Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 06/06/2019

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 107 - Jueves, 6 de junio de 2019
página 224

Sexto. Autorizar al Sr. Alcalde Presidente la firma del Convenio para la instrucción y resolución de los expedientes sancionadores y la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y a las Ordenanzas Municipales de Circulación, y a realizar cuantas actuaciones, públicas o privadas, sean necesarias para llevar a cabo el presente acuerdo.
Séptimo. Dejar sin efecto el Convenio suscrito con fecha 7 de junio de 2013, una vez se publique esta delegación y se formalice el nuevo Convenio para la Instrucción y Resolución de Expedientes Sancionadores por Infracciones a la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y a las Ordenanzas Municipales, y de Gestión y Recaudación de Multas de Tráfico.
Octavo. Dar traslado del presente acuerdo al Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal OPAEF para su tramitación y efectos oportunos, así como a la Intervención Municipal.
Contra el presente acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, ante el Pleno de la Corporación, de acuerdo con los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015. Igualmente podrá interponer recurso extraordinario de revisión, cuando concurra alguna de las causas establecidas en el art. 125 de la misma norma, ante el Sr. Alcalde, aun cuando este sea firme en vía administrativa. Si optara por no recurrir en la vía administrativa, podrá acudir a la vía jurisdiccional, interponiendo el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la notificación del presente acuerdo, conforme a lo dispuesto en el art.
25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

CODIGO_VERIFICACION

Villamanrique de la Condesa, 16 de abril de 2019.- El Alcalde, José de la Rosa Solís.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http www.juntadeandalucia.es/eboja

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 06/06/2019

TitreBoletín Oficial de la Junta de Andalucía

PaysEspagne

Date06/06/2019

Page count224

Edition count5911

Première édition11/10/1979

Dernière édition20/07/2021

Télécharger cette édition

Otras ediciones