Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 05/01/2018

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Source: Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón

ARTÍCULO 4º.- Los importes resultantes de los artículos 2º y 3º, como asimismo los haberes devengados, serán abonados a quien legal y formalmente acredite ser su derechohabiente.ARTÍCULO 5º.- El Ente Municipal de Servicios Urbanos adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar la erogación que demande el cumplimiento del presente según el siguiente detalle: artículo 2º a la partida 20-041-6-0-0 Beneficios y Compensaciones.artículo 3º a la partida 20-04-1-5-0-0 Asistencia Social al Personal ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del ENTE MUNICIPAL DE
SERVICIOS URBANOS.ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR
e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.Com./
LEITAO
ARROYO
DECRETO Nº 2768 27-11-2017
ARTÍCULO 1º.- Acéptase, a partir del 1º de noviembre de 2017, la renuncia presentada por el agente BARBER, MARIANO ANDRES - Legajo Nº 32076/1 cargo INGENIERO I C.F.2-17-74-03 módulo 45 horas semanales Nº de Orden S 1079 dependiente de la División Higiene y Seguridad en el Trabajo de la Dirección de Personal del Ente Municipal de Servicios Urbanos.ARTÍCULO 2º.- El Ente Municipal de Servicios Urbanos adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a la partida presupuestaria correspondiente, al egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente.ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE DEL ENTE MUNICIPAL DE
SERVICIOS URBANOS.ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR.Mfg/
LEITAO
ARROYO
DECRETO Nº 2769 27-11-2017
ARTÍCULO 1º.- Aplicar, al agente FEDERICO OSVALDO BALEA Legajo Nº 27392/1 dependiente del Departamento Servicios Generales del Ente Municipal de Servicios Urbanos, una sanción disciplinaria de TREINTA 30 DIAS DE SUSPENSION, en el marco de lo establecido en el Artículo 108º inciso d la Ley 14656 según el siguiente detalle: faltas con aviso sin justificar Cód.24 los días 05/05/2017;19/05/2017;29/06/2017;27/07/2017 y 03/08/2017.ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.Com./
LEITAO
ARROYO
DECRETO Nº 2770 27-11-2017
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Artículo 2º del Decreto Nº 2238/17, que quedarán redactados de la siguiente manera:
ARTÍCULO 2º.- Otórgase al agente mencionado en el artículo 1º del presente Decreto, la suma de PESOS
CIENTO TREINTA Y SEIS MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 26/100 $136.054,26 en concepto de retribución especial sin cargo de reintegro, equivalente a seis 6 mensualidades del básico de la categoría en que revista, sin descuento de ninguna índole, en razón de computar más de treinta 30 años de servicio en la Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Artículo 72º, Inc. f, segundo párrafo de la Ley Provincial Nº 14.656.Imputación: 22-02 1-6-0-0 Adicional 25 y 30 años de Servicios ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor PRESIDENTE del ENTE MUNICIPAL DE
SERVICIOS URBANOS.ARTÍCULO 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Municipal, y comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR.Mfg/
LEITAO
ARROYO
DECRETO Nº 2775 27-11-2017
ARTÍCULO 1º.- Dáse de baja, a partir de la fecha de su notificación, en el Departamento Espacios Verdes del Ente Municipal de Servicios Urbanos, al agente RUSEÑOL, NICOLAS MIGUEL ANGEL Legajo Nº 31088/1
Cargo OBRERO INICIAL C.F. 6-01-70-01 Modulo 48 hs. semanales Nº de Orden S 0696.ARTÍCULO 2º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, en el Departamento Higiene Urbana del Ente Municipal de Servicios Urbanos, al agente RUSEÑOL, NICOLAS MIGUEL ANGEL Legajo Nº 31088/1
Cargo OBRERO INICIAL C.F. 6-01-66-01 Modulo de 36 hs. semanales Nº de Orden S 0996.ARTÍCULO 3º.- Dáse de baja, a partir de la fecha de su notificación, al agente mencionado en el articulo 2º del presente Decreto la Bonificación por Tarea Riesgosa del VEINTICINCO POR CIENTO 25% que viene percibiendo establecida en el articulo 22º inc. i de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.ARTÍCULO 4º.- Otorgase, a partir de la fecha de su notificación, al agente mencionado en el articulo 2º del presente Decret6o la Bonificación por Tarea Insalubre del CUARENTA POR CIENTO 40% establecida en el articulo 24º de la Ordenanza Complementaria de Presupuesto vigente.ARTÍCULO 5º.- El Ente Municipal de Servicios Urbanos adoptara los recaudos pertinentes a fin de imputar a las partidas presupuestarias correspondientes el egreso que demande el cumplimiento del presente.ARTÍCULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.ARTÍCULO 7º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal del Ente Municipal de Servicios Urbanos.LEITAO
ARROYO

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Gral. Pueyrredón del 05/01/2018

TitreBoletín Oficial de Gral. Pueyrredón

PaysArgentine

Date05/01/2018

Page count49

Edition count836

Première édition30/06/2010

Dernière édition25/04/2024

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