Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 04/09/2020

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Source: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 172 - Viernes, 4 de septiembre de 2020
página 293

5. Anuncios 5.2. Otros anuncios oficiales Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio Anuncio de 31 de agosto de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Málaga, sobre pago de justiprecio en expedientes de Expropiación Forzosa.

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta.
2. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte. De actuar mediante representación, ésta deberá ser acreditada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar original o fotocopia compulsada, así como copia del Dni de la persona apoderada.
3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada de la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
4. Nota Simple original o fotocopia compulsada del Registro de la Propiedad, o en su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
5. En el supuesto de la finca esté hipotecada o embargada, deberán aportar autorización o conformidad del Acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
6. Certificado bancario original donde conste la titularidad de la cuenta.
De no presentar la documentación solicitada, el justiprecio será depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Málaga, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.
En el supuesto de que algún titular expropiado persona física desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la Delegación Territorial.
Al mismo tiempo se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http www.juntadeandalucia.es/eboja
CODIGO_VERIFICACION

Hechos efectivos los libramientos para el pago de los justiprecios reseñados en los anexos de este anuncio, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como el artículo 48 de la Ley de 16
de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa.
Para el recibo de las cantidades que le correspondan mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y de los artículos 52
y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrá de presentarse preferentemente a través del Registro Telemático de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es/servicios, o bien en el Registro General de esta Delegación, sita en Plaza San Juan de la Cruz, núm. 2, 29007 de Málaga, para lo cual deberá solicitarse cita previa en el teléfono 955 062 627 o a través de web lajunta.es/2an6w todo ello sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 04/09/2020

TitreBoletín Oficial de la Junta de Andalucía

PaysEspagne

Date04/09/2020

Page count295

Edition count5911

Première édition11/10/1979

Dernière édition20/07/2021

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