Boletín Oficial de la Provincia de Huesca del 5/9/2019
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
5 Septiembre 2019
Boletín Oficial de la Provincia de Huesca
Nº 170
ADMINISTRACIÓN LOCAL
COMARCAS
COMARCA DEL BAJO CINCA/BAIX CINCA
3638
ANUNCIO
En cumplimiento de lo establecido en el art. 75.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, que señala, entre otros aspectos, que deberán publicarse íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca y fijarse en el tablón de anuncios de la corporación los acuerdos plenarios referentes a retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva y parcial y régimen de dedicación de estos últimos, inmenizaciones y asistencias, se hace público que el Pleno de la Comarca del Bajo Cinca/Baix Cinca, en sesión ordinaria, de fecha 22 de agosto de 2019, adoptó los siguientes acuerdos:
SEGUNDO.- APROBACIÓN DE LAS RETRIBUCIONES E INDEMNIZACIONES DE LOS
MIEMBROS DE LA CORPORACIÓN LOCAL.
De conformidad con lo establecido en los Arts. 74 y 75 de la Ley 7/1985 L.R.B.R.L. y el Art.
109-3 de la L.A.L.A., se formula la siguiente propuesta al Pleno:
1º APROBAR QUE LOS CONSEJEROS DE LA COMARCA percibirán las siguientes dietas en concepto de ASISTENCIA A SESIONES, ÓRGANOS COLEGIADOS, por la concurrencia efectiva a cada una de las sesiones de los órganos colegiados y por las siguientes cantidades brutas:
Sesiones del Consejo Comarcal:
47,50€
Sesiones de Comisiones Informativas, Sesiones de Comisión de Gobierno, Junta de Portavoces, Reunión de Alcaldes: 42,75€
La Presidencia, las Vicepresidencias y las portavocías no cobrarán dietas por asistencias en estos conceptos, teniendo en cuenta que solo los miembros de la Corporación Local que no tengan dedicación exclusiva ni dedicación parcial podrán percibirlas.
2º APROBAR LAS INDEMNIZACIONES BRUTAS POR RAZÓN DE SERVICIO
Razón de servicio por día completo:
75,00€
Razón de servicio medio día:
45,00€
Gastos representación Alojamiento:
95,00€
Gastos representación Manutención:
60,00€
Gastos representación día completo:
155,00€
3º DETERMINAR el número máximo de dietas susceptibles de ser liquidadas mensualmente, salvo autorización de la Presidencia, se establece en las siguientes:
Los Portavoces de los Grupos podrán devengar un máximo de 525 brutos completos al mes catorce mensualidades, sea en concepto de dietas por asistencia a los órganos colegiados Consejo Comarcal, Comisiones Informativas y Juntas de Portavoces, y por tareas y dedicación fuera de estas asistencias, y que se corresponden a 7 días completos.
Los Consejeros Delegados podrán devengar un máximo de 7 dietas completas al mes.
No se podrán acumular conceptos retributivos en función de cargos complementarios a favor de un mismo Consejero.
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