Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 12/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

BOCM
B.O.C.M. Núm. 243

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 59

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE LO SOCIAL DE
12

MÓSTOLES NÚMERO 2
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. María Isabel Cano Campaña, letrado/a de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Social n.o 2 de Móstoles.
Hago saber: Que en el procedimiento 191/2023 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de D./Dña. JULIO CÉSAR BODERO VÁSQUEZ frente a TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, D./Dña. ANA MARÍA LLANOS PÉREZ, INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA UNIVERSAL MUGENAT
y CABLE COLT COMUNICACIONES SL sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente.

Desestimando la demanda interpuesta por D. JULIO CÉSAR BODERO VÁSQUEZ, contra INSS Y TGSS, MUTUA UNIVERESAL MUGENAT, DÑA. ANA MARÍA PÉREZ LLANOS, CABLE COLT COMUNICACIONES SL., debo absolver a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra en el escrito de demanda.
Notifíquese esta Sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer Recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y designando Letrado o graduado social colegiado para su tramitación. Se advierte al recurrente que no fuese trabajador o beneficiario del Régimen Público de Seguridad Social, ni gozase del derecho de asistencia jurídica gratuita que deberá acreditar al tiempo de anunciarlo haber ingresado el importe de 300 euros en la cuenta de este Juzgado 2851-0000-62-0191-23 abierta en la oficina del Banco Santander 1564
sita en Avda. Constitución 52 de Móstoles, aportando el resguardo acreditativo; así como acreditar al tiempo de anunciarlo haber consignado el importe íntegro de la condena en o presentar aval de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento de Entidad Financiera por el mismo importe, en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista.
Se puede realizar el ingreso por transferencia bancaria a la cuenta del Banco Santander de este juzgado con IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, indicando en el campo observaciones o concepto de la transferencia los dígitos 2851-0000-62-0191-23.
Expídase testimonio de esta sentencia, que se unirá a las actuaciones y llévese el original al Libro de Sentencias.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Diligencia.La anterior sentencia ha sido pronunciada y publicada por el/la Magistrado/a-Juez que suscribe en el mismo día de su fecha y en audiencia pública; se incluye el original de esta resolución en el Libro de Sentencias, poniendo en los autos certificación literal de la misma, remito a cada una de las partes un sobre por correo certificado, con acuse de recibo, conteniendo copia de ella, Doy fe.
Y para que sirva de notificación en legal forma a D./Dña. ANA MARÍA LLANOS PÉREZ y CABLE COLT COMUNICACIONES SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Móstoles, a veintiséis de septiembre de dos mil veintitrés.
LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
03/16.416/23

http www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20231012-12

FALLO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 12/10/2023

TitreBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaysEspagne

Date12/10/2023

Page count59

Edition count4262

Première édition12/02/2010

Dernière édition15/05/2024

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