Boletín Oficial de Navarra del 7/6/2022
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Source: Boletín Oficial de Navarra
Página 7296 - Número 112
Martes, 7 de junio de 2022
del Ayuntamiento del Valle de Ollo por la que se incoa expediente de imposición de multa coercitiva 1/1021 y para que sirva de notificación a doña Edurne Ustarroz Agea y cuyo texto es el siguiente:
Visto informe urbanístico de la ORVE de fecha 24 de septiembre de 2020.
Visto escrito del Ayuntamiento de fecha 6 de noviembre de 2020 donde se ordena a doña Edurne Ustarroz Agea el derribo de parte del chabisque construido en la parcela 162 del polígono 9 del Concejo de Ollo Valle de Ollo en todo lo que sobrepase de 15 metros cuadrados advirtiéndole que transcurrido el plazo de 15 días hábiles se procedería a la imposición de multas coercitivas conforme a lo determinado en la legislación urbanística de la Comunidad Foral de Navarra, hasta un máximo de doce multas coercitivas sucesivas con una periodicidad mensual.
Vista solicitud de doña Edurne Ustarroz Agea de fecha 27 de noviembre de 2020 pidiendo la legalización del expediente urbanístico.
Visto informe urbanístico de la ORVE de fecha 23 de febrero de 2021.
Visto escrito del Ayuntamiento de fecha 24 de febrero de 2021 donde se constata la imposibilidad de legalizar la construcción existente.
Visto que ha transcurrido de forma amplia el plazo concedido al efecto a la interesada y continuar el incumplimiento reiterado de la mencionada orden de ejecución.
Considerando que conforme a lo dispuesto en el artículo 207 del Decreto Foral Legislativo 1/2017, de 26 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo, donde dice que la Administración podrá imponer multas coercitivas para lograr la ejecución por el sujeto obligado de las medidas de restablecimiento. Podrán ser hasta doce sucesivas multas por períodos de un mes y en cuantía de 600 a 6.000 euros, según sean las medidas previstas.
En todo caso, transcurrido el plazo de cumplimiento voluntario derivado de la última multa coercitiva impuesta, la Administración actuante estará
obligada a ejecutar subsidiariamente la reposición de la realidad física alterada, con cargo al infractor.
En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.s de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, HE RESUELTO:
Primero.Imponer a doña Edurne Ustarroz Agea, multa coercitiva por importe de 600 euros, por incumplimiento de la orden de ejecución urbanística adoptada en el expediente 1/2020 sobre chabisque construido en la parcela 162 del polígono 9 del Concejo de Ollo Valle de Ollo. La multa coercitiva se deberá abonar por la interesada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución.
Si vencido el plazo no se hubiera satisfecho la deuda se exigirá en vía de apremio, de acuerdo con lo establecido en los artículos 87 y siguientes del Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.
Segundo.Dar traslado de la presente resolución a la interesada y al Pleno de la Corporación en la primera Sesión Ordinaria que este celebre.
Contra el presente acto o acuerdo podrán interponerse los siguientes recursos:
Potestativamente en el plazo de un mes, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.
Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a su notificación, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, que se presentaran ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Valle de Ollo / Ollaran, 19 de mayo de 2022.El alcalde, David Campion Ventura.
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D.L. NA. 1-1958 ISSN 2253-9646
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