Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6519 - 14/12/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 384

Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 3105/DGDYPC/21
Buenos Aires, 27 de julio de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N 22976873-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de la Sra. Emma Lorena Avila, DNI 26.352.057, contra Margarita Marta Muller por presunta infracción al rito;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 25/09/2019 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2019-39052372-GCABA-DGDYPC el Registro Público de Administradores de Consorcio de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Margarita Marta Muller se encuentra inscripta bajo la matrícula N 1405;
Que por providencia PV-2020-29924360-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación por presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941;
Que debidamente notificada la imputación a través de la Cédula N 1057-DGDyPC-21, la sumariada no presenta descargo;
Que no quedando diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta infracción al artículo 9 inciso b de la Ley 941, cuyo texto reza: Artículo 9º.Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: b.
Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable conforme al ordenamiento vigente Conforme texto Art. 4º de la Ley Nº 5.983, BOCBA N 5415 del 17/07/2018;
Que la precitada imputación tuvo lugar, toda vez que no se habrían adoptado medidas tendientes a velar por la conservación de las partes comunes del inmueble administrado. Ello así, en función de la conversación mantenida a través de la plataforma Whatsapp el día 11/10/2018 y las constancias fotográficas anexadas, que darían cuenta de la falta de trabajos destinados a revertir los problemas de filtraciones/humedad existentes en -por lo menosuna de las unidades funcionales del edificio administrado, las que provendrían del sector común destinado a terraza;
Que por su parte, encontrándose debidamente notificada de la imputación, la sumariada optó por no presentar descargo, de modo que no niega ni desconoce los hechos que le fueran atribuidos, así como la documental acompañada;

BO-2022-6519-GCABA-DGCLCON

Página 384 de 705

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 14/12/2022

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date14/12/2022

Page count706

Edition count5612

Première édition06/08/1996

Dernière édition06/06/2024

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