Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 29/1/2021

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
29 de enero de 2021

N: 84
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto Nº 560/C/2020
Decreto Nº 561/C/2020
Decreto Nº 562/B/2020
Decreto Nº 563/B/2020
Decreto Nº 566/DE/2020
Decreto Nº 567/DE/2020
Decreto Nº 570/DE/2020
Decreto Nº 571/C/2020
Decreto Nº 572/C/2020
Decreto Nº 573/DE/2020
Decreto Nº 574/DE/2020
Decreto Nº 575/DE/2020
Decreto N 052/DE/2021
Ordenanza N 6685
Promulgada por Decreto N 046/DE/2021
Ordenanza N 6686
Promulgada por Decreto N 047/DE/2021
Ordenanza N 6687
Promulgada por Decreto N 04/DE/2021

Página 1
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DECRETO Nº 560/C/2020
Villa Carlos Paz, 22 de diciembre de 2020
VISTO: La voluntad de este Departamento Ejecutivo de otorgar un incremento del canon a quienes se desempeñan bajo la modalidad de Contratos de Locación de Servicios;
Y CONSIDERANDO: Que el incremento a conceder a quienes se desempeñan bajo esta modalidad será de cinco por ciento 5
%, aplicable a partir del 1 de Diciembre de 2020, sobre la base de los valores establecidos en cada contrato.

ARTÍCULO 7º: Protocolícese, comuníquese, regístrese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalHéctor D. Gilli, Sec. Economía y FinanzasRamón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 561/C/2020
Villa Carlos Paz, 22 de diciembre de 2020
VISTO: La necesidad de realizar una adecuación presupuestaria para diferentes Secretarías Municipales; y CONSIDERANDO: Que el Art. 1º de la Ordenanza Nº 6586, Presupuesto General de Gastos de la Administración Municipal, establece que el presupuesto fijado lo es según el detalle de los Anexos I y V, indicando las autorizaciones presupuestarias por Jurisdicción, desagregadas contablemente a nivel de Programa.
Que el Art. 6º de dicha Ordenanza establece El Departamento Ejecutivo podrá variar las partidas presupuestarias de Tercer Nivel o inferior pero no realizar compensación entre diferentes Jurisdicciones.Que asimismo, el Art. 11º de dicha Ordenanza autoriza al Departamento Ejecutivo a crear, modificar y/o fusionar las Partidas a partir del tercer nivel.Que en consecuencia corresponde emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL

Que respecto a la imputación de la erogación corresponde encuadrar el presente en lo establecido en el artículo 29º de la Ordenanza N 1.511.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto que disponga sobre el particular.

DECRETA
ARTICULO 1.- MODIFICAR, a partir del Tercer Nivel el Presupuesto General de Gastos en vigencia, de la siguiente manera:

Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: DISPONER un incremento de cinco por ciento 5
%, en el precio de los contratos por Locación de Servicios, sobre la base de los valores establecidos en cada contrato vigente a la fecha, el que regirá a partir del 1 de Diciembre de 2020, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 2: El incremento dispuesto en el artículo precedente sólo alcanzará a quienes presten servicios personales.
ARTÍCULO 3: Considerar al presente como adenda a cada uno de los respectivos Contratos a los que se hace mención en el Artículo 1 del presente.
ARTÍCULO 4: La presentación por parte de los locadores de las respectivas facturas adecuadas a los nuevos valores fijados, será aceptado como reconocimiento y conformidad del presente.
ARTÍCULO 5: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto será atendido con los fondos de los Programas y Partidas que se les asignaron a cada contrato de Locación vigente, suscripto oportunamente.
ARTÍCULO 6: El Tribunal de Cuentas, la Dirección de Recursos Humanos y cada una de las Secretarías Municipales, tomarán razón de lo resuelto, haciendo conocer a los beneficiados de lo dispuesto precedentemente.

1

JURISDIC.
JURISD.

-SUB

-PROGRAMA-ANEXO
ITEM-DESCRIPC.

-INCISO-

31.01.100.1.12.214.

ELEMENTOS DE SEGURIDAD

31.01.100.1.12.222.
32.01.100.1.13.324.

HERRAMIENTAS MENORES
OTROS SERVICIOS TECNICOS Y
PROFESIONALES

32.01.100.2.24.412.

EXPROPIACIONES

40.01.100.1.12.223.

ELEMENTOS DE LIMPIEZA

40.01.100.2.24.420.

EQUIPOS VARIOS
TOTAL

AUMENTA
$

$

$

$

DISMINUYE

60.000
$

60.000

$

62.000

$

3.000

$

125.000

62.000

3.000

125.000

ARTICULO 2.- ADECUAR, El nomenclador de Erogaciones conforme al Art. 5 de la Ordenanza N 6586, a las modificaciones aprobadas por el presente Decreto.ARTICULO 3.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalHéctor D. Gilli, Sec. Economía y FinanzasRamón C. Montenegro, Oficial MayorDECRETO Nº 562/B/2021
Villa Carlos Paz, 22 de Diciembre de 2020
VISTO: el Expediente Nº 160667/17; el Decreto Nº 284/B/2020, mediante el cual se autorizaba a los vecinos de la calle un tramo

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 29/1/2021

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date29/01/2021

Page count11

Edition count382

Première édition01/01/2015

Dernière édition10/05/2024

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