Boletín Oficial de Navarra del 7/5/2019

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Source: Boletín Oficial de Navarra

Martes, 7 de mayo de 2019

Número 87 - Página 5575

PUESTO
N.º
PERSONA
Apellidos y nombre
Situación
Jornada
Fecha de i ncorporación
Reconocimiento deservicios prestados
31/08/2007

23/11/2003

5 TRIENIOS
3 TRIENIOS

Complementos Antigedad
Compensatorio
Grado
13
14

ZESTAU BARAIBAR BEGOÑA

V5

100%

15

GARTZIANDIA OTSORO MARIA JESUS

C4

100%

OTAEGI SAEZ MATURANA MARIA CARMEN

V3

100%

11/01/2012

18/10/2008

16

SALINAS BURILLO ESTIBALITZ

V5

66,6%

30/11/2015

30/11/2015

17

IRIGOIEN BARANDIARAN ADUR

C1

100%

11/01/2010

11/01/2010

18

IRIGOIEN BARANDIARAN ARKAITZ

C1

100%

09/02/2017

09/02/2017

19

LABIANO DEL RIO IÑIGO

V5

100%

19/04/2017

19/04/2017

20

FLORES LAZKOZ FERNANDO

V5

100%

27/10/2004

27/10/2004

21

OLATZ GARDE MAZKIARAN

C1

100%

19/11/2012

19/11/2012

22

URKIA MENDINUETA ALBERTO

C1

100%

02/02/2004

28/10/2000

23

LLAMAS GOMEZ JUAN IGNACIO

V5

100%

16/05/1998

16/05/1998

25

MORAN FERNANDEZ JOSE LUIS

V5

100%

06/02/1995

06/02/1995

SEGÚN CONVENIO

26

VILCHES CORRAL ANTONIO

V5

100%

01/06/1993

01/06/1993

SEGÚN CONVENIO

27

IRIARTE FLORES GORKA

V5

100%

18/06/1999

18/06/1999

SEGÚN CONVENIO

28

IHABEN OLLAKARIZKETA FERNANDO

V5

100%

01/06/1993

01/06/1993

29

FLORES UNZILLA JOSE MANUEL

C1

100%

02/07/2001

02/07/2001

3 QUINQUENIOS

3

30

SAN MIGEL BILBAO JOSEBA

C1

100%

10/11/2003

10/11/2003

3 QUINQUENIOS

2

31

BARRIOLA BARAIBAR JOSE JOAQUIN

C5

100%

01/02/2004

01/02/2004

SEGÚN CONVENIO

32

CARRILLO SIMON ANA

V5

100%

19/05/2012

05/01/2004

SEGÚN CONVENIO

33

JOSE JAVIER ALDAREGIA IGELTZ

V5

100%

06/05/2015

06/05/2015

SEGÚN CONVENIO

34

PEDRO LUIS MARIÑELARENA LETE

V5

100%

01/07/2014

01/07/2014

SEGÚN CONVENIO

35

FRANCISCO JAVIER RUBIO URIARTE

V5

100%

01/09/2015

01/09/2015

SEGÚN CONVENIO

36

IMANOL REPARAZ LIZARRAGA

V5

100%

24/02/2014

24/02/2014

SEGÚN CONVENIO

37

JOSE ANGEL BAKAIKOA OTSAGABIA

V5

100%

09/01/2013

13/06/2008

SEGÚN CONVENIO

38

EDUARDO DOS ANJOS DOS ANJOS

v3

100%

12/06/2005

12/06/2005

SEGÚN CONVENIO

39

PAULO MEGUEL DOS ANJOS

V4

75%

30/06/2007

30/06/2007

SEGÚN CONVENIO

40

JOSE DOS ANJOS MARIA

V4

75%

24/10/2010

24/10/2010

SEGÚN CONVENIO

41

IÑAKI JIMENEZ JIMENEZ

V4

75%

04/08/2010

04/08/2010

SEGÚN CONVENIO

42

JUAN BAUTISTA DOS ANJOS DOS ANJOS

V4

75%

31/05/2008

31/05/2008

SEGÚN CONVENIO

43

ANTONIO FRADE

V4

75%

21/10/2009

21/10/2009

SEGÚN CONVENIO

44

JORGE DOS ANJOS MARIA

V4

75%

31/10/2008

31/10/2008

SEGÚN CONVENIO

45

AGIRRE BENGOETXEA BEÑAT

C4

100%

19/11/2012

19/11/2012

2 TRIENIOS

46

ZUDAIRE SALEGI ITZIAR

V5

100%

19/11/2012

19/11/2012

2 TRIENIOS

3 TRIENIOS

4 TRIENIOS
2 TRIENIOS
3 QUINQUENIOS

3

SEGÚN CONVENIO

24

SEGÚN CONVENIO

SEGÚN CONVENIO

L1905315

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
DE VALDIZARBE
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal reguladora de la Administración Electrónica La Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe, en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2018, aprobó inicialmente la Ordenanza reguladora de la Administración electrónica de la Mancomunidad de Servicios Administrativos de Valdizarbe.
Publicada la aprobación en el Boletín Oficial de Navarra número 24, de fecha 5 de febrero del presente año 2019, y transcurrido el plazo de exposición pública sin que se hayan producido alegaciones, se procede, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de la Administración Local de Navarra, a la aprobación definitiva de dicha Ordenanza, disponiendo la publicación de su texto íntegro, a los efectos procedentes.
Obanos, 21 de marzo de 2019.El Presidente, Juan Ignacio Elorz Torrecilla.
ORDENANZA DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA:
MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS VALDIZARBE
Preámbulo La Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, estableció como un nuevo derecho de la ciudadanía la posibilidad de utilizar medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones públicas y fijó un plazo, que finalizó con el año 2009, para que estas últimas implantaran los medios necesarios para ello, cumpliendo con lo dispuesto en esta norma.
Así pues, atendiendo al Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la mencionada Ley 11/2007, de 22
de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos,
esta Mancomunidad ha desarrollado y puesto en funcionamiento un sistema completo de administración electrónica, que incluye tanto la relación con los ciudadanos como la tramitación de los procedimientos dentro de la propia Administración municipal. Ello implica numerosos cambios y exige establecer, con la mayor precisión y claridad posibles, los nuevos conceptos y reglas que son necesarios para la sustitución de los medios tradicionalmente utilizados por sus equivalentes electrónicos.
También se hace preciso poner a disposición de la ciudadanía una norma que establezca en un único texto el conjunto de derechos y obligaciones, así como los aspectos instrumentales, asociados a la utilización de medios electrónicos en sus relaciones con esta Mancomunidad. Exigencias, ambas, que viene a cubrir la presente Ordenanza, en la que se contempla de una forma integral la administración electrónica.
Por lo que esta Mancomunidad, atendiendo al principio de autonomía local y las competencias que le corresponden conforme al artículo 25.2
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, considera necesaria la regulación de esta Ordenanza sobre la administración electrónica.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia.
CAPÍTULO I
Objeto y ámbito de aplicación Artículo 1. Objeto.
La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de los aspectos electrónicos de la Administración municipal, la creación y determinación del régimen jurídico propio de la sede electrónica, del registro electrónico y de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Navarra del 7/5/2019

TitreBoletín Oficial de Navarra

PaysEspagne

Date07/05/2019

Page count20

Edition count4841

Première édition02/03/2001

Dernière édition19/06/2024

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