Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 17/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 92 - 17/11/2020

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

LEYES
Ley Nº 5664 - Decreto Nº 2091
CREACION DELSISTEMA DE SUBASTAS
JUDICIALES ELECTRONICAS Y
PROCEDIMIENTOS APLICABLES
EL SENADO Y LACÁMARA DE DIPUTADOS
DE LAPROVINCIADE CATAMARCA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Establécese el Sistema de Subastas Judiciales Electrónicas, el que se regirá por las normas de la presente Ley.
ARTÍCULO 2.- Considérase como subasta electrónica, a los fines de la presente Ley, al proceso interactivo de ofrecimiento judicial de bienes en venta, y formalización de ofertas de precio para bienes cuyo remate haya sido ordenado judicialmente, mediante la puja simultánea de distintos postores realizada a través de Internet, mediante un programa automatizado especialmente implementado al efecto por el Poder Judicial de Catamarca, revestido de adecuadas condiciones de seguridad, cuya información se transmite y procesa por medios electrónicos de comunicación, en las condiciones que fije el Tribunal actuante, los que deberán estar indicados en los Edictos de Remate y, en su caso, en la propaganda adicional que se establezca al efecto.
ARTÍCULO 3.- El sistema de subastas judiciales electrónicas se implementará en general, en todas las causas que tramiten en todos los fueros, siempre que resulten compatibles con las normas sustanciales, procesales y reglamentarias propias de aquellos, y especialmente en los remates ordenados en el fuero civil, comercial, de ejecución fiscal y de concursos y quiebras, salvo que por las características de los bienes a subastar, su valor probable de venta u otro motivo suficiente y debidamente fundado por el tribunal competente, justifique su venta por mecanismos tradicionales u otras modalidades previstas en la legislación vigente.

Pág. 3311

ARTÍCULO 4.- Portal de subastas electrónicas. A
los fines de la implementación efectiva del Sistema de Subastas Judiciales Electrónicas SSJE, créase el Portal de Subastas Electrónicas, el que funcionará en el ámbito del Poder Judicial de Catamarca, bajo dependencia y control de la Corte de Justicia, o del área específica que ésta determine vía reglamentaria.
A tales efectos, la Corte de Justicia habilitará una página web con características de seguridad apropiadas y funcionalidad adecuada a la realización de la subasta electrónica, para ser utilizada en todas las circunscripciones judiciales existentes o a crearse en todo el territorio de la Provincia de Catamarca.
ARTÍCULO 5.- Registro general de Postores.
Créase el Registro General de Postores, en el ámbito de la Corte de Justicia u organismo judicial que aquella determine, donde se inscribirán las personas humanas o jurídicas que deseen participar en las subastas judiciales electrónicas dispuestas por los órganos jurisdiccionales que integran el Poder Judicial de Catamarca, y que cumplan con los recaudos establecidos en el Artículo 7
de la presente Ley.
ARTÍCULO 6.- Inscripción. La inscripción en el Registro General de Postores se efectuará a través del ingreso de una solicitud formalizada on-line mediante un formulario especialmente previsto al efecto y al que se accede a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas. Cumplida con la inscripción, el sistema generará una constancia de admisión en la que se consignarán los datos personales ingresados por el solicitante, la cual será enviada a la dirección de correo electrónico denunciada en la solicitud.
ARTÍCULO 7.- Requisitos para la inscripción. El Formulario de Inscripción reviste el carácter de declaración jurada, y hará constar los siguientes requisitos a fines de su admisión:
1. Personas Físicas:
a Nombre y apellido completo;
b Tipo y Número de Documento de Identidad;
c Domicilio real;
d Domicilio electrónico;
e Código Único de Identificación Tributaria CUIT
o Código Único de Identificación Laboral CUIL; e Profesión u oficio;
2. Personas Jurídicas:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 17/11/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date17/11/2020

Page count36

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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