Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/11/2021

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
12 de noviembre de 2021

N: 136
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-

VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6678, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:

DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:

31.01.123.1.13.339.
31.01.100.1.13.312.
31.15.100.1.12.214.
31.15.100.1.12.215.
31.15.100.1.12.220.
31.15.100.1.12.229.
31.15.100.1.13.324.

31.15.100.2.24.414.

31.15.100.2.24.416.
32.24.100.1.12.220.
32.24.100.1.12.229.
32.24.100.1.13.314.

2

AUMENTA
$

DISMINUYE

100.000

$

100.000

35.01.100.1.12.227.

35.01.100.1.13.324.
35.01.100.1.13.335.
35.01.100.1.15.520.
35.01.100.2.24.419.

65.000

$

85.000

$

820.000

$

20.000

$

15.000

$

15.000

$

30.000

$

20.000

$

15.000

$

20.000

$

15.000

$

820.000

ARTICULO 2.- ADECUAR el nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6678, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor-

VISTO: Que es intención de este Departamento Ejecutivo otorgar un incremento del canon a quienes se desempeñan bajo la modalidad de Contratos de Locación de Servicios;
Y CONSIDERANDO: Que el incremento a conceder a quienes se desempeñan bajo esta modalidad será de cinco por ciento 5
% a partir del 1 de Octubre de 2021, sobre los valores del mes de Septiembre 2021.

170.000

Que corresponde en consecuencia emitir el acto que disponga sobre el particular.

300.000

$

35.01.100.1.12.215.

$

Que respecto a la imputación de la erogación corresponde encuadrar el presente en lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza N 1.511.

170.000
$

$

35.01.100.1.12.211.

UTILES Y MATERIALES
ELECTRICOS
ARTICULOS DE
FERRETERIA
PRODUCTOS
ALIMENTICIOS
PRODUCTOS DE PAPEL
Y CARTON IMPRESOS
REPUESTOS Y
ACCESORIOS
OTROS B. DE CONS.
NO ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
IMPUESTOS
DERECHOS TASAS
MULTAS Y RECARGOS
APORTES A OTRAS
INSTITUCIONES
HERRAMIENTAS Y
REPUESTOS MAYORES
TOTAL

DECRETO N 509/C/2021
VILLA CARLOS PAZ, 14 de octubre de 2021

EL INTENDENTE MUNICIPAL

-PROGRAMA-ANEXO INCISO-ITEMDESCRIPC.
CONVENIOS C/ORG.
PROVINCIALES
NACIONALES E INTERN
ALQUILERES Y
DERECHOS DE BIENES
INMUEBLES
ELEMENTOS DE
SEGURIDAD
PRODUCTOS DE PAPEL
Y CARTON IMPRESOS
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
ARTICULOS DE
FERRETERIA
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
EQUIPOS DE
TRANSPORTE
TRACCION Y
ELEVACION
EQUIPOS
ELECTRONICOS E
INFORMATICOS
MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y
AFINES
ARTICULOS DE
FERRETERIA
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
EDIFICIOS Y LOCALES

35.01.100.1.12.229.

35.01.100.1.12.299.

DECRETO N 508/C/2021
VILLA CARLOS PAZ, 14 de octubre de 2021

JURISDIC. -SUB
JURISD.

35.01.100.1.12.221.

$

60.000

$

30.000

EL INTENDENTE MUNICIPAL

$

50.000

DECRETA

$

50.000

$

50.000

ARTÍCULO 1º: DISPONER un incremento de cinco por ciento 5 % con respecto a los valores percibidos en el mes inmediato anterior y que regirán a partir del 1 de Octubre de 2021, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.

$

60.000

Por ello, en uso de sus atribuciones:

ARTÍCULO 2: El incremento dispuesto en el artículo precedente, sólo alcanzará a quienes presten servicios personales.
ARTÍCULO 3: La presentación por parte de los locadores de las respectivas facturas adecuadas a los nuevos valores fijados, será aceptado como reconocimiento y conformidad del presente.

$

200.000

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/11/2021

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date12/11/2021

Page count7

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

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