Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 10/9/2021
Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.
Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
PRIMERA SECCIÓN
10 de septiembre de 2021
N: 124
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6678, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.
Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
-PROGRAMA-ANEXO
-INCISO-ITEMDESCRIPC.
OTROS B. DE CONS.
31.01.100.1.12.299. NO ESPECIFICADOS
PRECEDENTEMENTE
USO Y
MANTENIMIENTO DE
31.01.100.1.13.318.
SISTEMAS
INFORMATICOS
OTROS SERVICIOS
34.01.100.1.13.324.
TECNICOS Y
PROFESIONALES
JURISDIC. -SUB
JURISD.
34.01.100.1.13.332.
36.01.100.1.13.318.
36.01.100.2.24.413.
37.01.100.1.13.324.
37.01.100.1.13.314.
37.71.100.1.13.325.
37.71.100.2.24.419.
AUMENTA
$
DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:
$
150.000
-PROGRAMA - ANEXO
INCISO ITEM DESCRIPC.
PUBLICIDAD Y
31.01.123.1.13.331.
PROPAGANDA
CAPACITACION Y
31.01.100.1.13.340.
PERFECCIONAMIENTO
TOTAL
JURISDIC. -SUB
JURISD.
$
500.000
$
$
$
$
500.000
$
100.000
$
500.000
500.000
40.000
$
$ 1.290.000
AUMENTA
$
150.000
$
150.000
DISMINUYE
$
150.000
$
150.000
ARTICULO 2.- ADECUAR el nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6678, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
100.000
40.000
$ 1.290.000
ARTICULO 2.- ADECUAR el nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6678, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 397/C/2021
VILLA CARLOS PAZ, 12 de agosto de 2021
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y
3
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DISMINUYE
150.000
PROMOCION
USO Y
MANTENIMIENTO DE
SISTEMAS
INFORMATICOS
CONSTRUCCIONES Y
TRABAJOS
PUBLICOS
OTROS SERVICIOS
TECNICOS Y
PROFESIONALES
MANTENIMIENTO Y
REPARACION DE
EDIFICIOS Y
LOCALES
TRANSPORTE Y
ALMACENAMIENTO
HERRAMIENTAS Y
REPUESTOS
MAYORES
TOTAL
Por ello, en uso de sus atribuciones:
ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Economía y Finanzas Ramón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 398/DE/2021
VILLA CARLOS PAZ. 12 de agosto de 2021
VISTO: Lo dispuesto por el Art. 38º, concordantes y complementarios de la Carta Orgánica Municipal y la Ordenanza Nº 4088 y sus modificatorias Nº 5591 y 5788; y CONSIDERANDO: Que es deber del Municipio propender al Estado de Bienestar, promoviendo el desarrollo humano y comunitario, el progreso económico con justicia social, la formación y capacitación de trabajadores, la reconversión de mano de obra, la inclusión social y el desarrollo de políticas sociales coordinadas.
Que a tales fines, el Municipio formula planes integrales, destinados a satisfacer las necesidades de nuestra población.
Que encontrándose vigente el Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, corresponde realizar el pago de las becas, en los términos del art. 5º de la Ordenanza Nº 4088.Por ello, en uso de sus atribuciones;
EL INTENDENTE MUNICIPAL