Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 95280

DECRETO 2659 / 2023 DECRETO / 2023-08-10

DECRETO N 2.659/8 MOySP, del 10/08/2023.
EXPEDIENTE N 2564/390-C-2022 y Agdo.VISTO que por las actuaciones de referencia se tramita el Recurso de Alzada interpuesto por EDET S.A. fs. 47/50 en contra de la Resolución N 208/23-ERSEPT de fecha 23/03/2023 fs. 38/44, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERSEPT, confirmatoria de la Resolución ERSEPT U N 1.302/22 de fecha 23/11/2022 fs. 20/23, emitida por el Gerente de Atención a Usuarios del ERSEPT, y CONSIDERANDO:
Que para la admisión formal de los recursos administrativos la Ley N 4.537 en su artículo 60 in fine prevé que: "La presentación de los recursos administrativos deberá ajustarse a las formas y recaudos previstos en el artículo 21 y siguientes, en lo que fuere pertinente, indicándose además, de manera concreta, la conducta o acto que el recurrente estimare como legítimos para sus derechos o intereses. Podrá ampliarse la fundamentación de los recursos deducidos en término, en cualquier momento antes de la resolución. Advertida alguna deficiencia formal, el recurrente será intimado a subsanarla dentro del término perentorio que se le fije, bajo apercibimiento de desestimarse el recurso".
Que en fecha 02/05/2023 EDET S.A. fue intimada, bajo apercibimiento de tener por desistido el recurso presentado, para que en el plazo perentorio de 10 días integre el sellado por actuación administrativa, de conformidad a los artículos 20 y 21
inciso 4 a de la Ley N 8.467 y las disposiciones del Decreto N 4.561/3 ME, que establece el valor de la tasa de actuación administrativa, los que rigen a partir de fecha 29/12/2022 fs. 56.
Que de las constancias obrantes en autos, con posterioridad a la mencionada intimación, surge que EDET S.A. no integró el pago de la tasa correspondiente al recurso incoado en el presente trámite. En consecuencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 60 in fine de la Ley de Procedimiento Administrativo, el Recurso de Alzada resulta formalmente inadmisible, debiendo tenerse por desistido el planteo de fs. 47/50.
Por ello, y atento a lo dictaminado por Fiscalía de Estado Dictamen Fiscal N 1890
de fecha 31/07/2023 - fs. 59.
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Desestimase el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Distribución Eléctrica de Tucumán S.A. EDET S.A. en contra de la Resolución N
208/23 de fecha 23/03/2023, emitida por el Directorio del Ente Único de Control y Regulación de los Servicios Públicos Provinciales de Tucumán ERPSEPT; en virtud de lo considerando.
ARTICULO 2.- El presente decreto será refrendado por el Señor Ministro de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 3.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/9/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date01/09/2023

Page count66

Edition count4429

Première édition14/12/2004

Dernière édition15/05/2024

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