rmada por el frentista autorizando a hacer un contrapiso de material liviano provisorio hasta la colocación de las correspondientes baldosas.

d. Zanjas abiertas: Las zanjas efectuadas no podrán permanecer más de 24 horas abiertas, en caso que razones de fuerza mayor, debidamente justicadas, no permitan su tapado dentro de la jornada diaria laboral, deberán ser cubiertas con tapas ciegas, de resistencia suciente, para permitir el paso de peatones y vehículos y aseguradas para que no puedan ser removidas por agentes extraños o fenómenos atmosféricos.

e. Señalamiento Nocturno: Durante la noche deberán colocarse señales reglamentarias que indiquen la realización de los trabajos y el peligro por medio de carteles y balizas con luces rojas de atención e iluminación de los carteles.
f. Reparación de veredas: La reparación de las veredas se efectuará, previo compactado mecánico del terreno en capas de 0,20
m, dentro de las cuarenta y ocho 48 horas de concluido el cierre de las zanjas. Se reconstruirá un contrapiso de hormigón de 300 kg/m3 de cemento y 0,10 m de espesor y sobre éste un solado de similares características al existente.

ARTÍCULO 3º.- Otorgar un plazo de obra de SESENTA 60 días corridos para la terminación total de los trabajos, a partir de la rma del Acta de Inicio.

ARTÍCULO 4º. - Dejar expresamente aclarado que la autorización otorgada por la presente, está condicionada al compromiso de la Empresa de efectuar el retiro o traslado de las instalaciones cuando las mismas afecten o restrinjan los derechos de los propietarios frente a cuyos inmuebles se ejecuten las obras o en circunstancias en que así lo exija la Municipalidad, con motivo de trabajos y obras públicas que colisionen con las instalaciones de referencia.

ARTÍCULO 5º. - Establecer que la presente Resolución se acuerda para realizar esta obra bajo la exclusiva responsabilidad de la Empresa Contratista y de la Contratante dentro de las condiciones y normas previstas en el Pliego Tipo, Reglamento de Extensiones de Red de Gas Natural y disposiciones vigentes del ENARGAS y CAMUZZI GAS PAMPEANA S.A., siendo además de aplicación, a todos los efectos emergentes de la presente Resolución, las disposiciones de la Ordenanza General N 165/73 -, T.O. según Decreto N
1138/86, Cap. I Art. 9 inc. b y Art. 132º inc. b de la Ley Orgánica de las Municipalidades, obra de costo cubierto.-

ARTÍCULO 6º. - Fijar en TRESCIENTOS SESENTA 360 días la vigencia de la presente autorización. Si vencido el plazo no se han dado comienzo a los trabajos, la misma caducará automáticamente.

ARTÍCULO 7º. Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar del presente por intermedio del Departamento Control Obras de Gas y Electromecánicas a la Empresa, previo al pago de reposición de fojas, según estable la Ordenanza Impositiva vigente en el Cap. VII
Art. 25 inc. 3-b.
JLG/ndd
Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 169

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 16/09/2022

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date16/09/2022

Page count170

Edition count836

Première édition30/06/2010

Dernière édition25/04/2024

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