Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 23/10/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca

23 Octubre 2020

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 204

El Sistema General de las Infraestructuras Básicas está compuesto por los elementos fundamentales de las distintas redes de abastecimiento de agua, saneamiento, suministro de energía eléctrica, evacuación de basuras y aquellas otras cuya implantación tienda a mejorar las dotaciones urbanísticas del Municipio de La Sotonera.
Art. 105 Condiciones de uso y urbanización.
1. Sólo se permitirán los usos propios y directamente vinculados a la instalación o servicio correspondiente.
2. La ejecución de las obras para la instalación de las infraestructuras previstas se deberán realizar de acuerdo con las normas de urbanización contenidas en el presente planeamiento, así como de acuerdo con la legislación específica.

Considerando la regulación expuesta, la actuación puede considerarse compatible a efectos urbanísticos, dado que el suministro de energía eléctrica se considera Sistema General de Infraestructura Básica.
En todo caso, por analogía con lo previsto en el artículo 36.1.c del TRLUA se considera necesario que la resolución definitiva municipal que, en su caso, autorice el proyecto, incorpore la valoración del interés social concurrente en la actuación.
b Otras cuestiones Además de los aspectos de carácter urbanístico indicados en el apartado anterior, para la autorización de la actuación proyectada deberán tenerse en cuenta las siguientes cuestiones:
Deberá recabarse informe y/o autorización del organismo competente en materia de carreteras respecto a la afección de la HU-3110.
Deberá contarse con autorización del organismo competente en materia de vías pecuarias respecto de la afección a la Cañada Real de Rasal.
Deberá contarse con autorización de los titulares de los caminos y parcelas por los que discurre la línea.
Se recabará, en su caso, informe y/o autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro, respecto a la protección de río Riel y los barrancos afectados.
Se recabará autorización del Servicio Provincial del Departamento de Economía, Industria y Empleo.
Los presentes acuerdos sobre expedientes de suelo no urbanizable expedientes números 12 a 21 se publican para su conocimiento y demás efectos, significándose que se trata de actos administrativos de mero trámite, por lo que contra ellos no cabe recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se efectúa la presente publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 129/2014 de 29 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Provinciales de Urbanismo.
Huesca, a 1 de octubre de 2020. La Secretaria suplente del Consejo Provincial de Urbanismo, Marta Castillo Fornies.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 23/10/2020

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Huesca

PaysEspagne

Date23/10/2020

Page count156

Edition count4940

Première édition02/01/2004

Dernière édition23/05/2024

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