Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/9/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PAGINA 4

OFICIAL
BOLETIN

nismos de difusión y protección de la actividad cultural de las cantoras mediante la organización de ferias, festivales, exposiciones, charlas, congresos y otras actividades afines locales, regionales, nacionales e internacionales, permanentes o itinerantes, que las convoque como hacedoras culturales.
e La articulación de acciones con la oficina local de la Dirección Nacional de Derechos de Autor para garantizar el registro y el resguardo de las obras de las cantoras campesinas.
f La elaboración de un inventario del repertorio de las cantoras que incluya el material resguardado en organismos del Estado provincial o nacional, en instituciones o en poder de individuos particulares. Este inventario debe contener el repertorio familiar, el linaje de canto, las afinaciones, los tañidos y los rasguidos de las cantoras;
asimismo, el material audiovisual, grabaciones y entrevistas en archivo u otro soporte.
g La colaboración en el diseño de políticas socioeducativas de promoción literaria y cultural mediante la articulación con organismos educativos nacionales y provinciales para fomentar la identidad cultural neuquina. Dichas políticas deben incluir las prácticas de las cantoras campesinas en los contenidos curriculares de los niveles educativos para contribuir a su salvaguardia.
h Toda otra acción que contribuya al cumplimiento y a la finalidad de esta ley.
El material inventariado y bajo resguardo y protección de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural debe exponerse al público en centros de interpretación donde se exponga la práctica cultural de las cantoras campesinas en el marco del programa de resguardo y promoción que establezca la autoridad de aplicación.
Reglamentación:
Artículo 4: Inciso a Sin reglamentar.
Inciso b Las personas humanas que practican el canto campesino, en tanto portadoras del patrimonio
Neuquén, 06 de Setiembre de 2019

cultural inmaterial, podrán ser incorporadas al Registro de Artistas y Trabajadores de la Cultura de la Provincia, de acuerdo a la categorización establecida por el Ministerio de las Culturas de la Provincia, o el organismo que la reemplace.
Podrán realizarse articulaciones y acciones de coordinación y asesoramiento con autoridades de los municipios y comisiones de fomento a los efectos de cumplimentar el presente Inciso.
Inciso c 1. El Gobierno de la Provincia podrá publicar material de investigación y difusión a través del Fondo Editorial Neuquino, Ley 3164 y/u otras entidades editoriales provinciales, nacionales e internacionales.
2. La autoridad de aplicación podrá realizar convocatorias públicas para efectuar contrataciones remuneradas a profesionales interesados en el estudio sistemático y/o proyectos de salvaguardia, de las cantoras campesinas del norte de Neuquén.
2.1.
Los proyectos de investigación y salvaguardia podrán manifestarse a través de diversos soportes de producción: estudio y divulgación en libros y revistas científicas, producción audiovisual y musical.
2.2.A estos fines se podrá efectuar una convocatoria pública a investigadores que acrediten título universitario en el ámbito de las Ciencias Sociales, Patrimonio Cultural y/o de la musicología o idóneos que acrediten trayectoria y antecedentes en la temática.
2.3.Cada postulante deberá acreditar un plan de investigación y/ o de salvaguardia explicitando cronograma de trabajo, fundamentación, objetivos, consentimiento libre, previo e informado, metodología e impacto y/o transferencia social.
2.4.A los efectos de cumplimentar el presente Inciso se creará un Comité Evaluador que analizará el plan de investigación de cada postulante, de acuerdo a las bases y condiciones que la Autoridad de Aplicación establezca en cada una de las convocatorias que se realicen.
2.5.El plazo máximo para la selección y evaluación del plan de investigación no podrá su-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Neuquén del 6/9/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Neuquén

PaysArgentine

Date06/09/2019

Page count64

Edition count1313

Première édition12/01/2001

Dernière édition14/05/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Septiembre 2019>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
2930