Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 6/11/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Núm. 89 - 06/11/2020

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Pág. 3219

En la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a
$50.000, integrando en este acto el veinticinco por ciento
los 13 días del mes de Agosto de 2020, reunidos la Srta. Mariana
25% del capital suscripto en efectivo, y el setenta y cinco por
Díaz, de 33 años de edad, Estado Civil soltera, Nacionalidad
ciento 75% restante se comprometen a integrarlo, también en
Argentina, Profesión Médica, DNI 33.049.874, con domicilio
efectivo dentro del plazo de dos 2 años, contado desde su
real en Bº Crisólogo Larralde sector A casa Nº 31, de ésta
inscripción en el Registro Público de Comercio. QUINTA: La
Ciudad Capital, la Srta. María Guadalupe Díaz, DNI 31.814.441,
administración, representación legal y uso de la firma social
de 35 años de edad, Estado Civil Soltera, Nacionalidad Argentina,
estarán a cargo de una o más gerentes en forma individual e
de Profesión Licenciada en Terapia Ocupacional, con domicilio
indistinta, socios o no, por el plazo de duración de la Sociedad.

real en calle Los Algarrobos Bº Los Ceibos, casa 79, también de
En tal carácter tienen todas las facultades para realizar los
esta Ciudad Capital; deciden celebrar el presente contrato de
actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la
Sociedad de Responsabilidad Limitada conforme a las
Sociedad, inclusive los previstos en el artículo 375 del Código
Disposiciones de la Ley 19.550 y modificatorias, y las siguientes
Civil y Comercial de la Nación Ley 26.994 y 9 del Decreto
clausulas: PRIMERA: La Sociedad se denomina SAPIENZA

Ley 5965/63. Los gerentes deberán constituir una garantía
S.R.L. y tiene su domicilio legal en calle Junín Nº 346 Jurisdicción
conforme al Artículo 157 de la Ley 19.550 a favor de la Sociedad,
de la Ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca. Por
por emplazo que dure la Sociedad, por el plazo que dure su
resolución de sus socios, la Sociedad podrá establecer
mandato, más el período de prescripción de las acciones
sucursales, locales de venta, depósitos, representaciones o
individuales que puedan realizarse en su contra. SEXTA: Los
agencias en cualquier lugar del País o en el extranjero.

socios no podrán ceder sus cuotas de capital a terceros ajenos
SEGUNDA: Su duración es de Noventa y Nueve 99 años,
a la Sociedad excepto que cuenten con el acuerdo de la
contados a partir de la Inscripción en el Registro Público de
unanimidad del capital. En igualdad de precios y pagos, la
Comercio. TERCERA: Objeto: Tiene por objeto realizar en el
Sociedad o los socios tienen derecho de preferencia. El valor
pais o en el extranjero, por cuenta propia, de terceros las
de las cuotas se determinarán por medio de un Balance General
siguientes actividades: a SALUD EN TODA SU AMPLITUD,
confeccionado a la fecha de retiro. En caso de fallecimiento de
ofreciendo los 3 niveles de atención en salud, b SALUD

una de los socios, la sociedad optará por incorporar a los
MENTAL: I Brindar promoción, prevención, tratamiento y
herederos, si estos así lo solicitaran, o bien proceder a efectuar
asistencia en salud mental en sus diversas modalidades y
la cesión de cuotas según régimen establecido precedentemente;

dispositivos terapéuticos: ambulatorio, internaciones,
en caso de la incorporación, los herederos deberán unificar
internaciones agudas, rehabilitación y reinserción social a
personería. Si no se produce ésta incorporación, la Sociedad
personas con enfermedad mental y a sus familiares. II Otorgar
pagará a los herederos que así lo justifiquen o al administrador
asesoramiento, supervisiones, capacitación y formación a
de la sucesión, el importe correspondiente al valor de las cuotas
instituciones públicas y/o privadas, así como a la comunidad
determinadas por el procedimiento antes señalado. SEPTIMA:

en general. III Realizar mediante convenio con instituciones
Las resoluciones deberán ser adoptadas conforme lo establecido
públicas, privadas y/o fundaciones el desarrollo de actividades
en el Articulo 159 de la Ley 19.550. Se aplicará el Artículo 160

te rapé utic as a cad émic as y de inv esti gaci ón, c
de la Ley 19.550 y cada cuota dará derecho a un voto. Toda
REHABILITACION EN TODASUAMPLITUD, d DISCAPACIDAD

comunicación a los Socios deberá ser cursada de acuerdo a lo
EN TODA SU AMPLITUD, e COMERCIALES: realizar Todo tipo
establecido en el Artículo 159 de la Ley 19.550. OCTAVA: La
de negocios y operaciones compra, venta, locación, etc.

fiscalización de la Sociedad la realizarán los Socios en los
relacionados con su actividad principal; como así también
términos del Art. 55 de la Ley 19.550. Cuando por aumentos de
contratar con el Estado nacional, Provincial, Municipal, Entes
Capital Social la Sociedad quedare comprendida en lo dispuesto
autárquicos, Obras Sociales, instituciones privadas y/o personas
por el segundo párrafo del Art.158 de la Ley 19.550, la reunión
físicas CUARTA: El Capital Social se fija en la suma de Pesos
de socios que determine dicho aumento designará un Sindico
CIEN MIL$100.000 divididos en UN MIL1.000 cuotas de
Titular y un Sindico Suplente. NOVENA: El Ejercicio comercial
Pesos CIEN $100 cada una de Valor Nominal, totalmente
cierra el 31 de Diciembre de cada año, a cuya fecha se realizará
suscriptas por cada socio de acuerdo al siguiente detalle: La
el Balance General que se pondrá a disposición de los Socios
Srta. Mariana Díaz, la cantidad de QUINIENTAS 500 cuotas
con no menos de quince 15 días de anticipación a su
sociales por un valor de Pesos CINCUENTA MIL $50.000, la
consideración. DECIMA: De las utilidades líquidas y realizadas,
Srta. María Guadalupe Díaz, la cantidad de QUINIENTAS 500

se destinara: a el 5% Cinco por ciento al fondo de reserva
cuotas sociales, por un valor de Pesos CINCUENTA MIL

legal hasta alcanzar el 20% veinte por ciento del Capital Social

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 6/11/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date06/11/2020

Page count40

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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