Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/4/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO XXXI
- Ushuaia, Abril de 2022
- Nº 5094
AÑO XXXI
- Ushuaia,Martes Lunes 0319
de de Enero de 2022
- Nº 0000

Que según el cotejo realizado de la fecha de emisión del acto sancionatorio 16/12/2015 y la fecha de notificación del mismo 21/12/2015 y 29/
12/2015 queda comprobado que ha transcurrido el plazo legal establecido, cumpliéndose con el requisito legal para así poder en caso de considerarlo rehabilitar al Sr. José Antonio MARTINEZ D.N.I. N 21.338.439.
Que la rehabilitación no produce el restablecimiento de la relación jurídica público anterior a la imposición de la sanción, sino que se elimina el obstáculo a efectos que pueda crearse una nueva relación jurídica, existiendo dos relaciones bien diferenciadas, la anterior a la sanción y la que pueda nacer.
Que cumplimentados los requisitos exigidos por la norma legal vigente, artículo 8 inciso f del Decreto Nacional Nº 1797/80 siendo una facultad discrecional de la máxima autoridad del Poder Ejecutivo, quien atendiendo a razones de oportunidad, mérito y conveniencia podría conceder la rehabilitación al Sr. José MARTINEZ D.N.I. N 21.338.439 en virtud de la solicitud formulada.
Que la Secretaría de Coordinación Legal Secretaría General, Legal y Técnica ha tomado intervención, emitiendo el Dictamen S.C.L. S.G.L. y T.
Nº 111/22.
Que, el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo en virtud de lo establecido por el artículo 8 de la Ley Provincial Nº 141 su Decreto Reglamentario y el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Hacer lugar a la presentación incoada por el Sr. José MARTINEZ D.N.I. N 21.338.439 en cuanto a la solicitud de rehabilitación.
Ello, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes y en el Dictamen S.C.L. S.G.L. y T. Nº 111/22.
ARTÍCULO 2º.- Rehabilitar al Sr. José Antonio MARTINEZ D.N.I. N 21.338.439 en virtud de lo previsto en el artículo 8º inciso f de la Ley Nacional N 22.140 y su Decreto Reglamentario. Ello, por los motivos expuestos en los considerandos precedentes y en el Dictamen S.C.L.
S.G.L. y T. N 111/22.
ARTÍCULO 3º.- Notificar al interesado con copia del presente y del Dictamen S.C.L. S.G.L. y T. Nº 111/22.
ARTÍCULO 4º.- Remitir copia certificada del presente, a la Subsecretaría de Empleo Público y a la Dirección General de Sumarios e Informaciones Sumarias de la Secretaría de Coordinación Legal S.G.L. y T..
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial para su publicación y archivar.
MELELLA
Analía I. CUBINO
DECRETO N 701

29-03-22

VISTO el Expediente Nº MGJDH-E-17956-22 del registro de esta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo tramita la solicitud de autorización para el traslado en comisión de servicios a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de la señora Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, a partir del día veintinueve 29 de marzo de 2022, con motivo de asistir a la I
Reunión Nacional del Consejo de Seguridad Interior, como así también al Seminario Internacional sobre Criminalidad Organizada.
Que el presente se encuentra encuadrado dentro de lo establecido por el Decreto Nacional Nº 1343/74 y el Decreto Provincial Nº 203/21.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.
Por ello:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la comisión de servicios de la señora Ministro de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, Dra. Adriana Cristina CHAPPERON, D.N.I. Nº 13.664.273, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a partir del día veintinueve 29 de marzo de 2022.
ARTÍCULO 2.- Autorizar la extensión de una orden de pasaje por los tramos: USHUAIA - BUENOS AIRES - USHUAIA y la liquidación de viáticos correspondiente, a favor del funcionario mencionado precedentemente.
ARTÍCULO 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a las partidas presupuestarias del ejercicio económico y financiero en vigencia.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.
MELELLA
Paulo A. TITA

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 19/4/2022

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date19/04/2022

Page count117

Edition count3669

Première édition02/01/2002

Dernière édition17/11/2023

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