Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 14/04/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Lugo

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Núm. 083 mércores, 14 de abril de 2021

BOP Lugo
EXPOÑEN:
PRIMEIRO.- A Lei 7/1985, do 2 de abril, reguladora das Bases do Réxime Local LRBRL no seu artigo 25
establece que o Municipio, para a xestión dos seus intereses e no ámbito das súas competencias, pode promover toda clase de actividades e prestar os servizos públicos que contribúan a satisfacer as necesidades e aspiracións da comunidade vecinal nos termos previstos neste artigo.
No apartado segundo se indica que o Municipio exercerá en todo caso como competencias propias, nos termos da legislación do Estado e das Comunidades Autónomas, nas seguintes materias:
b Medio ambiente urbano: en particular, parques y jardines públicos, gestión de los residuos sólidos urbanos y protección contra la contaminación acústica, lumínica y atmosférica en las zonas urbanas.
j Protección de la salubridad pública.
Na mesma norma, no artigo 26 se indica que:
1. Los Municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes:
a En todos los Municipios: alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.
b En los Municipios con población superior a 5.000 habitantes, además: parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.
Segundo o artigo 5 da Lei 10/2008, de Residuos de Galicia, Artículo 5. Competencias de las entidades locales en materia de residuos.
1. Las entidades locales serán competentes para la gestión de los residuos urbanos, en los términos previstos en la presente ley y en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos
a Prestar, por sí solos o asociados, los servicios derivados de la gestión de los residuos urbanos o municipales en la forma que se establezca en sus respectivas ordenanzas y, en su caso, planes de gestión de residuos. Los municipios gestionarán los servicios públicos de recogida, transporte, valorización y eliminación de residuos urbanos o municipales de forma directa o indirecta.
b Implantar sistemas de recogida selectiva de residuos urbanos o municipales que posibiliten su reciclaje y otras formas de valorización.
c Llegar a acuerdos con quienes produzcan residuos comerciales para la consecución de su correcta gestión.
d Elaborar los planes de gestión de residuos urbanos, de acuerdo con lo que, en su caso, se establezca en la presente ley y en los planes de residuos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
e Gestionar adecuadamente los residuos urbanos o municipales abandonados en vías o espacios públicos de titularidad municipal.
f Vigilar, inspeccionar y sancionar en el ámbito de sus competencias.
g Ejercer las competencias que, en su caso, les sean atribuidas con carácter temporal o permanente por las administraciones competentes, mediante acuerdos o cualquier otro instrumento administrativo. Dicho ejercicio podrá llevarse a cabo directamente o mediante la constitución y participación en entes supramunicipales o de otra índole de entre los previstos en el ordenamiento jurídico A mesma norma indica no artigo 9 que:
Artículo 9. Coordinación interadministrativa.
1. Las entidades locales gallegas coordinarán sus competencias entre sí, y con la Comunidad Autónoma de Galicia y la Administración del Estado, en orden a realizar las acciones necesarias para la consecución de los objetivos establecidos en la presente ley y de los que puedan estar contemplados en los correspondientes planes de residuos de la Comunidad Autónoma de Galicia .
E fixa como obxectivos os recollidos no artigo 2:
Artículo 2. Objetivos. El objetivo de la presente ley es el de mejorar la calidad de vida de la ciudadanía de Galicia y alcanzar un alto nivel de protección del medio ambiente, dotando a los entes públicos competentes de los mecanismos de intervención y control necesarios para garantizar una adecuada gestión de los residuos y, en particular:
a Prevenir los riesgos para la salud y el bienestar de las personas, sin provocar incomodidades por el ruido o los olores.
b Proteger el medio ambiente sin crear riesgos para el agua, el suelo, la flora y la fauna.

Anuncio publicado en: Num BOP 83 año 2021 14/04/2021
13/04/2021 08:00:00
13:17:52

2. En particular, corresponde a los municipios:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Lugo del 14/04/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Lugo

PaysEspagne

Date14/04/2021

Page count34

Edition count3289

Première édition01/03/2013

Dernière édition29/04/2024

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