Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 6/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

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AÑO
Viernes de Marzo - Nº 4554
AÑOXXIX
XXIX -- Ushuaia, Ushuaia, Viernes 21 de06
Febrero de 2020de -2020
Nº 4546

dará lugar a la suspensión del pago de los haberes correspondientes.
ARTÍCULO 3.- El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, deberá proceder a realizar la baja de los Adicionales Particulares que correspondan, previo a la notificación del presente.
ARTÍCULO 4.- Notificar al interesado, comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

DECRETO N 368

resulta necesario emitir el Instrumento Legal pertinente para la creación de estas nuevas unidades educativas de Nivel Secundario para Jóvenes y Adultos en las ciudades de Ushuaia y Rio Grande.
Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado del presente acto administrativo, en virtud de lo dispuesto por el artículo 135 de la Constitución Provincial.

MELELLA Por ello:
Pablo A. TITA
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL
FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR
DECRETA:
20-02-2020

VISTO el Expediente N MECCT-E-2906-2020 del registro de esta ARTÍCULO 1.- CREAR el Bachillerato Popular con Orientación en Gobernación; y Comunicación, en la ciudades de Rio Grande y Ushuaia Provincia de Tierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur, dependientes de la CONSIDERANDO:
Dirección Provincial de Educación para Jóvenes y Adultos a partir del Que por dichas actuaciones se tramita el reconocimiento y autorización día 18 de diciembre del año 2019. Ello por los motivos expuestos en el del Bachillerato Popular con Orientación en Comunicación para funcioexordio.
nar como oferta educativa del Ministerio de Educación de la provincia de ARTÍCULO 2.- DETERMINAR que en esta primera etapa de funcioTierra del Fuego Antártida e Islas del Atlántico Sur.
namiento sujeta a monitoreo se creará una sede en la ciudad de Ushuaia Que la creación del Bachillerato Popular con Orientación en Comunicaen el edificio de la Cooperativa RENACER y una en la ciudad de Río ción, implica el reconocimiento de una propuesta existente y que en la Grande en el Gimnasio de la Escuela Provincial N 21 "Provincias "Proactualidad, se desarrolla sin titulación oficial, dadas las exigencias del vincias Unidas", las cuales tendrán los cargos y horas cátedras asignadas sistema educativo nacional y provincial vigente, siendo necesaria su inde acuerdo al Anexo I del presente.
corporación en el marco de lo previsto en la Resolución M.E.C.C.y T. N
ARTÍCULO 3.- ESTABLECER que las cajas curriculares del Bachi0194/20.
Que dicha propuesta surge de la necesidad de regularizar las condiciones llerato creado en el artículo 1 del presente, estarán adecuadas a las de los jóvenes y adultos que asisten a los numerosos grupos de estudio en previstas en el Anexo de la Resolución M.E.C.C.y T. N 194/20.
nuestra provincia sin contar con la certificación oficial del trayecto pedaARTÍCULO 4.- FACULTAR a la Ministro de Educación a modificar el gógico lo que les impide continuar con los estudios superiores dentro del Anexo I del presente en función de las adecuaciones establecidas en las normativas de educación vigentes suprimiendo o ampliando la planta funsistema educativo formal.
Que es política de este Gobierno garantizar la igualdad de oportunidades cional toda vez que se considere necesario.
y otorgar posibilidades en el acceso, permanencia y egreso de los estuARTÍCULO 5.- DELEGAR en el Ministerio de Educación la facultad diantes en el sistema educativo, por lo que se hace imprescindible el rede dictar todos los actos administrativos necesarios para la implementaconocimiento oficial de las trayectorias educativas de los jóvenes y adulción del presente como de los restantes de acuerdo al crecimiento tos que asisten a dichos espacios de educación popular.
vegetativo y/o demandas de la comunidad, ello en el marco de las funcioQue el Ministerio de Educación ha asumido la responsabilidad indelegable nes que les son propias.
de asegurar la educación pública en todos los niveles, ciclos y modalidaARTÍCULO 6.- IMPUTAR el gasto que demande el cumplimiento del des para lo cual diseña, promueve, implementa y evalúa políticas educapresente a las partidas presupuestarias correspondientes al ejercicio ecotivas que conforme un sistema único e integrado que contribuya al desanómico en vigencia.
rrollo individual y social de la comunidad.
ARTÍCULO 7.- Comunicar a quienes corresponda, dar al Boletín OfiQue los Bachilleratos Populares son unidades educativas que tienen sus cial de la Provincia y archivar.
fundamento en la atención a las necesidades educativas de un grupo de sujetos que se encuentran por fuera de las ofertas del sistema educativo MELELLA
oficial, con una dinámica de trabajo diferenciada cubriendo múltiples diPablo A. TITA
mensiones y necesidades formativas para estudiantes promoviendo la construcción de una sociedad diversa y comprometida con la participaDECRETO N 369
02-03-2020
ción colectiva del saber.
Que la misma se encuentra comprendida en el ámbito de la Educación ARTÍCULO 1.- Hacer lugar al Recurso de Queja efectuado por la sepermanente para Jóvenes y Adultos de la cual tendrá su dependencia.
Que han intervenido las distintas áreas correspondientes tanto a la esñora María Elvira ROCHA, D.N.I. N 14.661.667 contra la Resolución tructura pedagógica curricular como jurídica del Ministerio de Educación 2019-2953-E-GDETDF-ME1 en virtud del erróneo procedimiento previo a su emisión. Ello de conformidad con lo expuesto en el exordio y en fundando la creación de los mismos.
Que la Dirección Contable y Presupuesto del Ministerio de Educación ha el Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. N 27/2020.
indicado que se cuenta con respaldo presupuestario para afrontar la asigARTÍCULO 2.- Indicar a la Sra. Ministro de Educación, Cultura, Ciennación de cargos y horas cátedras necesarios para la creación de la plancia y Tecnología que deberá revocar la Resolución 2019-2953-EGDETDF-ME, por razones de ilegitimidad de conformidad con lo dista funcional que requiere la Institución educativa.
Que el Servicio Jurídico del Ministerio de Educación se expidió mediante puesto en el artículo 110, inciso c y 113 de la Ley Provincial N 141, y en Informe D.G.A.J. N 10/2020.
consecuencia, emitir un nuevo acto administrativo acorde a derecho. Ello, Que la selección y designación de los docentes se llevara a cabo a través en virtud de lo expuesto en el exordio y en el Dictamen S.C.L. S.G.L.y de presentación de proyectos hasta tanto se ajuste la propuesta a las T. N 27/2020.
normativas vigentes momento en que el ingreso será por listados de la ARTÍCULO 3.- Notificar a la interesada con copia autenticada del preJunta de Clasificación y Disciplina del Nivel.
sente y del Dictamen S.C.L. S.G.L.y T. N 27/2020.
Que a los fines de garantizar los objetivos enunciados en el presente, ARTÍCULO 4.- Comunicar a quien más corresponda, dar al Boletín

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 6/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date06/03/2020

Page count358

Edition count3669

Première édition02/01/2002

Dernière édition17/11/2023

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