Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 5/2/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de San Juan

Boletín Oficial
Que por las referidas actuaciones el Director del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, solicita la actua-

- Aviso Sucesorio

80,00

x 3 días de publicación
lización de los valores por publicaciones en Boletines
- Cobro por día y por palabra

2,00

Oficiales, teniendo en cuenta que en el año 2018 fue
- Boletín

30,00

el último abono que se fijó.
Que la Ley Nº 96-A, regula la funcionalidad del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, sugiriendo en su Artículo 1 que tendrá a su cargo la publicación y distribución del Boletín Oficial y en su Art. 2º dispone la división de secciones de las publicaciones.
Que la Ley N 399-I y su reglamentario Decreto Acuerdo N 0277/91, establecen que en la jurisdicción del Boletín Oficial e Imprenta del Estado, dependiente de Secretaría General de la Gobernación, se creará la cuenta especial "Fondos Propios del Boletín Oficial", donde se afectarán todos los ingresos provenientes de publicaciones, impresiones y ventas de los Boletines Oficiales, folletos y copias.

- Boletines atrasados hasta un mes

40,00

- Atrasados más de un mes hasta el año

50,00

- Pago por Suscripción Anual 4.000,00
-Pago por Suscripción Semestral 2.500,00

ARTÍCULO 3º.-Téngase por Resolución de esta Secretaría General de la Gobernación, comuníquese, cúmplase y archívese.
Fdo.: C.P.N. Juan Flores Secretario General de la Gobernación MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE SERVICIOS PÚBLICOS
RESOLUCIÓN Nº 022 -DPDU-2020

Que es necesario fijar los precios por trabajos que se
SAN JUAN, 22 ENERO 2020

realizan en el citado organismo, mediante Resolución
VISTO:
El expediente Nº 604-0691-U-2001, Resolución Nº 174 DPDU/01, en el cual se delimita como Distrito de Urbanización particularizada, al conjunto habitacional Barrio Profesional, aprobado según plano de mensura Nº 02-3052-83, en el Departamento de Rivadavia, en el cual se le otorgan condicionantes específicos tanto de uso de suelo como indicadores particulares.
Las Normas Urbanas del Código de Edificación de San Juan, que cuenta con prescripciones generales según la zonificación vigente, la cual se corresponde
dictada por el señor Secretario General de la Gobernación.
Que ha intervenido Asesoría Letrada de Secretaría General de la Gobernación.
POR ELLO:
EL SECRETARIO GENERAL
DE LA GOBERNACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Fíjese, a partir de la publicación de la presente norma legal, los nuevos montos en las publicaciones de Boletines Oficiales, según el siguiente detalle:

San Juan, Miércoles 5 de Febrero de 2020

según la localización del Barrio Zona R3 de media baja densidad; y,
Pág. 198.365

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de San Juan del 5/2/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de San Juan

PaysArgentine

Date05/02/2020

Page count24

Edition count1749

Première édition17/05/2016

Dernière édition22/05/2024

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