Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 5/5/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Segovia

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia Núm. 54

Viernes, 5 de mayo de 2023

BOPS
Pág. 5
50098

DIPUTACIÓN DE SEGOVIA
Secretaría General ANUNCIO
El Pleno de la Diputación de Segovia, en sesión ordinaria celebrada el 27 de abril de 2023, acordó aprobar el convenio tipo de colaboración a suscribir entre esta Diputación y los Ayuntamientos y entidades para la encomienda de gestión para prestar el servicio del control de agua para consumo humano que se quieran adherir al mismo, se publica para general conocimiento, cuyo texto es el siguiente:
CONVENIO TIPO DE COLABORACIÓN ENTRE LA EXCMA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE
SEGOVIA Y EL AYUNTAMIENTO O MANCOMUNIDAD DE
PARA LA APLICACIÓN
DE LA NORMATIVA DE CONTROL SANITARIO DE LAS AGUAS DE CONSUMO HUMANO.En Segovia, a fecha de la firma electrónica REUNIDOS:
De una parte el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Segovia y Presidente del Organismo Autónomo PRODESTUR SEGOVIA, en nombre y representación de la misma, conforme a lo previsto en el art. 34.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, asistido por la Secretaria General de la Diputación Provincial de Segovia que da fe del acto.

Ambas partes se consideran con la capacidad suficiente para los otorgamientos a que este documento se contrae, sin perjuicio de las ratificaciones que procedan.
EXPONEN
PRIMERO.- El artículo 26.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, recoge entre las competencias a prestar por los municipios, por sí o asociados, el servicio de abastecimiento domiciliario de agua potable. Dicho artículo, en su párrafo 3, establece además, que la asistencia de las Diputaciones a los Municipios, se dirigirá preferentemente al establecimiento y adecuada prestación de los servicios públicos mínimos. Asimismo, los artículos 31 y 36 de la citada Ley establecen entre las competencias propias de la Diputación, la de coordinación de los servicios municipales entre sí para la garantía de la prestación integral y adecuada de los servicios de competencia municipal, así como la asistencia y la cooperación jurídica, económica y técnica a los Municipios, especialmente los de menor capacidad económica y de gestión, así como a las Mancomunidades.
SEGUNDO.- Finalmente, a la Diputación Provincial de Segovia le compete la asistencia y cooperación técnica con los municipios y asegurar el acceso de la población de la Provincia al conjunto de servicios de competencia municipal de conformidad con Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local; y el art. 30 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, establece que los servicios a que debe alcanzar la cooperación serán, en todo caso los relacionados como mínimos en el art. 26 de la Ley de Bases de Régimen Local, añadiendo que la cooperación de la Diputaci6n puede realizarse a través de la ejecución de obras o instalación de servicios, la suscripción de convenios administrativos o cualesquiera otras que se establezcan con arreglo a la ley.
www.dipsegovia.es
bopsegovia@dipsegovia.es
D. L.: SG. - 1/1958

Cód. Validación: 6M5PX4Z9HZZ6M94PJSXQ254ER
Verificación: https sede.dipsegovia.es/
Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona Página 5 de 40

De otra parte, el Sr/Sra. Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de , D.
, actuando en representación de éste, conforme a lo previsto en el art. 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, estando expresamente facultado para este acto por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el __________________________

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Segovia del 5/5/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Segovia

PaysEspagne

Date05/05/2023

Page count40

Edition count3375

Première édition01/01/2003

Dernière édition31/05/2024

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