Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/11/2019

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
12 de Noviembre de 2019

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DECRETO N 982/DE /2019
Villa Carlos Paz, 18 de octubre de 2019
VISTO: la solicitud formulada por la Dirección de Recursos Humanos, respecto al reconocimiento de la tarea desarrollada por el agente municipal CHIODI, Hebert Ángel, Legajo 919, quien se encuentra a cargo del Departamento de Parques y Paseos; y CONSIDERANDO: Que el agente, por la sensibilidad de su tarea, debe encontrase laboralmente disponible en cualquier momento del día, para ser requerido ante circunstancias como accidentes o fenómenos climáticos entre otros, razón por la cual resulta pertinente el otorgamiento del adicional de Dedicación Funcional, previsto en el Artículo 17, Inciso 4 de la Ordenanza 840.Que en consecuencia corresponde dictar la norma que otorgue el citado adicional.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
ARTICULO 1.- OTORGAR un adicional del Veinte por ciento 20% sobre el sueldo básico, según lo prescripto en Artículo 17, Inc. 4 de la Ordenanza 840 y modificatorias, al agente municipal CHIODI, Hebert Ángel, Legajo 919, a partir del 1 de octubre de 2019, y mientras se desempeñe a cargo del Departamento de Parques y Paseos dependiente de la Dirección de Servicios Públicos en la Secretaría de Desarrollo Urbano Ambiental en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.ARTICULO 2.- Previo cumplimiento de lo dispuesto, dar intervención al Tribunal de Cuentas, para su visación en los términos de Ley.ARTICULO 3.- Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Héctor D.
Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO N 983/C/2019
Villa Carlos Paz, 18 de octubre de 2019
VISTO: La Ordenanza Nº 6.488;
Y CONSIDERANDO: Que mediante la norma citada se dispuso el incremento para los valores nominales de los importes que perciben los beneficiarios del Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad que regirá para el año 2.019.
Que se han verificado los informes técnicos del INDEC y realizado la comparación que requiere el artículo 2 de la ordenanza en cuestión, determinando el incremento de los valores a otorgar a partir del mes de Octubre de 2.019.
Que en consecuencia, corresponde al Departamento Ejecutivo emitir el instrumento legal que formaliza el cumplimiento de la Ordenanza Nº 6.488.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: OTORGAR un incremento del once con sesenta y dos por ciento 11,62 % en el valor nominal de los importes que perciben los beneficiarios del Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad a partir del mes de Octubre de 2.019, calculado sobre los valores del mes inmediato anterior, en cumplimiento de la Ordenanza N 6.488.
ARTÍCULO 2º: Protocolícese, comuníquese, regístrese y
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archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO N 984/C/2019
Villa Carlos Paz, 18 de octubre de 2019
VISTO: Que es intención de este Departamento Ejecutivo otorgar un incremento del canon a quienes se desempeñan bajo la modalidad de Contratos de Locación de Servicios;
Y CONSIDERANDO: Que el incremento a conceder a quienes se desempeñan bajo esta modalidad será del once con sesenta y dos por ciento 11,62 % a partir del 1 de Octubre de 2019, sobre la base de los valores establecidos en cada contrato.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto que disponga sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: DISPONER un incremento del once con sesenta y dos por ciento 11,62 % en el precio de los contratos por Locación de Servicios, sobre la base de los valores establecidos en cada contrato vigente a la fecha, el que regirá a partir del 1 de Octubre de 2019, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 2: El incremento dispuesto en el artículo precedente, sólo alcanzará a quienes presten servicios personales.
ARTÍCULO 3: Considerar al presente como adenda a cada uno de los respectivos Contratos a los que se hace mención en el Artículo 1 del presente.
ARTÍCULO 4: La presentación por parte de los locadores de las respectivas facturas adecuadas a los nuevos valores fijados, será aceptado como reconocimiento y conformidad del presente.
ARTÍCULO 5: El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto será atendido con los fondos de los Programas y Partidas que se les asignaron a cada contrato de Locación vigente, suscripto oportunamente.
ARTÍCULO 6: El Tribunal de Cuentas, la Dirección de Recursos Humanos y cada una de las Secretarías Municipales, tomarán razón de lo resuelto, haciendo conocer a los beneficiados de lo dispuesto precedentemente.
ARTÍCULO 7º: Protocolícese, comuníquese, regístrese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Héctor D. Gilli, Sec. Eco. y Finanzas Mónica De Girolamo, Of. MayorDECRETO Nº 985/B/2019
Villa Carlos Paz, 18 de octubre de 2019
VISTO: El Expediente N 171921/19, donde obran las actuaciones de la Obra COSTANERA INTERBALNEARIA TRAMO AV. PERITO MORENO, ENTRE Bº EL FANTASIO Y Bº SOLARES DE LAS ENSENADAS Costanera Estancia Garayzabal CORDONES CUNETAS Y OBRAS CIVILES
COMPLEMENTARIAS; y:
CONSIDERANDO: Que conforme a la valuación de actualización de precios efectuada corresponde reconocerla en un todo de acuerdo a la Cláusula Vigesimotercera del Contrato Nº 305/2019, por la suma de Pesos Setecientos sesenta y nueve mil ciento setenta y seis con cuarenta y tres centavos $ 769.176,43

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 12/11/2019

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date12/11/2019

Page count8

Edition count383

Première édition01/01/2015

Dernière édition17/05/2024

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