Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/3/2020

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Martes, 03 de Marzo de 2020

Núm. 572/2020
Por Acuerdo de Pleno Extraordinario y Urgente de fecha 19 de febrero de 2020, se aprobó definitivamente elProyecto de Actuación para la ejecución de Explotación de Pollos de Engorde en el Polígono 66, Parcelas 275 y 277, Polígono 51, Parcela 39 del Término Municipal de El Viso Córdoba, a instancias de D. María Elena Caballero Sánchez, con DNI n.º80147736G,y domicilio en C/ Córdoba n.º 28 de El Viso Córdoba, lo que se publica a los efectos del artículo 43.1.f de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente Recurso de Reposición Potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el Recurso de Reposición Potestativo no podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En El Viso a 20 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente:
El Alcalde, Juan Díaz Caballero.

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Número 2
Córdoba Núm. 535/2020
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba Procedimiento: Procedimiento Ordinario. Cantidad 64/2019. Negociado: JR
De: D. Ana Infante Cobos Abogado: D. David Alcaide Salinas Contra: FOGASA, Andalucía Dental Proyecto Odontológico S.L.U. y Administración Concursal Ernst & Young Abogados S.L.P.
DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, LETRADA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 64/2019, a instancia de la parte actora D. Ana Infante Cobos contra FOGASA, Andalucía Dental Proyecto Odontológico S.L.U.
y Administración Concursal Ernst & Young Abogados S.L.P., sobre Procedimiento Ordinario. Cantidad, se ha dictado Resolución de fecha 30/01/2020 del tenor literal siguiente:
Que, estimando parcialmente la demanda de Ana Infante Cobos contra Andalucía Dental Proyecto Odontológico Dental S.L.U.

IDENTAL, condeno a la empresa al pago de 2.839,21 € 2.581,1
€ más los intereses por mora del 10%.
Condeno a Ernst & Young Abogados S.L.P., en su calidad de Adnministrador Concursal, a estar y pasar por esta sentencia.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de AndalucíaSevilla, dentro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indispensable, si el recurrente es el empresario, que exhiba al tiempo de anunciarlo, el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta del Banco Santander, Oficina Avenida Conde Vallellano nº 17 de Córdoba, nº 1445-0000-65-006419 el importe de la condena y el depósito de 300 €.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a la demandada Andalucía Dental Proyecto Odontológico S.L.U., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de Córdoba, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Córdoba, a 6 de febrero de 2020. Firmado electrónicamente: La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Alicia Alférez de la Rosa.

Núm. 536/2020
Juzgado de lo Social Número 2 de Córdoba Procedimiento: Despidos/Ceses en general 905/2019. Negociado: 04
De: D. María del Carmen Expósito Romero Abogado: D. Fernando Lozano Pérez Contra: Azul Violeta 2015 S.L. y Fondo de Garantía Salarial DOÑA VICTORIA A. ALFÉREZ DE LA ROSA, LETRADA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 2 DE CÓRDOBA, HACE SABER:
Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 905/19, a instancia de D María del Carmen Expósito Romero contra Mercantil Azul Violeta 2015 S.L., sobre Despido se ha dictado Sentencia nº 33/20, de fecha 23/01/2020, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
Fallo Que, estimando la demanda de Fernando Lozano Pérez contra Azul Violeta 2015, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial:
1º. Declaro improcedente el despido objeto de este proceso, de fecha de efectos 1-7-2019; y, teniendo por realizada la opción, declaro extinguida la relación laboral.
2º. Condeno solidariamente a las empresas al pago de las siguientes cantidades:
35.441,47 € en concepto de indemnización.
8.710,24 € en concepto de salarios de tramitación.
3º. Absuelvo al FOGASA sin perjuicio de su responsablidad subsidiaria en las condiciones legal y reglamentariamente establecidas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe Recurso de Suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, entro de los cinco días siguientes a dicha notificación, anunciándose el recurso ante este Juzgado, por escrito o comparecencia, siendo indis-

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página http www.dipucordoba.es/bop/verify
Ayuntamiento de El Viso
Nº 42 p.1133

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 3/3/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaysEspagne

Date03/03/2020

Page count24

Edition count3541

Première édition04/01/2010

Dernière édition06/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031