Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 31/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 31 DE DICIEMBRE DE 2022

B.O.C.M. Núm. 312

como son las personas con discapacidad y mujeres víctimas de violencia de género, así como para favorecer el acceso al mercado laboral de personas que hayan finalizado un itinerario de inserción integrado en un programa de empleo gestionado por entidades colaboradoras del Servicio Público de Empleo de la Comunidad de Madrid.
Esta norma contribuye, asimismo, a la lucha contra el despoblamiento en zonas rurales de la Comunidad de Madrid, a través del establecimiento, con carácter general, de incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 5.000 habitantes.
En este marco de actuación, el presente acuerdo integra y sistematiza, a través del establecimiento de un programa propio, el contenido de los distintos programas de incentivos a la contratación que han venido desarrollándose en el ámbito de la Comunidad de Madrid, siempre teniendo en cuenta la realidad territorial del desempleo y características de las personas desempleadas de la región y la necesidad, por tanto, de adaptar los contenidos de estos programas a los distintos perfiles de los destinatarios de estas ayudas, así como a la diversa naturaleza de las modalidades de contratación subvencionables, sin perjuicio de la homogeneidad perseguida en su normativa reguladora y procedimental.
De igual modo, ha de tenerse en consideración la estructura del tejido empresarial regional, constituido casi en su totalidad por pequeñas y medianas empresas, que, en su mayor parte, sólo tienen uno o ningún trabajador, lo que pone de manifiesto la conveniencia de facilitar el acceso a estas ayudas, bien flexibilizando o bien evitando el establecimiento de aquellos requisitos de carácter no esencial o que no sean de obligado cumplimiento en el marco de la normativa de aplicación y que puedan dificultar innecesariamente el cumplimiento del objeto y finalidad de estas subvenciones.
Igualmente, se tiene en cuenta la reforma laboral realizada por el Real DecretoLey 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo, que establece el contrato indefinido como forma ordinaria de contratación y reduce drásticamente los supuestos de contratación temporal, lo que refuerza, con carácter general, el objeto de los programas de ayudas a la contratación indefinida y conduce a la conveniencia de focalizar este programa de subvenciones en aquellos colectivos con mayor dificultad en el acceso o permanencia en el empleo.
Las singulares circunstancias y razones de interés público, social y económico ligadas a la situación del mercado de trabajo y, en particular, para las personas con discapacidad, las mujeres víctimas de violencia de género y otros colectivos especialmente vulnerables que sufren con mayor dificultad el grave problema del desempleo, aconsejan el establecimiento de procedimientos ágiles y eficaces que favorezcan y faciliten su contratación y la percepción rápida de las ayudas por parte de los beneficiarios, motivo por el cual la concesión de estas ayudas se establece por el procedimiento de concesión directa, sin concurrencia entre los solicitantes y sin la necesidad de valorar y resolver conjuntamente las solicitudes presentadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.5.c de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, no suponiendo ello menoscabo de los principios de igualdad y objetividad y con pleno respeto a los principios de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público.
La presente norma tiene en cuenta los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así, da cumplimiento a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad y transparencia, al contener medidas que han sido adoptadas por razones de interés general con el fin de contribuir al mantenimiento y creación de empleo, identificando un objetivo claramente definido y conteniendo la regulación imprescindible destinada a la continuidad e integración en una misma norma de aquellas ayudas que han demostrado sus efectos positivos en el mercado de trabajo y han contribuido a la inserción laboral de aquellos colectivos que requieren de una especial atención y alta protección.
La normativa reguladora contenida en este acuerdo, además de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones junto a la declaración de los créditos disponibles y ayudas concedidas al amparo de la misma, información que será objeto de publicación, a su vez, en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.
Asimismo, da continuidad a un marco normativo más eficaz, integrado y coherente con el resto del ordenamiento jurídico, cumpliendo con el principio de seguridad jurídica y no supone el establecimiento de cargas administrativas innecesarias a los trabajadores y empresas, racionalizando en su aplicación la gestión de los recursos públicos, en aplicación del principio de eficiencia.

BOCM-20221231-1

BOCM

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del 31/12/2022

TitreBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid

PaysEspagne

Date31/12/2022

Page count202

Edition count4262

Première édition12/02/2010

Dernière édition15/05/2024

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