Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 25/6/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA
N.º 120 LUNES 25 DE JUNIO DE 2012

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rificarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
- Librar los despachos pertinentes a fin de que remita/n a este órgano relación de bienes y derechos susceptibles de embargo e inscritos a nombre de EDIFICA PLUS,S.L., despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.
Notifíquese a las partes y a la ejecutada a través del B.O.P, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación.
El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 3703/0000/64/0189/12 abierta en BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código "31 SocialRevisión". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación "recurso" seguida del "código 31 SocialRevisión". Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para sirva de notificación en legal forma a EDIFICA PULS SL, en ignorado paradero, con la advertencia al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento, expido la presente en el Boletín Oficial de la Provincia.
En SALAMANCA, a ocho de Junio de dos mil doce.EL SECRETARIO JUDICIAL Ilegible.

CVE: BOP-SA-20120625-020

www.lasalina.es/bop
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALAMANCA

D.L.: S 1-1958

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 25/6/2012

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salamanca

PaysEspagne

Date25/06/2012

Page count31

Edition count2983

Première édition11/06/2012

Dernière édition14/06/2024

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