Boletín Oficial de la Región de Murcia del 8/11/1999
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Source: Boletín Oficial de la Región de Murcia
CPI NC
F PC
FC
Número 258
Lunes, 8 de noviembre de 1999
Página 11651
NF
PF CPF
SC
I. COMUNIDAD AUTÓNOMA
3. OTRAS DISPOSICIONES
AF
O C
S F A C
Consejería de Política Territorial y Obras Públicas
1. DISPOSICIONES GENERALES
AF
O C
O F S U C
Consejería de Economía y Hacienda
12807
O F S U C
12814
Corrección de errores al Decreto n.º 134/1999, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Agencia Regional de Recaudación.
Resolución del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda por la que se somete a información pública la solicitud de construcción/
instalación en suelo no urbanizable en el término municipal de Fortuna.
S U F T X C
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/1995, de 24 de abril, de Modificación de las Atribuciones de los Órganos de la Comunidad Autónoma en Materia de Urbanismo, se somete a información pública la documentación presentada en esta Dirección General relativa al expediente que se relaciona a continuación:
Expediente 305/1999. Construcción de ampliación de nave industrial, en Camino Viejo de Fortuna, s/n, La Matanza del término municipal de Fortuna. Promovido por La Ladrillera Murciana, S.L.
El citado expediente estará expuesto al público durante el plazo de veinte días para que puedan formularse las alegaciones que se estimen convenientes, en el Servicio de Planeamiento Urbanístico, sito en Plaza Santoña, Murcia.
Murcia, 6 de octubre de 1999.El Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, Rafael Amat Tudurí.
S U F T X C
Advertido error por omisión material en la publicación del Decreto n.º 134/1999, de 30 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Agencia Regional de Recaudación, Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 241, de 18 de octubre de 1999, se procede a su rectificación en los siguientes términos:
Exposición de Motivos II, párrafo quinto:
Donde dice: En su virtud, a petición y previo informe preceptivo y favorable del Consejero de Economía y Hacienda y a propuesta del mismo, previa deliberación y Acuerdo del Consejo de Gobierno del día 30 de septiembre de 1999.
Debe decir: En su virtud, a petición y previo informe preceptivo y favorable del Consejero de Economía y Hacienda y a propuesta del mismo, de acuerdo con el Consejo Jurídico de la Región de Murcia, previa deliberación y Acuerdo del Consejo de Gobierno del día 30 de septiembre de 1999.
T X F
Murcia, 28 de octubre de 1999.El Secretario del Consejo de Gobierno, Juan Antonio Megías García.
OC
Consejería de Agricultura, Agua y Medio Ambiente
T X F
OFSUC
12808
OC
Consejería de Educación y Cultura
Resolución de la Dirección General de Medio Ambiente por la que se hace pública la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto de construcción de la variante Norte de Torre Pacheco, a solicitud de la Dirección General de Carreteras.
OFSUC
SUF TXC
12815
Corrección de errores al Decreto n.º 120/1999, de 30 de julio, por el que se regula la estructura y composición de los Consejos Escolares de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Visto el expediente número 112/98, seguido a la DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS, con domicilio en Plaza Santoña, n.º 6, 30071-Murcia, al objeto de que por este órgano de medio ambiente se dicte Declaración de Impacto Ambiental correspondiente al Proyecto de construcción de la variante norte de Torre Pacheco, resulta:
SUF TXC
Advertido error en el Decreto n.º 120/1999, de 30 de julio, por el que se regula la estructura y composición de los Consejos Escolares de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Boletín Oficial de la Región de Murcia n.º 208, de 8 de septiembre de 1999, procede su rectificación en los siguientes términos:
Primero. Mediante escrito de fecha 27 de febrero de 1998
la Dirección General interesada presentó documentacion relativa a la solicitud de la Evaluación de Impacto Ambiental, sobre la construcción de la variante norte de Torre Pacheco.
Este documento fue remitido a diversas entidades públicas y privadas con objeto de que aportaran cualquier informe sobre los contenidos que habrían de tenerse en cuenta por el proyectista para elaborar el Estudio de Impacto Ambiental.
Artículo 59, línea sexta:
Donde dice: el artículo 59 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre.
Segundo. Evacuado el trámite de consultas institucionales, con el resultado que obra en el expediente, el Servicio de Calidad Ambiental remitió a la Dirección General interesada, el informe sobre los contenidos mínimos y aspectos más significativos que debían tenerse en cuenta en la redacción del Estudio de Impacto Ambiental y con indicación del contenido
Debe decir: el artículo 33 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre.
Murcia, 28 de octubre de 1999.El Secretario del Consejo de Gobierno, Juan Antonio Megías García.
TXF
AC
NI C
BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA
NIF