Boletín Oficial de Vicente López del 13/3/2020

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Source: Boletín Oficial de Vicente López

controles específicos, con el objeto de proteger la integridad física de nuestros ciudadanos.
Que el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires dictó el Decreto 127/2020, que estableció previsiones concretas con respecto a la pandemia. Que asimismo por conducto del Decreto 132/2020 dispuso declarar el estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la provincia de Buenos Aires por el término de 180 días contados a partir de su sanción, disponiendo conjuntamente un paquete de medidas coadyuvantes para neutralizar la propagación de la enfermedad, invitando a los Municipios a la adhesión de ambas normas y adoptar medidas de idéntico tenor.
Que en este sentido son contestes las Resoluciones 82/2020 del Ministerio de Educación de la Nación, la Resolución 178/2020
del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, la Resolución 81/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia y Resoluciones 393 y 394/2020 del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, adjuntas a estos actuados y por las cuales se recomienda la adopción de medidas preventivas a los efectos de evitar la propagación del coronavirus.
Que este gobierno comunal en alerta a la situación nacional en general recepciona todas las recomendaciones previstas en las normas precitadas, para actuar en consecuencia y asimilar a las políticas locales de asistencia y prevención.
Que en competencia concurrente, con la Nación y la Provincia de Buenos Aires - siempre en el marco de sus respectivas atribuciones - corresponde a este Gobierno Municipal en atención al derecho a la salud de sus habitantes, adherir al Decreto provincial y establecer medidas concretas en el territorio específico de nuestra competencia.
Por ello, en uso de sus atribuciones, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ:
DECRETA:
ARTICULO 1: Adhiérase al Decreto 127/2020 dictado por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires con fecha 6 de marzo de 2020, por las razones de mención exordial.
ARTICULO 2: Adhiérase al Decreto 132/2020 de la Provincia de Buenos Aires, de fecha 12/03/2020, conducto por el cual se dispuso la emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires por el término de 180 días contados a partir de su sanción ARTICULO 3: Suspéndanse las autorizaciones para realizar todo tipo de eventos artísticos, recreativos, actividades culturales, sociales y deportivas de participación masiva de personas en todo el ámbito del Partido, hasta que la emergencia sanitaria así lo permita.
ARTICULO 4: Revisiónese y suspéndanse aquellas autorizaciones otorgadas para la realización de eventos de participación masiva cualquiera sea su naturaleza con los mismos alcances del artículo precedente.
ARTICULO 5: Suspéndase los procesos administrativos en trámite derivados de los eventos y/o actividades que pudieran haberse iniciado con anterioridad al presente acto administrativo.
ARTÍCULO 6: Procédase al cierre del ingreso al público en todos los centros culturales, bibliotecas y museos municipales, campos y polideportivos, Centro de Convenciones Arturo Frondizi y Centro Recreativo de Adultos Mayores Activos y SUSPÉNDANSE todas las actividades públicas que dichas dependencias municipales hubieran generado en virtud de su planificación ordinaria hasta nuevo aviso. Dicha fecha será evaluada en la medida que deje de estar en riesgo la salud pública.
ARTICULO 7: Autorícese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas a efectuar la contratación directa de proveedores para abastecer la demanda excepcional de insumos de salud, servicios y enseres que pudiera acaecer, para responder a la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del coronavirus.
ARTICULO 8: Refrenden el presente decreto los Sres. Secretarios de Salud, de Coordinación, y de Hacienda y Finanzas.
ARTICULO 9: Tomen conocimiento todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo, quienes deberán adoptar las medidas conducentes para dar estricto cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 4 del presente acto.
ARTICULO 10: Dese al Registro Municipal de Decretos, hágase saber, cúmplase y oportunamente ARCHÍVESE.Fdo: MacriTejoBaistrocchiAlvarez
Municipio de Vicente López
Boletin Oficial Municipal
Pag. 28

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Vicente López del 13/3/2020

TitreBoletín Oficial de Vicente López

PaysArgentine

Date13/03/2020

Page count28

Edition count160

Première édition14/07/2017

Dernière édition22/03/2024

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