Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 7/9/2023

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Source: Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

B.O.M.E. - Boletín Oficial Municipal Electrónico - Nº 1580 - Publicado el: 07/09/2023

fomentar las actividades de las empresas rosarinas que generen un impacto económico, social y ambiental.
Art 2.- Objetivos. Serán objetivos de la presente ordenanza:
Promocionar todas aquellas empresas que acorde al artículo 4 o de la presente, retomen los estándares principales del triple impacto y promuevan la sostenibilidad ambiental.
Fomentar la radicación en nuestra ciudad de empresas social y ambientalmente comprometidas, promoviendo a su vez, la producción sostenible en todas las ramas de actividad.
Reconocer a las empresas integrantes del Registro de Empresas locales de Triple Impacto en el marco de la ordenanza "compre local".
Promover la participación igualitaria de mujeres y varones dentro de las empresas.
Facilitar a todas aquellas empresas rosarinas información referida a la presente ordenanza instando a su adecuación para la consiguiente participación de las mismas.
Fomentar el trabajo mancomunado entre empresas y otros actores de nuestra ciudad en pos de establecer alianzas estratégicas y favorecer el desarrollo productivo.
Art. 3.- Autoridad de Aplicación. El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo como autoridad de aplicación de la presente ordenanza, realizará gestiones permanentes para promover la existencia, radicación y permanencia de Empresas de Triple Impacto en el ámbito del municipio, sin perjuicio de las acciones y postulados que siguen de la presente ordenanza.
Art. 4.- Definición. Entiéndase como Empresas de Triple Impacto, y sin perjuicio de lo que establezca la reglamentación, aquellas empresas radicadas en la ciudad de Rosario cuyo desarrollo, producción y/u ocupación laboral efectiva se produzca dentro del Departamento Rosario, que además de ello acrediten su accionar en el marco del Triple Impacto por medio de alguna de las siguientes certificaciones: Certificación de Impacto B, Certificación de calidad ODS u otras nacionales y/o internacionales, como así también por la certificación local a crearse por el artículo 6 de la presente ordenanza.
Art. 5.- Reconocimiento. Créase en el ámbito de la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo el Registro de Empresas locales de Triple Impacto. La autoridad de aplicación determinará por vía reglamentaria las condiciones y requisitos que deberán cumplir cada una de las empresas para ser reconocidas y encuadradas dentro del registro. A su vez, también se encargará de asesorar y acompañar a aquellas empresas que deseen adquirir alguna de las certificaciones mencionadas en el artículo 4 o.
Art. 6.- Vinculaciones. La autoridad de aplicación establecerá vínculos y suscribirá convenios con el Estado nacional y provincial, universidades y centros de investigación, a los fines de asistir técnica y financieramente a las empresas que queden encuadradas en la presente ordenanza y manifiesten su interés en desarrollar su actividad, producir sus negocios, generar ocupación laboral efectiva o radicarse en el ámbito del Municipio. Asimismo, se autoriza a la autoridad de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Municipalidad de Rosario del 7/9/2023

TitreBoletín Oficial de la Municipalidad de Rosario

PaysArgentine

Date07/09/2023

Page count21

Edition count1210

Première édition10/10/2012

Dernière édition24/05/2024

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