Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 18/04/2020

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

Que todo ingreso al Partido de General Pueyrredon que se de en el marco de la Resolución Ministerial conjunta 2/2020, deberá contar con la declaración Jurada que se obtiene en la página de Internet dispuesta por el Gobierno Nacional, la cual deberá encontrarse completa y vigente.

Que no huelga decir que el incumplimiento a lo mencionado precedentemente dará lugar a la aplicación de las sanciones civiles o administrativas que resulten pertinentes, sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan efectuar para determinar la eventual comisión de delitos de acción pública, conforme lo establecido en el artículo 4º de la resolución Ministerial conjunta 2/2020.

Que ha tomado intervención la Subsecretaría Legal y Técnica, emitiendo dictamen de rigor, en el marco de sus competencias.

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Dispónese que aquellas personas asintomáticas que ingresen al Partido de General Pueyrredon en el marco de la Resolución Ministerial conjunta 2/2020, previa evaluación clínica y control de temperatura para descartar la presencia de signos y síntomas compatibles con Covid 19 por parte del SAME MGP, serán alojados en sitios extra hospitalarios asignados por la Secretaria de Salud o Desarrollo Social en establecimientos hoteleros o en sus residencias habituales según corresponda en cada caso particular.

ARTÍCULO 2º.- Dispónese que las Secretarías de Seguridad, Salud, Desarrollo Social y Gobierno, resultan autoridad de aplicación del presente, estando facultadas para dictar las resoluciones que considere necesarias para la óptima aplicación de lo aquí dispuesto.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Sres. Secretarios de Seguridad, Salud, Desarrollo Social y Gobierno.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, y comuníquese.OROQUIETA BERNABEI HOURQUEBIE BONIFATTI MONTENEGRO

Decreto Nº 637/20
General Pueyrredon, 18/04/2020
Visto la prohibición de ingreso de extranjeros, que Presidencia de la Nación había ampliado por Decreto Nº 313/2020, la prohibición de ingreso a las personas residentes en el país y a los argentinos y las argentinas con residencia en el exterior, hasta el 31 de marzo, inclusive, atendiendo al resguardo de la salud de la población, y Considerando Que, en ese marco, y cumplido el plazo de 5 días, por instrucciones del mismo Presidente, los ministerios de Salud, Relaciones Exteriores y Culto, Interior, Seguridad, Defensa y Transporte trabajaron en este esquema de reapertura gradual y segura de las fronteras que inició este miércoles 1 de abril, y tiene por objetivo evitar riesgos sanitarios que comprometan el esfuerzo Municipio de General Pueyrredon
Boletin Oficial Municipal
Pag. 7

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 18/04/2020

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date18/04/2020

Page count9

Edition count836

Première édition30/06/2010

Dernière édition25/04/2024

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