Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán

Aviso número: 94727

DECRETO 1372 / 2023 DECRETO / 2023-04-25

DECRETO N 1.372/1, del 25/04/2023.
EXPEDIENTE N 1494/110-F-2023.VISTO, la presentación efectuada por la "FUNDACIÓN PIES CON BARRO", Personería Jurídica Resolución N 321/17-DPJ, de fecha 27/10/2017, con domicilio en calle Jujuy N 4300, Barrio 390 Viviendas, Mza. "O", Lote 28, de esta ciudad, en el sentido de que se le otorgue un subsidio, y CONSIDERANDO:
Que dicha ayuda económica tiene como objeto adquirir alimentos no perecederos de primera necesidad, colchones, camas, ropa de cama, frazadas, estufas, electrodomésticos y artículos de limpieza y librería para ser distribuidos entre los vecinos de los barrios de sectores en situación de vulnerabilidad social.
Que Asesoría Letrada de la Secretaría General de la Gobernación emite dictamen favorable.
Que el Gobierno de la Provincia considera procedente acudir en su ayuda, brindándole la asistencia económica solicitada, en la medida que las posibilidades del Estado así lo permitan.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1.- Otórgase a la "FUNDACIÓN PIES CON BARRO", Personería Jurídica Resolución N 321/17-DPJ, de fecha 27/10/2017, con domicilio en calle Jujuy N 4300, Barrio 390 Viviendas, Mza. "O", Lote 28, de esta ciudad, un subsidio con cargo a oportuna rendición de cuentas, por la suma total de $3.800.000.- Pesos tres millones ochocientos mil, quedando facultada la Dirección de Administración de la Secretaría General de la Gobernación, a emitir la correspondiente Orden de Pago, con la finalidad señalada precedentemente.
ARTICULO 2.- Impútese la erogación de referencia a Jurisdicción 3, Programa 12, Subprograma 00, Proyecto 00, Finalidad/Función 320, Actividad/Obra 01, Unidad de Organización N 040, Partida Presupuestaria 517, Financiamiento: Fuente 10, Recursos Tesoro General de la Provincia, del Presupuesto General vigente.
ARTICULO 3.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra de Gobierno y Justicia, y firmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
ARTICULO 4.- Dése al Registro Oficial de Leyes y Decretos, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 1/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tucumán

PaysArgentine

Date01/08/2023

Page count72

Edition count4430

Première édition14/12/2004

Dernière édition06/06/2024

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