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Boletín Oficial de la Pcia. de Valladolid del 26/11/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid
ID DOCUMENTO: Uz88kCUrMPbDK5Ol34y4bf7ox1s=
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Habiéndose solicitado el interrogatorio de parte y siendo la misma persona jurídica han de hacerse las advertencias que se contienen en el art. 91.3 y 5 de la LJS.
Conforme dispone dicho precepto, el interrogatorio de las personas jurídicas privadas se practicará con quien legalmente las represente y tenga facultades para responder a tal interrogatorio. Si el representante en juicio no hubiera intervenido en los hechos, deberá aportar a juicio a la persona conocedora directa de los mismos.
Con tal n la parte interesada podrá proponer la persona que deba someterse al interrogatorio justicando debidamente la necesidad de dicho interrogatorio personal.
La declaración de las personas que hayan actuado en los hechos litigiosos en nombre del empresario, cuando sea persona jurídica privada, bajo la responsabilidad de éste, como administradores, gerentes o directivos, solamente podrá acordarse dentro del interrogatorio de la parte por cuya cuenta hubieran actuado y en calidad de conocedores personales de los hechos, en sustitución o como complemento del interrogatorio del representante legal, salvo que, en función de la naturaleza de su intervención en los hechos y posición dentro de la estructura empresarial, por no prestar ya servicios en la empresa o para evitar indefensión, el juez o tribunal acuerde su declaración como testigos.
A tal efecto se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales Art. 91.2 LJS.
Y para que sirva de citación a GANADOS VALLES DE OLID S.L, se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Ocial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.
En Valladolid, a dieciséis de noviembre de dos mil veinte.-El/La Letrado de la Administración de Justicia.
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D.L.: N VA-200/2010
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