Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 2/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 62

OFICIAL
BOLETIN

Neuquén, 02 de Julio de 2021

a Reconocer la pretensión fiscal en su totalidad, aceptando la liquidación propuesta, impactando la misma en su cuenta corriente;
b Presentar descargo, adjuntando la prueba necesaria y requerida, respondiendo el CUESTIONARIO ELECTRÓNICO, el cual consiste en una serie de preguntas y respuestas automatizadas, de conformidad al tipo de inconsistencia y/o desvío detectado. La información que se transmita electrónicamente tendrá carácter de Declaración Jurada.
Artículo 5: Transcurrido el plazo de quince 15 días hábiles sin que el contribuyente efectivice ninguna de las opciones previstas en el artículo anterior, se considerará configurada una presunta infracción a los deberes formales, habilitando a esta Dirección Provincial, a través de la Dirección General de Fiscalización, evaluar el inicio de alguno de los procedimiento de fiscalización previstos en el Código Fiscal Provincial vigente, sin perjuicio de ser considerando contribuyente de alto riesgo fiscal, según lo normado en la Resolución N 512/DPR/16.
RESOLUCIÓN N 112/DPR/21
Neuquén, 28 de junio de 2021.
VISTO:
El Expediente N8223-007419/2021 del registro de la Dirección Provincial de Rentas, caratulado:BOLLAND Y CÍA. S.A.U. s/Baja como Agente por Fusión con PECOM SERVICIOS ENERGÍA S.A.; el Código Fiscal Provincial VIgente; la Ley Impositiva N 3274 y las Resoluciones Generales N 276/DPR/2017 y N 035/DPR/19, sus complementarías y modificatorias; y CONSIDERANDO:
Que el contribuyente BOLLAND Y CÍA. S.A.U., CUIT N 30-53779210-4, solicita la baja como Agente de Percepción y Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en virtud de un proceso de reorganización societaria por medio del cual fue absorbida por PECOM SERVICIOS ENERGÍA S.A., CUIT
30-65442469-8, en los términos del Artículo 80 de la Ley del Impuesto a las Ganancias T.O. Decreto 824/2019;
Que conforme con la legislación indicada en el párrafo anterior, PECOM SERVICIOS ENERGÍA
S.A., adquirió a partir del 1 de enero de 2021, la totalidad del fondo de comercio de BOLLAND Y CÍA.
S.A.U., incluyendo todos sus activos, así como sus pasivos;
Que a partir 1 de enero de 2021, PECOM SERVICIOS ENERGÍA S.A., CUIT N 30-65442469-8, quien ya es Agente de Retención y de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos en la jurísdicción Neuquén, continuó actuando como tal con relación a las operaciones que anteriormente realizaba BOLLAND Y CÍA. S.A.U., la cual, a su vez, se encontraba inscripta como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos desde el día 20/07/1992 objeto hecho N 1008 y como Agente de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos desde el 01/02/2020, Objeto Hecho N 30537792104-P;
Que BOLLAND Y CÍA. S.A.U., CUIT N 30-53779210-4, no registra deuda como Agente de Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, ni como Agente de Retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para la jurisdicción de Neuquén;

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 2/7/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date02/07/2021

Page count64

Edition count1313

Première édition12/01/2001

Dernière édition14/05/2024

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