Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/3/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

tinuaría la baremación de los aspirantes admitidos cuya autobaremación sea inferior a la del aspirante número 25 de la lista de reserva-bolsa.
NOVENA. Calificación definitiva Una vez resueltas por el Tribunal calificador las alegaciones presentadas, o finalizado el plazo concedido sin que se haya presentado ninguna, los resultados definitivos del concurso se harán públicos en el plazo máximo de 24 horas, y serán expuestos en la forma prevista en la base cuarta.
El orden de calificación definitiva estará determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de los méritos valorados por el Tribunal Calificador en el concurso, proponiéndose por éste el/la aspirante que haya obtenido mayor puntuación para su nombramiento como TÉCNICO DE GESTIÓN laboral de duración determinada para la sustitución transitoria del titular, durante el tiempo estrictamente necesario de reserva de puesto de trabajo, según artículo 15.3 ET.
La calificación definitiva podrá ser objeto de recurso de alzada ante la Presidencia de la Entidad Local, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DÉCIMA. Presentación de Documentos La persona aspirante propuesta para la cobertura temporal TÉCNICO DE GESTIÓN para la sustitución transitoria del titular, durante el tiempo estrictamente necesario de reserva de puesto artículo 15.3 ET, aportará, dentro del plazo de cinco 5 días contados desde el día siguiente al de la citación en base a la propuesta de contratación por parte del Tribunal calificador, o en su caso posteriormente del llamamiento, los documentos siguientes:
a Copia del documento nacional de identidad.
b Copia del título requerido para participar en el proceso selectivo.
c Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad prevista en la legislación vigente.
Quién dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos exigidos, no podrá ser contratado quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.
En el caso de que alguno de los aspirantes propuestos/as para ser contratado como personal laboral por una duración determinada no cumpliese alguno de los requisitos o renunciase a su contratación, será propuesto/a, el siguiente en la lista de la bolsa creada.
Los mismos requisitos y trámites serán exigidos a los componentes de la lista de reserva-bolsa en el momento en que resulten llamados para su contratación.
UNDÉCIMA. Contratación Concluido el proceso selectivo y aportados los documentos, a que se refiere el punto anterior, el órgano municipal competente
Nº 54 p.2394

de acuerdo con lo propuesto por el Tribunal calificador, procederá a la contratación como personal laboral por la duración determinada. Los mismos requisitos y trámites serán de aplicación a los componentes de la lista de reserva-bolsa en el momento en que resulten llamados para su contratación.
DUODÉCIMA. Lista de reserva-bolsa 1. Normas generales.Con el resto de personas aspirantes, no propuestas para ocupar el puesto convocado, ordenadas según la clasificación definitiva elaborada por el Tribunal Calificador, se creará una LISTA DE RESERVA-BOLSA con un total de 25 integrantes para su llamamiento y contratación, en su caso, de personal laboral de duración determinada, TÉCNICO DE GESTION nivel B-2; puesto TEGEGDE2. En dicha LISTA DE RESERVABOLSA se contempla una reserva del 10% para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siendo por tanto 23 los componentes de cupo general y 2 de cupo de discapacidad. Las personas que accedan por el cupo de reserva de discapacidad ocuparán el orden que le corresponda según puntuación, y en caso de ser inferior al de los 23 restantes ocuparán el 24 y 25 lugar de la LISTA DE RESERVA, el empate se dirimirá igualmente en este caso con los criterios recogidos en el apartado C
de la Base Séptima.
Los aspirantes que participen por el cupo reservado a personas con discapacidad deberán indicarlo en la instancia y adjuntar a la misma la certificación del reconocimiento del grado de minusvalía. Las personas que finalmente resulten integrantes deberán aportar en el momento que se les oferte un puesto de trabajo informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite compatibilidad con el desempeño de las tareas a desarrollar en la plaza a la que aspiran.
En dicha LISTA DE RESERVA-BOLSA quedarán incluidos los candidatos por orden de puntuación en la lista definitiva hasta un total de 25, de los cuales 23 serán del cupo general y 2 del cupo de reserva a personas con discapacidad y tendrá una vigencia máxima de cinco 5 AÑOS, sin perjuicio de que el IMDECO pueda convocar un nuevo procedimiento de selección cuando lo estime necesario.
En el supuesto de que una vez efectuado el llamamiento, el aspirante renunciara al mismo, se procederá a convocar al siguiente en la lista, pasando aquél al último lugar de ésta. No obstante, el candidato renunciante no perderá su turno en la lista de reserva si se encontrara en situación de baja por Incapacidad Temporal o baja por maternidad/paternidad debidamente acreditada por parte médico oficial.
2. Procedimiento de llamamiento.
Los aspirantes podrán manifestar la forma preferente de llamamiento, que podrá ser mediante llamada de teléfono o mediante correo electrónico. Si no manifestara ninguna preferencia, se realizará mediante llamada telefónica cursada en un total de cuatro veces en un plazo de dos días. La persona encargada de estas comunicaciones dejará constancia de las mismas, con indicación de fecha, hora/s, persona/s y sistema de contacto.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Córdoba, a 6 de marzo de 2023. Firmado electrónicamente por el Presidente del IMDECO, Manuel Torrejimeno Martín.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Martes, 21 de Marzo de 2023

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 21/3/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaysEspagne

Date21/03/2023

Page count37

Edition count3529

Première édition04/01/2010

Dernière édition29/04/2024

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