Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 18/9/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
18 de septiembre de 2020

N: 64
Artículo 3.- La Dirección de Recursos Fiscales procederá al cobro del canon correspondiente a 2 adicionales con servicio de control de tránsito de 4 horas cada uno.Artículo 4.- La Dirección de Seguridad, la Dirección de Recursos Fiscales y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 5.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec. Gobierno y Coordinación Ramón C. Montenegro, Oficial Mayor DECRETO Nº 392/B/2020
Villa Carlos Paz, 21 de agosto de 2020
VISTO: El Expediente Nº 23397/2019, mediante el cual los vecinos del Pasaje Uspallata 2, elevan la documentación pertinente, a fin de iniciar las obras de cordón cuneta, en un todo de acuerdo a lo previsto en el Artículo 4º inciso b de la Ordenanza N
4299; y CONSIDERANDO: Que se realizaron las publicaciones convocando a las empresas interesadas en su realización, con la finalidad de presentar ofertas.
Que los propios vecinos gestionaron la adhesión de sus pares, informándoles el precio y esquema de financiación propuesto por la firma Bora Vial S.R.L., que fue seleccionada para la realización de la obra.-

obra, los vecinos deberán realizar nuevamente el trámite previsto por la Ordenanza Nº 4299.Artículo 5º.- La Dirección de Obras Públicas, la Dirección de Catastro, la Secretaría de Economía y Finanzas y la Dirección de Recursos Fiscales, tomarán conocimiento a los fines que corresponda a cada uno.Artículo 6º.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial Mayor DECRETO Nº 393/B/2020
Villa Carlos Paz, 21 de agosto de 2020
VISTO: El Expediente N 164499/18, donde obran las actuaciones de la Obra PLAN DE PAVIMENTACIÓN SOBRE
CALLES QUE TRANSITA EL TRANSPORTE PÚBLICO DE
PASAJEROS - ETAPA B LA QUINTA, CALLE JUANA DE ARCO;
y CONSIDERANDO: Que conforme a la valuación de actualización de precios efectuada, corresponde reconocerla, en un todo de acuerdo a la Cláusula Adicional del Contrato Nº 1004/2018, por la suma de pesos cien mil veinte con treinta y ocho centavos $
100.020,38 para el certificado correspondiente al Fondo de Reparo.Que el gasto será atendido con los fondos de la Partida Nº 37.01.100.2.24.413 del Presupuesto General en vigencia.-

Que el valor del metro cuadrado del cordón cuneta a asumir por cada vecino es de Pesos Mil Ochocientos Treinta $ 1.830,00, actualizable con un incremento del cuatro por ciento 4% mensual, aplicable desde la fecha del presupuesto.-

Que en función de lo expuesto se procede a emitir el acto administrativo que dispone sobre el particular.-

Que en el mencionado Expediente de fs. 10 a 27, obran las firmas de los vecinos frentistas.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones
Que la Dirección de Obras Públicas informó que la adhesión a la obra es del 75%.Por ello EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones:
DECRETA
Artículo 1º.- Autorizar las obras y el cobro a los frentistas del cordón cuneta en Pasaje Uspallata 2, en un todo de acuerdo a los Artículo 4º y 12º de la Ordenanza Nº 4299 y a la Propuesta de la Empresa Bora Vial S.R.L., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.Artículo 2º.- Declarar las obras mencionadas en el Artículo 1º de interés público y pago obligatorio.Artículo 3º.- El régimen de pago por parte de los frentistas será, según propuesta de la firma ejecutante, de acuerdo al siguiente esquema: 1 De Contado con un descuento del diez por ciento 10%; 2 cincuenta por ciento 50% de Contado y saldo en tres 3
cuotas iguales sin interés, 3 Cincuenta por ciento 50% de Contado y saldo en seis 6 cuotas, con un recargo del diez por ciento 10% sobre el total, 4 cuarenta por ciento 40% de Contado y saldo en doce 12 cuotas con un recargo del 4% mensual, haciéndose efectivos los pagos ante la Empresa Bora Vial S.R.L..Artículo 4º.- La autorización mencionada en el Artículo 1º, tendrá un plazo de vigencia de CIENTO VEINTE 120 días corridos.
Vencido el plazo sin haberse dado comienzo a la ejecución de la
3

Por ello:

DECRETA
Artículo 1º.- RECONOCER la actualización de precios para la Obra PLAN DE PAVIMENTACIÓN SOBRE CALLES QUE
TRANSITA EL TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS ETAPA B LA QUINTA, CALLE JUANA DE ARCO, que asciende a la suma de pesos cien mil veinte con treinta y ocho centavos $
100.020,38 para el certificado correspondiente al Fondo de Reparo, emitido por la Empresa ADOPAVI S.A., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, será atendido con la Partida Nº 37.01.100.2.24.413 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 3º.- Previo cumplimiento de lo dispuesto en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de Ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Ramón C.
Montenegro, Oficial MayorDECRETO N 426/DE/2020
Villa Carlos Paz, 11 de septiembre de 2020
VISTO: El art. 3º de la Ordenanza Nº 6622; y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 18/9/2020

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date18/09/2020

Page count5

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

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