Boletín Oficial de Navarra del 9/5/2019

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Página 5704 - Número 89
General de Interior, al Jefe de la Policía Foral y a los miembros del Tribunal designados, a los efectos oportunos.
Pamplona, 29 de abril de 2019.La Directora General de Función Pública, Amaia Goñi Lacabe.
Convocatoria para el acceso a catorce plazas del empleo de Inspector o Inspectora de la Policía Foral de Navarra al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos 1.Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria el acceso a catorce plazas del empleo de Inspector o Inspectora de la Policía Foral de Navarra, de régimen funcionarial y nivel B, adscritas al Cuerpo de la Policía Foral de Navarra, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, que resulten vacantes en el concurso de específico convocado por Resolución 89/2019, de 28 de marzo, del Director General de Interior, y cuyos números de plaza y destinos se determinarán con carácter previo al acto de elección de vacantes.
2.Normativa aplicable.
El presente procedimiento selectivo se llevará a cabo con sujeción a lo dispuesto sobre la materia en la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra; en el Decreto Foral 718/2003, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Personal de los Cuerpos de Policía de Navarra; en el Decreto Foral 57/2002, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra; en el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra; en el Decreto Foral 113/1985, de 5 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso en las Administraciones Públicas de Navarra; en el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra; en el Decreto Foral 30/2005, de 25 de marzo por el que se delimitan las atribuciones en materia de personal de los distintos órganos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos; Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre, por el que se regula el uso del euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes;
y demás normas de aplicación y en las presentes bases.
3.Procedimientos de acceso al empleo de Inspector o Inspectora de la Policía Foral de Navarra.
3.1. Las catorce plazas vacantes se distribuirán en dos procedimientos de acceso al empleo de Inspector o Inspectora de la Policía Foral de Navarra:
9 plazas mediante promoción interna por el procedimiento de concurso de ascenso de categoría, que se distribuyen en dos turnos:
6 plazas en el turno de promoción interna para integrantes de la Policía Foral de Navarra turno de promoción interna.
3 plazas en el turno de promoción abierto a integrantes de todas las Policías de Navarra turno de promoción abierto.
5 plazas mediante oposición para el ingreso en la Policía Foral de Navarra en el empleo de Inspector o Inspectora.
3.2. Las plazas que no se cubran en la oposición, se acumularán a las del turno de promoción interna del procedimiento de concurso de ascenso de categoría.
Igualmente, las plazas del turno de promoción abierto que no se cubran, se acumularán a las del turno de promoción interna.
Las plazas del turno de promoción interna que no se cubran, por no haber obtenido los aspirantes de dicho turno la puntuación mínima exigida para la superación de las pruebas selectivas, serán declaradas desiertas, no acumulándose al turno de promoción abierto.
Si en el turno de promoción interna resultaran más personas aspirantes aprobadas que el número de plazas, las personas aprobadas sin plaza de este turno optarán a las vacantes del turno de promoción abierta en concurrencia con los aspirantes de dicho turno, de acuerdo con la puntuación final obtenida.
3.3. Con carácter previo al acto de elección de vacantes descrito en la base 9 de la convocatoria, se determinará el número de plazas vacantes a elegir en cada procedimiento y turno.

Jueves, 9 de mayo de 2019
4.Requisitos de las personas aspirantes.
4.1. Para ser admitidas al concurso de ascenso de categoría, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
4.1.1. Personas aspirantes del turno de promoción interna:
a Tener una antigedad mínima de 3 años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de Subinspector o Subinspectora de la Policía Foral de Navarra.
b Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial, en el puesto desde el que se pretende promocionar.
c Hallarse en posesión del título de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o haber superado los tres primeros cursos completos de una Licenciatura o Ingeniería o Arquitectura, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario.
d No haber sido declarado en la situación administrativa de segunda actividad.
4.1.2. Personas aspirantes del turno de promoción abierta:
a Tener una antigedad mínima de 3 años, desde la fecha de la toma de posesión, en el empleo de Subinspector o Subinspectora en cualquiera de las Policías de Navarra.
b Hallarse en situación de servicio activo, servicios especiales o excedencia especial, en el puesto desde el que se pretende promocionar.
c Hallarse en posesión del título de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o haber superado los tres primeros cursos completos de una Licenciatura o Ingeniería o Arquitectura, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario.
d No haber sido declarado en la situación administrativa de segunda actividad.
4.1.3. Los requisitos anteriores deberán poseerse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y hasta la toma de posesión de la plaza.
Los requisitos anteriores deberán acreditarse por las personas aspirantes en el momento que se determina en las bases de la presente convocatoria.
4.2. Para ser admitidas a la oposición, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a Tener la nacionalidad española.
b Tener, al menos, 18 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
c Hallarse en posesión del título de Grado, Diplomatura Universitaria, Ingeniería Técnica, Arquitectura Técnica o título declarado equivalente a alguno de los anteriores, o haber superado los tres primeros cursos completos de una Licenciatura o Ingeniería o Arquitectura, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de disposiciones de derecho comunitario.
d Poseer las condiciones físicas y psíquicas adecuadas para el ejercicio de las funciones inherentes al puesto de trabajo de la convocatoria y no estar inmerso en el cuadro de exclusiones médicas que se determina en el Anexo IV de la convocatoria.
e No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio de una Administración Pública, ni hallarse inhabilitada ni suspendida para el ejercicio de funciones públicas, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.
f Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la claseB.
g Prestar el compromiso de portar armas de fuego y, en su caso, de utilizarlas, que se prestará a través de declaración escrita de la persona aspirante.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 9/5/2019

TitreBoletín Oficial de Navarra

PaysEspagne

Date09/05/2019

Page count66

Edition count4829

Première édition02/03/2001

Dernière édition03/06/2024

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