Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 6/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Catamarca

Pág. 2890 - 06/10/2020

BOLETIN OFICIAL Y JUDICIAL

Núm. 80

FACULTADES: La firma de los gerentes obligará a la sociedad
liquidador, el saldo se destinara a reembolsar las deudas y el
por las operaciones relacionadas con el giro social, quedando
excedente se distribuirá entre los socios en proporción al capital
prohibida comprometerla en otras operaciones ajenas al mismo,
aportado por cada uno.- DECIMO TERCERA-PRESTACIONES

como así también, en fianzas o avales en favor de terceros.

ACCESORIAS-: Los socios se obligan para con la sociedad a
Para los fines sociales los gerentes podrán: 1- Operar con toda
realizar todas las tareas necesarias para el mejor
clase de bancos o cualquier otro tipo de entidades o instituciones
desenvolvimiento social, sin perjuicio de las que son inherentes
financieras o crediticias o de cualquier índole; 2- Otorgar poderes
al cargo de GERENTE. Periódicamente los socios, por acta
a favor de cualquiera de los socios o terceros, para representarla
social, podrán acordar sumas compensatorias por la labor
en todos los asuntos judiciales o administrativos de cualquier
desarrollada por cada uno de ellos, la oportunidad o periodicidad
fuero o jurisdicción que fueren ellos; 3- Tomar dinero en préstamo,
con que se cobraran dichas suma compensatorias. Estas
garantizado o no, con derechos reales, aceptar prendas o
condiciones se podrán ir modificando de común acuerdo, en
constituirlas o cancelarlas, adquirir o ceder créditos, o comprar
más o en menos, conforme a la marcha de los negocios de la
y vender mercaderías o productos o subproductos, derechos y
sociedad. Así está ordenado en Expte. LETRA L Nº 233/20

acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar o percibir;

LUMARO S.R.L. S/ INSCRIPCION CONTRATO SOCIAL

efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación
Secretaría Registro Público, 29/SEP/2020.- Dr. José Fernández
y rescindir y realizar cualquier otro tipo de contratos civil,
Secretario.

comercial o administrativo y de cualquier otra naturaleza, haciéndose constar que la precedente enunciación es meramente
CON 5008 - 06/X/2020 - U.P.

ejemplificativa. La sociedad será representada y administrada por el o los GERENTES los cuales tendrán el uso de la firma social en forma individual o conjunta.- NOVENAEJERCICIO
ECONOMICO-: El cierre del ejercicio económico se fija para el último día del mes de Febrero de cada año.- DECIMAASAMBLEA-: Los socios se reunirán en Asamblea Ordinaria o
EDICTOS DE MINAS

Extraordinaria. En el caso de la primera se celebrara anualmente dentro del plazo de cuatro meses de cerrado el ejercicio económico. Los temas a tratar serán: AEstados Contables; B-

EDICTO DE MINAS

Distribución de resultados y CLa marcha de los negocios sociales y todo otro tema que haga a la gestión normal de la sociedad. Las Asambleas Extraordinarias serán realizadas a pedido de cualquiera de los socios indicándose por escrito los temas a tratar, justificándose que no se puedan tratar enAsamblea General Ordinaria y deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de treinta días de recibida la solicitud.- DECIMA
PRIMERA-CONTABILIDAD: La sociedad llevara legalmente su contabilidad y preparara anualmente sus estados contables.
Los socios participaran en las Ganancias y Pérdidas en proporción al capital que aportaron. De las ganancias liquidas y realizadas se destinara un cinco por ciento 5% para Fondo de Reserva Legal, hasta completar un veinte por ciento 20% del capital social.- DECIMO SEGUNDA-DISOLUCION Y
LIQUIDACION-: Serán motivo de disolución y liquidación de la sociedad, la expiración del plazo estipulado, y en el supuesto de pérdida del capital social, advertido en cualquier época. La liquidación estará a cargo de todos los socios o de un tercero en caso de así decidirlo por unanimidad. La designación de liquidador deberá ser inscripta en el Registro Público de Comercio. Una vez cancelado el pasivo y en su caso pagada la retribución al
Expte: N 160/2012-Caratulado: MENENDEZ, MANUEL y BOTTINI, ERNESTO A. s/ Mina LICHI COPPER I Dpto.
Tinogasta.
Por disposición del Señor Juez Electoral y de Minas, Dr.
Raúl Guillermo Cerda, se hace saber por medio del presente Edicto que se publicará por TRES 3 veces en el Boletín Oficial, en el término de QUINCE 15 días a efectos de que dentro de los SESENTA 60 días posteriores a la última publicación comparezca a deducir oposición aquel que se creyere con algún derecho en lo siguiente: REGISTRO NUMERO VEINTISEIS: En la ciudad de San Fernando del Valle de Catamarca, a los quince días del mes de Abril del año dos mil trece hago el siguiente registro: Señor Juez: Menéndez, Manuel D.N.I. N 12.790.680 y Bottini, Ernesto Arturo, D.N.I. N 10.645.916 se presentan y dicen: Las Coordenadas Gauss Krger Posgar son las siguientes: 1 Y= 611471.2698 X= 7023981.0000 2 Y=
2629451.0000 X= 7023981.0000 3 Y= 2629440.0225 X=
7023502.9806 4 Y= 2622910.0024 X= 7023728.9598 5 Y=

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Catamarca del 6/10/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Catamarca

PaysArgentine

Date06/10/2020

Page count36

Edition count1388

Première édition01/12/2006

Dernière édition23/04/2021

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