Boletín Oficial de Navarra del 7/7/2021

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 8658 - Número 158

Miércoles, 7 de julio de 2021

1. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
1.7. OTROS
RESOLUCIÓN 127/2021, de 9 de junio, del Director Gerente de la Hacienda Foral de Navarra, por la que se aprueban los criterios generales que informan el Plan de Control Tributario para el año 2021.
Corresponde a la Hacienda Foral de Navarra, como organismo autónomo encargado de la aplicación del sistema tributario, coordinar adecuadamente todos los elementos personales, materiales y técnicos a su disposición para lograr una correcta y eficaz gestión, inspección y recaudación de los tributos, a fin de alcanzar un escrupuloso y general cumplimiento de la normativa fiscal, sin menoscabo de la seguridad jurídica del contribuyente y minimizando en la medida de lo posible la presión fiscal indirecta que la normativa pudiera originar. Su objetivo es tanto facilitar y fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales por todas las personas y entidades que deben tributar en la Comunidad Foral, como prevenir, controlar y reprimir el fraude, ofreciendo la respuesta que sea más adecuada a cada caso.
El fraude fiscal supone una manifestación de insolidaridad social, distorsiona la competencia y el buen funcionamiento de la economía, y atenta contra el mandato de contribución de todos al sostenimiento de los gastos públicos según nuestra capacidad económica establecido en el artículo 31.1 de la Constitución. La Ley Foral 21/2020, de 29 de diciembre, de Modificación de Diversos Impuestos y otras Medidas Tributaria para 2021 ha venido a reforzar dicho principio, al introducir en la Ley Foral General Tributaria la prohibición de cualquier mecanismo extraordinario de regularización fiscal que implique una disminución de la cuantía de la deuda tributaria y, por tanto, una vulneración de los principios capacidad económica, igualdad y progresividad que deben presidir la ordenación del sistema tributario. Esta importante modificación trae causa de la Sentencia 73/2017, de 8 de junio, del Tribunal Constitucional, que declaró inconstitucional la declaración tributaria especial establecida por la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 12/2012, si bien cabe recordar que en Navarra no se llegó a habilitar esa declaración tributaria especial, por lo que no ha habido en la Comunidad Foral ningún mecanismo de amnistía fiscal como los que ahora se prohíben expresamente.
La Hacienda Foral de Navarra pondrá todo su empeño en optimizar los recursos para detectar y combatir activamente el fraude, implementando medidas novedosas y profundizando en el desarrollo de las actuaciones que se han demostrado exitosas en los últimos años. Para el adecuado ejercicio de sus funciones, la Hacienda Foral de Navarra debe llevar a cabo una planificación de sus actuaciones de control tributario, de forma que se puedan establecer y coordinar las prioridades de los diferentes órganos administrativos que la componen, fijar objetivos y establecer indicadores de medición de los resultados obtenidos.
Obviamente, la planificación de las actuaciones tributarias se ha visto condicionada en el año 2020 y también durante este año 2021 por la extraordinaria situación de emergencia sanitaria, económica y social provocada por la pandemia COVID-19, la cual ha supuesto la necesidad de adoptar medidas excepcionales, que en el ámbito tributario van encaminadas principalmente a atender en particular a la liquidez de los contribuyentes y a apoyar en especial a las pequeñas y medianas empresas a los sectores económicos directamente afectados y a las personas trabajadoras.
Además, la pandemia ha afectado notablemente al desarrollo por la Hacienda Foral de sus actuaciones de comprobación y lucha contra el fraude y, al mismo tiempo, ha provocado una importante aceleración de la transformación digital, tanto de la propia Hacienda como de los contribuyentes navarros.
De acuerdo con lo anterior se aprueban, por medio de la presente Resolución, los criterios generales que informan el Plan de Control Tributario para el año 2021, que establecen las directrices generales para coordinar las actuaciones que se realizan en las distintas fases de gestión, inspección y recaudación tributaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 137 de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria, y el artículo 10.4 del Reglamento de la Inspección Tributaria, aprobado por Decreto Foral 152/2001, de 11 de junio.
En virtud de lo expuesto y en cumplimiento de las obligaciones establecidas en las disposiciones citadas, se procede a la publicación de las líneas de actuación de prevención y control del fraude que informan las áreas de control tributario.
En consecuencia, RESUELVO:
Primero.Aprobar los criterios generales que informan el Plan de Control Tributario para el año 2021, con las líneas de actuación que se enuncian a continuación.

1.Actuaciones de información, asistencia y prevención del fraude.
Uno de los objetivos esenciales de la Hacienda Foral de Navarra lo constituye el fomento del cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y con ello la prevención del fraude fiscal. La línea básica de actuación para la consecución de este objetivo es la prestación de servicios de calidad para la información y asistencia al contribuyente que mejoren el grado de cumplimiento minimizando los costes indirectos asociados a dicho cumplimiento. La situación extraordinaria generada por la evolución del coronavirus COVID-19 determinó la necesidad de adoptar, durante el año 2020, diversas medidas de carácter extraordinario y urgente por motivos de salud pública. En primer lugar, implicó la realización de una Campaña de IRPF muy diferente a la que se había previsto inicialmente, no sólo en cuanto a las fechas sino también en cuanto al desarrollo de la misma. Así ese año, se realizó una Campaña basada preferentemente en los canales de asistencia telemática y telefónica y sin apenas realizar atención presencial. Por otro lado, en cuanto al resto de servicios de asistencia al contribuyente, la pandemia ha provocado cambios importantes en el modelo de atención, que ha evolucionado hacia una potenciación de los canales telefónicos y telemáticos, aprovechando las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías, pero sin prescindir de la atención presencial para determinados trámites y orientada a aquellos contribuyentes con más dificultades para la transformación digital.
Siguiendo esta tendencia ya iniciada durante el año pasado, durante 2021 se prevén realizar las siguientes actuaciones:
1.1. Modernización de los sistemas actuales de atención a la ciudadanía, potenciando y mejorando los canales no presenciales, telefónicos y telemáticos, muy especialmente durante la Campaña de Renta. Durante este año 2021 se va a realizar la evolución tecnológica de los sistemas de atención telefónica a soluciones más sofisticadas, así como la inclusión de sistemas de automatización que tienen como efecto inmediato la mejora en la eficiencia del uso de los distintos canales y hacen que un porcentaje considerable de las llamadas o de las solicitudes de atención por otros canales, se resuelvan sin necesidad de la participación de un agente, o el tiempo de intervención de éste quede reducido. En estos sistemas se incluyen los chatbots o asistentes virtuales. No obstante, pese al impulso de los canales telefónicos y telemáticos, se mantendrá la atención presencial, tanto en la Campaña de Renta como en otros servicios de asistencia al contribuyente, para aquellos contribuyentes con más dificultades para el uso de las nuevas tecnologías.
1.2. Mejora de los canales de presentación de las autoliquidaciones y declaraciones informativas. Evolución tecnológica de los distintos formularios disponibles en la página web de Hacienda Foral de Navarra y reducción progresiva de la presentación en papel de autoliquidaciones y declaraciones informativas. En concreto, se implanta desde el mes de abril de 2021 la obligatoriedad de la presentación telemática de las declaraciones correspondientes a empresarios o profesionales en el ámbito de su actividad económica.
1.3. Consolidación de la Oficina Virtual como servicio de atención online a través de videoconferencias, dirigido a empresarios y profesionales para consultas de IRPF e IVA, y a entidades colaboradoras para consultas técnico-tributarias y dudas sobre la utilización de los Programas de Ayuda y Formularios Web para la presentación de declaraciones tributarias. Asimismo, durante 2021, en el ámbito de las actuaciones de comprobación e investigación, se irá consolidando el canal telemático de la videoconferencia para la realización de determinadas actuaciones y se habilitará la firma biométrica del obligado tributario como medida para facilitar la conformación del expediente electrónico.
1.4. Fomento de la utilización de Cl@ve como medio de identificación que facilite y agilice los trámites del contribuyente con la Hacienda Foral de Navarra. Además de la implantación de Cl@ve como sistema de identificación admitido para todos los trámites tributarios telemáticos, durante 2021 están previstas diversas acciones y campañas para el impulso del sistema Cl@ve, tanto desde la Hacienda Foral como desde el Gobierno de Navarra. Entre ellas cabe destacar la remisión de comunicaciones postales a empresarios individuales o profesionales y otros colectivos previamente seleccionados, incluyendo un código csv que permitirá la obtención de la credencial por internet sin necesidad de la personación del interesado en una oficina administrativa. El objetivo es impulsar los sistemas de identificación mediante certificado electrónico o DNIe o mediante Cl@ve y desimplantar progresivamente en el segundo semestre del año 2021
la credencial DNI+PIN.
1.5. Implantación de la representación en el ámbito tributario, impulsando y facilitando la realización de trámites telemáticos por los apoderados en nombre de sus poderdantes.
1.6. Despliegue de la nueva web de Hacienda Foral de Navarra, basada en un modelo asistencial que acompañe al contribuyente durante todo el proceso de realización de un trámite, aunque también en la búsqueda de la información deseada.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 7/7/2021

TitreBoletín Oficial de Navarra

PaysEspagne

Date07/07/2021

Page count14

Edition count4831

Première édition02/03/2001

Dernière édition05/06/2024

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