Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/11/2022

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 6493 - 02/11/2022

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 326

Que acorde reza el artículo 16 de la Ley 941, el monto de la sanción puede fijarse entre trescientas 300 unidades fijas y veinte mil 20.000 unidades fijas conforme lo determine anualmente la Ley Tarifaria;
Que la Ley 6281 Presupuesto de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha establecido el valor de dicha unidad en PESOS VEINTIUNO CON NOVENTA CENTAVOS $ 21,90.-;
Que de las constancias obrantes en autos se observa que Stella Maris Said administra a título oneroso el consorcio de la calle Cafayate 5290 - Barrio Gral. Savio - Torre 1 de esta Ciudad;
Que finalmente, hay que tener especial consideración que la citada no es reincidente en los términos del artículo 16 de la Ley 941;
Que en base a lo expuesto, se deberá aplicar sanción de multa por el equivalente a dos mil cien 2.100 unidades fijas, ascendiendo la misma a la suma de PESOS
CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA $ 45.990.-;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales tomó la intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 941, LA DIRECTORA GENERAL DE DEFENSA
Y PROTECCION AL CONSUMIDOR
DISPONE
Artículo 1º - Sancionar a STELLA MARIS SAID, CUIT 27-13364494-1, RPA N 11158, con multa de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA $
45.990.- por haber incurrido en infracción al artículo 9 incisos b y l apartados e., f. y g. de la Ley 941.
Artículo 2º - La multa deberá abonarse mediante depósito en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires, en la cuenta N 210.196/1, Registro Público de Administradores de Consorcios Ley 941, dentro de los diez 10 días hábiles de notificada la presente, debiendo acreditarse dicho pago en esta causa con el comprobante de depósito original, dentro del plazo precedentemente establecido.
Artículo 3º - Para su notificación y demás efectos, pasen los actuados a la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos, Judiciales e Institucionales. Oportunamente, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese. Bouza
DISPOSICIÓN N.º 4897/DGDYPC/20
Buenos Aires, 29 de octubre de 2020
VISTO: El Expediente Electrónico N 38841533-GCABA-DGDYPC-2019, y CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de Leonardo Szkop, DNI
11.024.293, contra Cesar Daniel Salvati, CUIT Nº 20-28323763-0, por presunta infracción al rito;
Que por informe IF-2020-09355090-GCABA-DGDYPC el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que Cesar Daniel Salvati, se encuentra inscripto bajo la matrícula N 11925;
BO-2022-6493-GCABA-DGCLCON

Página 326 de 733

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 2/11/2022

TitreBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaysArgentine

Date02/11/2022

Page count734

Edition count5612

Première édition06/08/1996

Dernière édition06/06/2024

Télécharger cette édition

Otras ediciones

<<<Noviembre 2022>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930