Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 30/8/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba

Viernes, 30 de Agosto de 2019

nato Municipal de Deportes, Bases de Ejecución, y Plantilla de Personal funcionario y laboral para el ejercicio económico 2019, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se han presentado reclamaciones.
Castro del Río, 28 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Ángeles Luque Millán.

Núm. 2.978/2019
Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria, celebrada el día 27 de agosto de 2019, el expediente de modificación de créditos número 1/2019, dentro del Presupuesto Municipal Ordinario, para aplicación del superávit del ejercicio 2018, el mismo se expone al público por plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín oficial de la Provincia de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169,1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará definitivamente aprobado dicho expediente.
Castro del Río, 28 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa, María Ángeles Luque Millán.

Ayuntamiento de Fuente La Lancha Núm. 2.991/2019
Aprobado inicialmente por el Pleno Municipal en sesión ordinaria de fecha 27-08-2019 el Presupuesto General para el ejercicio 2019, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20
del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días contados desde el siguiente al de la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.
De conformidad con el acuerdo adoptado, dicho Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presentan reclamaciones.
Fuente la Lancha, 28 de agosto de 2019. Firmado electrónicamente por la Alcaldesa en funciones, Natalia Moyano Aranda.

Ayuntamiento de Fuente Palmera Núm. 2.931/2019
Don Enrique P. González Mestre, Alcalde en Funciones del Ayuntamiento de Fuente Palmera Córdoba, hace saber:
Primero. Que este Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria, celebrada en primera convocatoria el pasado día 25 de febrero de 2019, adoptó entre otros el siguiente acuerdo por unanimidad:
Aprobar inicialmente la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y APROVECHAMIENTO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL. EXPTE. GEX
NÚM. 1166/201.
Segundo: Que ha sido publicada la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Ocupación y Aprovechamiento del Dominio Público Local en el Boletín Oficial de la Provincia número 124, de fecha 2 de julio de 2019. Anuncio Núm. 2004/2019.
Tercero: Que transcurrido el plazo para presentar alegaciones y no habiendo sido presentada ninguna alegación al expediente, queda aprobada definitivamente la modificación de la ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN Y APROVECHAMIENTO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL.
EXPTE. NÚM. 1166/2018, quedando literalmente como sigue:
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA OCUPACIÓN Y
APROVECHAMIENTO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
Artículo 1. Carácter Fiscal 1. La presente Ordenanza se dicta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.6 de la ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en desarrollo de lo establecido en los artículos 12.2 y 15.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales e, igualmente, en desarrollo del apartado 1.e del artículo 7 y el apartado 3 de la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
2. La presente Ordenanza tiene carácter fiscal y se tramita conforme al procedimiento que al efecto regula el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales.
CAPÍTULO PRIMERO
TASA POR OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO
POR MESAS, SILLAS Y OTRAS INSTALACIONES CON FINALIDAD LUCRATIVA.
Artículo 2. Hecho Imponible Constituye el hecho imponible de la tasa el aprovechamiento especial o la utilización privativa del dominio público local, derivada de la ocupación de la vía pública o terrenos de uso público por mesas, sillas y otras instalaciones, con finalidad lucrativa.
Artículo 3. Sujeto Pasivo Son sujetos pasivos, a título de contribuyentes obligados al cumplimiento de la obligación tributaria, las personas físicas o jurídicas así como las entidades a que se refiere el artículo 35 de la Ley General Tributaria que disfruten, utilicen o aprovechen especialmente el dominio público local en beneficio particular en aquellos supuestos que constituyen el hecho imponible de la tasa.
En consecuencia, quedan obligados al cumplimiento de la obligación tributaria:
1. Si las ocupaciones han sido autorizadas o concedidas, las personas o entidades a cuyo favor se otorgaron las licencias o las concesiones.

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba
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Nº 166 p.3979

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba del 30/8/2019

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Córdoba

PaysEspagne

Date30/08/2019

Page count13

Edition count3540

Première édition04/01/2010

Dernière édition15/05/2024

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