Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 23/2/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

Neuquén, 23 de Febrero de 2024

BOLETÍN OFICIAL

PÁGINA 89

que a continuación se detallan: Servicios relacionados con las comunicaciones establecidos en el punto 3 del inciso b del mencionado artículo: 5,5%;
Actividades de la construcción inclusive las subcontrataciones para la obra pública enumeradas en el punto 1 del inciso c del mencionado artículo:
2,25%; Actividades de servicios relacionados con la construcción enumerados en el punto 2 del inciso c del mencionado artículo: 2%; Actividades enumeradas en el punto 3 del inciso c del mencionado artículo, cuando se den los supuestos establecidos en el mismo: 2%; Servicios financieros enumerados en el punto 1 del inciso k del mencionado artículo: 9% y Servicios de intermediación financiera enumerados en el punto 2 del inciso k del mencionado artículo: 8,25%;
Que por cuestiones operativas y de conectividad ajenas a este organismo fiscal, estas nuevas alícuotas fueron cargadas en el aplicativo SIFERE WEB el 15/02/2024, dificultando el pago en término del anticipo 01/2024 del impuesto correspondiente a las actividades referidas;
Que, en virtud de lo expuesto, en relación a las diferencias que surjan respecto de las declaraciones juradas del anticipo 01/2024, que hubieran sido presentadas y canceladas hasta 15/02/2024 -inclusive-, deviene procedente tener por efectuado en término el pago de las mismas hasta el 29 de febrero de 2024;
Que el artículo 14 inc. c del Código Fiscal Provincial vigente establece que El Director Provincial está facultado para impartir normas generales obligatorias para los contribuyentes, responsables y terceros, en las materias en que las leyes autorizan a la Dirección Provincial para reglamentar la situación de aquéllos frente a la Administración en especial, podrá dictar normas obligatorias con relación a los siguientes puntos: c Determinación de la forma y plazo de presentación de Declaraciones Juradas y de los formularios de liquidación administrativa de gravámenes;
Que la Dirección General de Legal y Técnica ha tenido la debida intervención;
Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS
RESUELVE:

Artículo 1º: TÉNGASE por realizado en término hasta el 29 de febrero de 2024, el pago de las diferencias que surjan con motivo de la adecuación de las alícuotas establecidas por DECTO-2024-122-E-NEU-GPN para las acti-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 23/2/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date23/02/2024

Page count91

Edition count1313

Première édition12/01/2001

Dernière édition14/05/2024

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